El Servicio Público de Empleo Estatal ha flexibilizado las normas para acceder a esta ayuda
La reforma asistencial del SEPE que está en vigor desde el pasado 1 de noviembre ha abierto la puerta a que más personas desempleadas puedan acceder a un subsidio de 570 euros mensuales. Esta flexibilización de las condiciones para los solicitantes hace referencia al subsidio de cotizaciones insuficientes, una alternativa para aquellas personas sin empleo que no cumplen los requisitos para solicitar el subsidio ‘convencional’, el de agotamiento de la prestación contributiva.
Hasta que se aprobase el nuevo Real Decreto que entró en vigor el pasado 1 de noviembre, el SEPE exigía a los desempleados sin cargas familiares haber cotizado al menos seis meses para acceder a esta ayuda específica. Un requisito que descendía a tres meses de cotización para aquellos con responsabilidades familiares. Ahora, la nueva normativa permite el acceso al subsidio a los parados sin cargas con tan solo 90 días cotizados, tres meses. Lo hace a través del llamado subsidio de cotizaciones insuficientes.
«Podrás beneficiarte de este subsidio si eres persona desempleada que te encuentras en situación legal de desempleo sin tener cubierto al menos 360 días cotizados para tener derecho a la prestación contributiva, siempre que hayas cotizado al menos 90 días», explica el SEPE. En el caso de tener en los seis meses anteriores varias situaciones legales de desempleo, «se tendrán en cuenta todas las cotizaciones que no hayan sido computadas para el reconocimiento de una prestación contributiva anterior u otro subsidio».
En resumen, la nueva normativa permite acceder al subsidio a una persona sin cargas familiares que ha cotizado entre tres y cuatro meses. La ayuda será por un periodo de tres meses máximo, 570 euros mensuales. Si el periodo cotizado supera los cuatro, pero no sobrepasa los cinco, serán cuatro meses de prestación. Y, si se roza el medio año, se queda en cinco. Aquellos que acrediten responsabilidades familiares y superen los seis meses de cotización, podrían optar a la ayuda durante 21 meses.
Las cuantías son las mismas que para el subsidio por agotamiento de la prestación. Las cuantías a percibir en el subsidio se dividirán en tres tramos:
-Los 6 primeros meses: los perceptores cobrarán el 95% del IPREM (570 euros, con el IPREM actual).
-Los 6 meses siguientes: el 90% del IPREM (540 euros).
-El resto de tiempo: 80% del IPREM (480 euros).
Esta subida no se aplica al subsidio para mayores de 52 años, que se mantiene en los 480 euros mensuales y la cotización del 125% sobre el SMI.
Subsidio por agotamiento de la prestación contributiva
En el caso del subidio por agotamiento de la prestación, el destinado a los desempleados que han cotizado más de un año de paro, la nueva normativa calcula la duración de la ayuda en función de los días consumidos del paro y la edad del solicitante. Este es el resumen:
-Las menores de 45 años necesitan haber agotado al menos 360 días de paro para acceder a un subsidio de seis meses.
-Para aquellas personas mayores de 45 años sin cargas familiares, se debe haber consumido al menos 120 días de prestación contributiva para recibir seis meses de subsidio.
-Las personas con responsabilidades familiares, sin importar la edad, tendrán derecho a un subsidio de hasta 24 meses si han consumido al menos 120 días de su correspondiente prestación contributiva. Si han consumido al menos 180 días, el subsidio podrá extenderse hasta los 30 meses.