Las pensiones de los trabajadores autónomos (RETA) son significativamente inferiores a los trabajadores por cuenta ajena (RGSS) fundamentalmente porque los trabajadores por cuenta propia ignoran la rentabilidad de las pensiones del Sistema del INSS y, a menudo, depositan sus ahorros en otros productos financieros más publicitados.
DATOS
1.- La mitad de los más de 3 millones de trabajadores autónomos tiene menos de 47 años, a partir de cuya edad la elección de la base de cotización no es libre. Y, de este colectivo, el 93% cotiza por la base mínima, lo que quiere decir que estarían declarando a la SS que ganan como mucho 893 € al mes (10.716 €/año), que es la cuantía de la base mínima de cotización del RETA.
2.-La PENSIÓN MEDIA de jubilación del RGSS asciende a unos a 1.080 € al mes (14 pagas al año) frente a una pensión media de 650 € en los trabajadores del RETA (un 37% inferior) prácticamente la pensión mínima: el 39% de los autónomos cobra estos complementos a mínimos frente al 23% de los asalariados.
PLANTEAMIENTO
(ejemplo numérico jubilaciones posteriores a 2027, fin del periodo transitorio Ley Nueva)
PENSIÓN =
BASE REGULADORA (BR) x
x COEFICIENTE AÑOS COTIZADOS x
x COEFICIENTE POR ANTICIPACIÓN
– BR: media aritmética (pasada a 14 pagas) de las bases de cotización de los últimos 25 años, actualizadas con el IPC.
El cálculo se realiza en € constantes , es decir sin tener en cuenta la actualización por la variación del IPC
– Coeficiente años cotizados: a partir de 2027 tiene el valor de 1 para cotizaciones superiores a los 37 años.
– Coeficiente por anticipación de la edad: tomaremos el valor de 1 (jubilación a la edad legal)
NOTA: Desde finales de 2017 se puede compatibilizar el 100% de la pensión en muchos casos del RETA (jubilación activa con al menos 1 empleado en el RGSS)
EJEMPLO
RETA con 40 años en 2017 y que tendrá cotizados más de 38,5 años en 2042 por lo que su Edad Legal Ordinaria (ELO) seguirá siendo de 65 años.
Si se pretende recibir la pensión máxima (2.580 €), la base de cotización de los últimos 25 años (B) deberá ser:
P max = 2.580 = B x (12/14) de donde B = 3.010 €
Coste total de las cuotas en los 39 años de la Vida Laboral: 267.499 €
Supuesta una esperanza de vida de 85 años, en los 20 años pensionables se habrá recibido:
20 años x 14 pagas x 2.580 € = 722.400 €
El capital invertido se recibe multiplicado por 2,70 y la inversión tiene un retorno con una tasa de interés compuesto del 4,5% (supuestos los pagos repartidos linealmente en los 39 años de VL) y una Tasa Interna de rentabilidad (TIR) del 4%
NOTAS: En el ejercicio, para simplificar ,no se ha considerado el futuro FEI que podría desajustar «las cuentas» considerablemente (¡o no!), pero no afecta conceptualmente al planteamiento general
Ya se ha indicado que es a € constantes. Es decir, con IPC nulo, lo cual es consistente pues es la única forma de poder hacer comparaciones en el tiempo coherentemente. No deberíamos «liarnos mentalmente» con el IPC que no deja de ser en definitiva, a estos efectos, un multiplicador tanto de los costes como de los ingresos de cualquier inversión a medio/largo plazo. Si dentro de 20 años mis ingresos se multiplican a causa del IPC acumulado, por ejemplo, por 5, también ese mismo factor afectará a mis costes, a no ser que haya «revoluciones drásticas» en los medios de producción (que no parece sea el caso)