PRESTACIÓN DE DESEMPLEO COMPATIBLE CON MOVERSE POR EUROPA

La manera en que está organizada la prestación de desempleo varía mucho de un país a otro en Europa, ya que los países de la UE (en este caso, los 28 Estados miembros de la UE + Islandia, Noruega, Liechtenstein y Suiza) siguen siendo libres de organizar su sistema de seguridad social de forma independiente. Ahora bien, las normas de la UE determinan qué país debe asegurarte cuando en tu situación intervengan dos o más países.

A distinto país, distintas prestaciones. Cada país tiene sus propias normas sobre prestaciones de desempleo. En uno puedes tener derecho a 24 meses de prestaciones y en otro a 12.

En general, para determinar qué país es responsable de tu cobertura de seguridad social hay que tener en cuenta dos factores: tu situación laboral (asalariado, autónomo, desempleado, trabajador desplazado o transfronterizo, etc.) y tu país de residencia (el país donde vives habitualmente o tienes tu centro de interés)(no tu nacionalidad). El país que te proporciona la cobertura de seguridad social no se elige libremente.

Si vives o trabajas en el extranjero, tu cobertura de desempleo puede correr por cuenta del país de origen o del país de acogida. En cualquiera de los dos casos, tendrás que hacer trámites para asegurarte de seguir cubierto cuando te traslades al otro país.

Vale la pena comparar las prestaciones en cada país atendiendo sobre todo a los periodos de trabajo que se exigen para tener derecho a prestaciones de desempleo, los tipos aplicables para calcular las prestaciones y la duración de las prestaciones.

TRABAJOS REALIZADOS EN PAÍSES DEL ÁMBITO UE

Si has realizado un trabajo en un país de ámbito comunitario, puede hacer uso de los períodos cotizados para acceder a prestaciones por desempleo en otros países de la Unión Europea (UE), por lo tanto también para acceder a la protección por desempleo en España, se tendrán en cuenta, además de las cotizaciones efectuadas en España, lo que haya cotizado en otros países de la UE.

Para demostrar dichos períodos, debe presentar el formulario U1, facilitado por la institución competente del Estado donde realizó el trabajo que se pretende justificar.

Puedes solicitarlo antes de regresar a España a la institución competente del país donde efectuó sus cotizaciones o presentar la solicitud a través de su oficina del Servicio Público de Empleo Estatal en España.

Se reducirá la duración de la prestación que se te apruebe en España en tantos días como hayas cobrado dicha prestación en cualquier otro país del ámbito comunitario.

Si los trabajos se han realizados en España podrás hacer uso de los períodos cotizados a la Seguridad Social española para cobrar prestaciones por desempleo en otro país de la UE. Deberás acreditar el tiempo cotizado en España con el formulario U1, proporcionado por la oficina del SEPE. Lo puedes solicitar directamente o bien reclamarlo a España la institución competente del país donde solicites el cobro de la prestación por desempleo. Para tramitar la petición del documento U1 ante el SEPE deberás ponerte en contacto con la Dirección Provincial donde se realizó el último trabajo en España.  

Exportación del paro de España. Si estás percibiendo una prestación y has permanecido inscrito como demandante de empleo en España durante 4 semanas como mínimo, y te trasladas a buscar empleo a un país de la UE, puedes exportar dicha prestación durante 3 meses, con posibilidad de prorrogarla por otros 3 meses. Para ello debes solicitar la autorización de desplazamiento y el documento U2 en tu oficina del SEPE e inscribirte como demandante de empleo en el otro Estado miembro en el plazo de los 7 posteriores a la fecha en que dejes de estar a disposición de los servicios públicos de empleo españoles.

SI VIVES Y TRABAJAS EN EL EXTRANJERO

¿Quieres quedarte en ese país?

Si pierdes tu empleo y decides quedarte en el país de la UE donde trabajabas, es allí donde debes solicitar prestaciones de desempleo. Inscríbete como demandante de empleo en su servicio nacional de empleo. Recibirás el mismo trato que los ciudadanos del país.

Si tienes que acreditar periodos anteriores de empleo y cobertura de seguridad social en otro país, puede que debas solicitar el formulario U1 en el país donde trabajaste antes. Aunque no presentes el formulario U1, la administración que tramite tu solicitud podrá obtener los datos directamente del otro país. Pero el formulario puede acelerar las cosas.

Si eres trabajador desplazado a otro país por un periodo breve (menos de dos años) y decides quedarte en el país donde estás desplazado, allí es donde deberás percibir la prestación y tendrás que inscribirte como demandante de empleo en su servicio nacional de empleo

¿Te vuelves a tu país de origen?

Si te quedas sin empleo y decides volver a tu país de origen, dirígete a su servicio nacional de empleo y pregunta si todavía tienes derecho a prestaciones después de haber vivido en el extranjero.

En caso afirmativo, tendrás que inscribirte directamente como demandante de empleo en tu país de origen y solicitar un formulario U1 en el país donde hayas trabajado por última vez. Aunque no presentes el formulario U1, la administración que tramite tu solicitud podrá obtener los datos directamente del otro país. Pero el formulario puede acelerar las cosas.

