ANUNCIO (martes 10/03): Pedro Sánchez informa sobre ayudas económicas para familias que sufran las consecuencias del coronavirus, en especial para los padres con hijos en edad escolar La idea es una especie de licencia especial o algo similar cuyo coste pueda asumir el Estado para evitar que sufran los trabajadores y las empresas.
RDL 6/2020 (10 de marzo) Se prolonga cuatro años más la vigencia de la suspensión de los lanzamientos para personas que se encuentren en supuestos de especial vulnerabilidad y se aumenta el límite de ingresos máximos de la unidad familiar que sirve de referencia para determinar la vulnerabilidad en términos del IPREM. SIN MÁS NOTICIAS
ANUNCIO (miércoles 11/03): El ministro de SS, José Luis Escrivá, anuncia que el Consejo de Ministros prevé aprobar el jueves 12/03 un RD para la creación de una nueva prestación de la Seguridad Social a favor de padres o madres para compensar a quienes se vean forzados a solicitar una reducción de jornada transitoria y explicó que el Estado absorberá la reducción salarial derivada de la reducción de jornada en estas circunstancias.
RDL 7/2020 (de 12 de marzo) Artículo 8.1. Las familias de los niños beneficiarios de una beca o ayuda de comedor durante el curso escolar tendrán derecho a ayudas económicas o la prestación directa de distribución de alimentos. Artículo 9.1. Ampliación de 25 millones para las prestaciones básicas de servicios sociales y protección a la familia y atención a la pobreza infantil. SIN MÁS NOTICIAS
RDL 463/2020 (de 14 de marzo) Nuevo retraso del paquete de medidas económicas hasta el próximo martes (17 de marzo), cuando se celebrará el Consejo de Ministros ordinario.
La incertidumbre es máxima en este momento, porque el tejido productivo tendrá que ajustarse al desplome de la demanda y las limitaciones para mantener su actividad. De hecho, ni siquiera se ha puesto en marcha la tan anunciada nueva prestación a los trabajadores que tengan que cuidar de personas dependientes como consecuencia del cierre de colegios y centros de mayores.
En un comunicado conjunto los sindicatos alertan al Gobierno de que se están multiplicando los ERTEs normalmente de suspensión de la actividad, lo que significa que el tejido productivo va a responder eliminando puestos de trabajo y la economía entra en un círculo perverso de destrucción de empleo y caída de la confianza de consecuencias imprevisibles. La crisis de 2008 demostró que la demora en atajar la caída económica provoca crisis más largas y profundas porque va destruyendo activos.
Los trabajadores afectados por un ERTE cobrarán, si cumplen los requisitos para ello, la prestación contributiva de desempleo (“el paro”), pero, si no se legisla lo contrario, el periodo de cobro de la prestación se reduce de la duración total de la prestación de desempleo devengado por sus cotizaciones previas. Con esta medida, sería el Estado quien asumiría la mayor parte del impacto económico producido por el hundimiento de la producción que ya se está produciendo y que se incrementará en las próximas semanas.
Se informa de la inyección de fondos públicos para ampliar prestaciones sociales para padres con hijos en edad escolar, ayudas al pago de las cuotas de la SS para los autónomos, refuerzo de las ayudas a los que sufran ERTE, fondos de créditos para empresas y moratorias para hipotecas y alquileres, …y adelanta que el plan de choque económico-laboral que aprobará el próximo martes que va en tres líneas principales, pero sin entrar en más detalles.
-La primera es el apoyo a trabajadores, autónomos y colectivos vulnerables: ¿Prestación para padres con hijos en edad escolar o a cargo de personas mayores que no pueden acudir a los Centros de día?, ¿Reducción o mora de las cuotas de la SS a los autónomos y sus empleados?, ¿Mora de abono de impuestos (IRPF, municipales,…) a los autónomos?
-La segunda es la flexibilización de los mecanismos de ajuste temporal, los ERTE, pues existen numerosos ERTEs “embalsados” hasta que se redefinan la denominada “fuerza mayor” en base a la que se inicia el procedimiento. En estos casos el SEPE aplica su protección al desempleo (prestaciones y subsidios con los “matices” ya apuntados) y la SS asume el pago de las cotizaciones sociales de los trabajadores cuya relación laboral ha quedado suspendida temporalmente de manera total o parcial.
-La tercera serán líneas de liquidez para garantizar que ninguna empresa solvente tenga problemas de pagos.
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