Está claro que en los meses de vacaciones la rentabilidad de la mayoría de los negocios disminuye y surge la eterna pregunta ¿es rentable darse de baja de autónomo en verano?
Es algo que debes decidir cada uno pero antes de hacerlo es preciso analizar los pros y los contras de una decisión tan importante.
UN PRO
Lo cierto es que el beneficio directo es que te ahorrarás la mensualidad de la cuota a la que hagas frente todos los meses. Haz la cuenta pero antes de quedarnos con esa cifra en la cabeza, ¡atento a los contras de lanzarse a darse de baja de autónomo en verano!
VARIAS CONTRAS
Pérdida de bonificaciones
Si estás disfrutando de alguna de las bonificaciones que ofrece la Seguridad Social, se puede perder el derecho a seguir con tu cuota reducida.
A saber:
- Tarifa Plana: es requisito básico darse de alta por primera vez o no haber sido autónomo en los últimos 2 años. Por lo que, si te das de baja en el mes de julio, con la intención de volver en septiembre, pasarás de pagar la tarifa plana al mes 60 €/mes a 294 €, si es que cotizas por la base mínima.
- Las mujeres menores de 35 años, y los hombres menores de 30, que estén disfrutando de su tarifa plana ampliada, también perderán esta opción.
- Algo parecido pasa con la bonificación establecida para aquellos que estando trabajando por cuenta ajena también lo hacen por cuenta propia, es decir, en pluriactividad, porque se trata de un descuento en la cuota que se produce solo cuando se produce el alta en el RETA por primera vez, así que también perderías esta posibilidad.
Pero también hay tarifas especiales para autónomos colaboradores, con discapacidad, paternidad y maternidad, capitalización del paro…, que pueden quedar afectadas por una baja puntual
Pérdida de coberturas
Al darte de baja como cotizante quedarás, en principio, sin poder acceder a las prestaciones por las contingencias en las que estabas asegurado: Incapacidades de tipo y grado, paternidad y maternidad, …
No podrás facturar
Mucho cuidado con esos clientes que han quedado rezagados en el pago pues no podrás emitir factura durante los meses en que causes baja, lo que puede producirte problemas de tesorería.
No podrás contabilizar el IVA soportado
Los bienes o servicios afectos a tu actividad que pagues en los meses de verano no podrás incluirlo como IVA soportado, por lo que tendrás que evitar la compra, aunque encuentres una buena oferta, para el futuro.
Trámites burocráticos
No debes obviar los trámites que debes realizar tanto para darte de baja como para volver a darte de alta. Hay que cumplir determinados requisitos para que Hacienda y la Seguridad Social te permitan causar baja. Entre ellos, no tener deudas pendientes con la Administración y, por ejemplo, en el caso de que seas autónomo y administrador de alguna sociedad, deberás justificar en una escritura pública los motivos que te han llevado a cursar la baja.
Deberás entregar en la Seguridad Social el Modelo TA.0521. Y los modelos 036 ó 037 (versión simplificada) para darte de baja como autónomo en Hacienda.
¡Ojo! darte de baja como autónomo no te exime de cumplir con tus obligaciones fiscales y saldar tus cuentas con la Administración.
¡Y luego, tras la baja puntual, estarás obligado a hacer el proceso a la inversa para volver a darte de alta de nuevo tanto en Hacienda como en la SS .