Si no tienes derecho a prestaciones en tu país de origen, puedes solicitar una autorización para transferir las prestaciones de desempleo desde el país donde te quedaste en paro tanto a tu país de origen oa cualquier otro país donde quieras buscar trabajo. Las prestaciones suelen transferirse por un plazo de 3 meses ampliable a un máximo de 6.

TRANSFERENCIA DE PRESTACIONES DE DESEMPLEO

Por lo general, para cobrar las prestaciones de desempleo debes estar en el país que paga las prestaciones. No obstante, bajo determinadas condiciones, puedes ir a otro país de la UE a buscar trabajo y seguir recibiendo las prestaciones de desempleo del país en el que te quedaste en paro.

Estancias de hasta tres meses Puedes seguir cobrando la prestación de desempleo del último país de la UE donde hayas trabajado durante un mínimo de tres 3 meses hasta un máximo de 6 meses, en función de la institución que te abone la prestación. Pero sólo puedes hacerlo si estás en situación de desempleo total (no parcial ni intermitente) y, por supuesto, si tienes derecho a recibir prestaciones de desempleo en el país en el que te quedaste en paro.

Antes de emprender viaje, tienes que haber estado inscrito como demandante de empleo en los servicios de empleo del país donde te quedaste en paro un mínimo de 4 semanas (puede haber excepciones) y solicitar un formulario U2 (autorización para exportar tus prestaciones de desempleo) a tu servicio nacional de empleo.

Esta autorización solo es válida para un país. Si quieres exportar tus prestaciones de desempleo a otro país, tienes que solicitar otro formulario U2. Pregunta en tu oficina de empleo si tienes que volver a tu país para solicitar la nueva autorización o puedes tramitarlo a distancia.

Al llegar al nuevo país, tendrás que inscribirte como demandante de empleo en los servicios nacionales de empleo en un plazo de 7 días a partir de la fecha en que dejaste de estar registrado en los servicios de empleo del país del que te marchas, presentar el formulario U2 al inscribirte y aceptar todos los controles que el nuevo país exija a quienes solicitan prestaciones de desempleo como si fuera ese país quien te las paga.

Se te ingresará el mismo importe que antes directamente en tu cuenta corriente del país en que te quedaste en paro.

Estancias de más de tres meses. Si quieres quedarte en el extranjero más de 3 meses, tendrás que solicitar una prórroga al servicio nacional de empleo del país en que te quedaste en paro, que podrá prorrogar el período de 3 meses hasta 6 meses.

La mayoría de los países que conceden prórrogas aplican unos criterios claros al evaluar las solicitudes. Podrán pedirte, por ejemplo, pruebas de todos los esfuerzos que hayas hecho para encontrar empleo durante los primeros tres meses, pruebas de que tienes más posibilidades de encontrar trabajo en el extranjero durante el período de prórroga, información sobre las oportunidades de empleo en el mercado laboral del país anfitrión.

No todos los países conceden prórrogas. Pregunta en el servicio público de empleo de tu país de origen si conceden prórrogas y con qué condiciones. Pide la prórroga cuanto antes. Tienes que solicitarla antes de que acabe el periodo inicial de tres meses.

AQUÍ PUEDES DESCARGARTE LA FICHA COMPLETA

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4 comentarios en «PRESTACIÓN DE DESEMPLEO COMPATIBLE CON MOVERSE POR EUROPA»

  1. Gracias,por la información..
    Yo quedé en paro aqui,después de 3 meses de trabajo..
    Tengo presentado el Formulario U1,con 10 años de trabajo( equivale 269 días de cotizaciones)..Creo por este simple hecho,tengo derecho a través del Formulario U1,a Prestación por Desempleo..
    Más yo pensé,que estar viviendo y trabajando en España o U.E.,que tenía por los años de trabajo,derecho a prestaciones..
    Mi hijo me comunica ahora, que nadie en casa trabaja solo él recibe un préstamo por su hijo..Somos 5
    También vengo solicitando las prestaciones( Sin Formulario U1) desde Abril/ 2020,que quedé en paro,hasta finales de noviembre2020, para los Subsidio extraordinario por desempleo de menos de 3 meses..
    1 – junio
    2- Noviembre
    JUNIO- nunca me dijeron NADA..
    NOVIEMBRE- DENEGADA EL ALTA INICIAL,por que se hizo fuera de plazo..
    No entiendo fuera de plazo..
    la fecha marcada 1- 30 Noviembre y realicé 1- 12/11 y otro 17/12..
    las fechas de Presolicitud..
    En mi poder obran tds los números de registros..
    Saludos y gracias..

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    • Ya te hemos comentado que no cumples los requisitos para acceder a un subsidio de desempleo y sobre la prestación contributiva de desempleo (“el paro”) comprueba que cumples lo indicado en el artículo que ahora comentas pues no entendemos lo que expones: “Tengo presentado el Formulario U1,con 10 años de trabajo( equivale 269 días de cotizaciones)”.

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