EL CONGRESO VALIDA LAS RECOMENDACIONES DEL PACTO DE TOLEDO … ¿Y AHORA QUÉ?

Tal como estaba previsto, el Congreso de los Diputados ha aprobado el jueves 18 de noviembre el informe del Pacto de Toledo, que los miembros de la Comisión habían acordado el pasado 27 de octubre, lo que significa que el Gobierno tiene vía libre para empezar a legislarla nueva reforma de las pensiones. Al fin y al cabo, las conclusiones del Pacto de Toledo son una suerte de declaración de intenciones que necesariamente habrá que reflejar y plasmar en nuevas medidas legislativas

Con las 21 recomendaciones aprobadas, después de cuatro años, mucho nos tememos que no se ha conseguido escorar el buque de la Seguridad Social hacia la sostenibilidad. El Pacto de Toledo se opone a cualquier transformación radicaldel sistema y reafirma el actual sistema de pensiones, en su modalidad contributiva.

A parte de los “caramelos para niños”, tan publicitados, de la revisión anual de las pensiones conforme al IPC (¿igual para todas: mínimas, no contributivas, máximas,…?) y de la posibilidad de elección de las cotizaciones de los años más beneficiosos para el cálculo de la pensión (¿alguien ha hecho “números” para evaluar su repercusión real?), hay muchos temas que han quedado demasiados ambiguos y las recomendaciones evitan realizar propuestas concretas y de calado sobre cómo asegurar la sostenibilidad del sistema a largo plazo o introducir mecanismos de ajuste automático, que garanticen el equilibrio ante cualquier escenario de evolución demográfica o económica en el futuro

Más allá de trasladar gastos impropios al Estado y acercar la edad efectiva de jubilación a la legal, no hay ningún esquema de la verdadera reforma de fondo y el sistema seguirá anclado en conceptos del siglo pasado por lo que estará expuesto a un continuo parcheo para intentar solucionar los importantes problemas de todo tipo que tiene actualmente el sistema de pensiones español.

La tan manida implementación de planes de pensiones de empleo (financiados obligatoriamente por las empresas y los trabajadores), a parte de no ser novedosa en absoluto (véase los EPSV del País Vasco) pueden ser el “caballo de Troya” del sistema público pues ¿por qué no se incrementan las cotizaciones y/o sus cuotas al sistema público en vez de financiar esos planes de empleo?

Además, por el camino del Pacto se ha quedado aspectos fundamentales:

  • la propuesta de realizar una auditoría profunda de la Seguridad Social para saber en qué se emplearon los recursos excedentes de las cuentas de la Seguridad Social antes del año 2000.
  • destopar las bases máximas de cotización como una vía para que entren más ingresos en el sistema y para que los trabajadores coticen realmente por lo que ganan, ya que hoy en día, todo lo que exceda de 48.000 euros anuales ya no cotiza a la Seguridad Social”
  • tampoco mencionan la revalorización de las pensiones mínimas y su equiparación a las recomendaciones de la Carta Social Europea”, teniendo como referencia el 90% del salario mínimo interprofesional (SMI) 
  • falta de concreción de los incentivos sobre la prolongación de la vida laboral y la jubilación activa
  • no hay referencia alguna sobre las cuentas nocionales individuales, implantadas en casi toda Europa”.

Tras la aprobación del informe de evaluación y recomendaciones, arranca la carrera por la reforma legislativa. La iniciativa pasa ahora al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, y a su titular, el ministro José Luis Escrivá, que está obligado, tras consensuarlas con los agentes sociales y económicos en la Mesa de Diálogo Social, a convertir estas recomendaciones en una nueva ley.

En la Mesa de Diálogo Social se espera, por ejemplo, que el ministro y los agentes sociales negocien, por ejemplo, la puesta en marcha del sistema de cotización por ingresos reales para los autónomos, la modificación de los coeficientes reductores de la pensión en las modalidades de jubilación anticipada tanto voluntaria como involuntaria, el insinuada y estrambótica “cotización de los robots”, la vinculación de las pensiones de viudedad a las rentas del beneficiarios,…

VER: ¿PERO CUANDO “SALE” LA LEY DEL PACTO DE TOLEDO?

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