Los españoles que hayan trabajado en el extranjero tienen acceso a subsidios y pensiones.
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) reconoce que los emigrantes españoles que hayan trabajado en el extranjero podrán acceder a diferentes prestaciones o subsidios, siempre que haya convenio bilateral entre España y el país extranjero donde ha cotizado el trabajador.
Tanto si se recibe un subsidio, como una pensión, hay que cumplir una serie de requisitos, como ser demandante de empleo o haber cotizado un mínimo de años. Las ayudas a las que se optan son: subsidio por emigrante retornado, subsidio para mayores de 52 años, pensiones de jubilación y pensiones de viudedad.
En cuanto a los acuerdos bilaterales de la Seguridad Social entre países dependen de si el otro país forma parte de la Unión Europea o no, los países miembros siguen el Reglamento comunitario de coordinación de los sistemas de Seguridad Social. También hay una serie de países no europeos que tienen lazos laborales con España, este es el caso de la mayoría de países latinoamericanos, Japón o Australia. Si no hay convenio bilateral El Gobierno de España establece que se debe de haber cotizado un mínimo de 12 meses en países no pertenecientes a la Unión Europea. Son numerosos los convenios establecidos con otros países, donde se incluyen la mayoría de los países latinoamericanos, Australia o Cabo Verde, pero en cada uno se especifican unos detalles concretos.
VER: CONVENIOS BILATERALES Y MULTILATERAL IBEROAMERICANO DE SEGURIDAD SOCIAL
Subsidio para emigrantes retornados
El SEPE reserva una prestación no contributiva para aquellos desempleados españoles que regresan a España y han trabajado en el extranjero. Es una cantidad fija de 463,21 euros al mes y se puede recibir durante un tiempo máximo de 18 meses.
Hay una serie de requisitos que hay que cumplir:
- Haber trabajado en países que no formen parte de la Unión Europea, el Espacio Económico Europea, Australia o Suiza.
- Se debe haber trabajado al menos 1 año en los últimos 6 años desde su última salida de España.
- No tener derecho a la prestación por desempleo
- Estar inscrito como demandante de empleo al menos un mes.
- En el momento de la solicitud se debe firmar el Compromiso de Actividad.
- Que sus rentas no superen el 75 % del Salario Mínimo Interprofesional (723,75 euros al mes establecidos como máximo en 2022)
Subsidio para mayores de 52 años
La ayuda para mayores de 52 años es un subsidio del SEPE para quienes son mayores de esta edad, han agotado la prestación contributiva de desempleo (“el paro”). Además, deben haber cotizado un mínimo por los periodos exigidos para recibir, cuando llegue su fecha de jubilación, la pensión contributiva de jubilación, es decir, 15 años en total, 2 años en los 15 años previos a la solicitud y 6años deben haber sido en el RGSS. Este es un subsidio contributivo que se recibe de forma indefinida hasta que se encuentra empleo o se llega a la edad de jubilación.
La cantidad que se recibe es de 463,21 euros al mes, siempre que no se superen unos ingresos mínimos establecidos como el 75% del SMI, es decir, las rentas del beneficiario no podrán superar los 750 euros al mes en el año 2022.
Si la persona ha cotizado en el extranjero los convenios bilaterales permiten, en general, que el trabajador pueda recibir el subsidio en los siguientes casos:
- En países que no pertenezcan al Espacio Europeo deberá haber cotizado un mínimo de 12 meses en el extranjero dentro de los últimos 6 años desde la salida de España.
- En los países que forman parte de la Unión Europea se aplica el Reglamento comunitario de coordinación de los sistemas de Seguridad Social.
- Reino Unido seguía el mismo proceso que el resto de países de la UE. Si se ha trabajado hasta el 31 de enero de 2020 el procedimiento es el mismo. De cualquier modo, a través del SEPE se solicita la vida laboral en el ex miembro europeo.
Pensiones por jubilación
El requisito básico para cobrar una pensión por jubilación en España es haber cotizado un mínimo de 15 años en el cómputo de la vida laboral dentro o fuera del territorio español. España tiene acuerdo con los países de la eurozona y además que como mínimo 2 de ellos hayan sido en los 15 años previos a la solicitud.
Cada país asumirá la paga del porcentaje correspondiente a los años cotizados en él, es decir, si una persona cotiza 4 años en Francia y 11 en España, la Seguridad Social de España aportará un porcentaje proporcionalmente mayor.
Pensión por Viudedad
La pensión por viudedad es la ayuda que se destina a quienes han tenido un vínculo conyugal con la persona fallecida. El fallecimiento a causa de un accidente laboral se exigirá que cuente con al menos 500 días de cotización. En caso contrario, deberá tener un mínimo de 15 años dentro de los cuales se consideran los años cotizados en un país extranjero. El período mínimo que debe haber cotizado el trabajador será 1 año dentro de los 6 años últimos a su salida de España si el país no era perteneciente a la Unión Europea.
Aunque hay excepciones, esta pensión se puede cobrar de forma vitalicia si no se vuelve a casar el beneficiario
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