De acuerdo con el Real Decreto 65/2022, de 25 de enero, sobre actualización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social, de las pensiones de Clases Pasivas y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2022, las pensiones contributivas mínimas quedan fijadas en las siguientes cantidades:
ANUALES
MENSUALES
(14 pagas, excepto las pensiones de IP derivadas de accidentes laborales y enfermedades profesionales)
Mi pregunta es la siguiente: Yo soy jubilado con más de 65 años, sólo percibo como ingresos la pensión mínima contributiva de 634€ y mi cónyuge percibe 400€ mensuales fijo de subsidio por ser mayor de 52 años. Sumando entre ambos la suma de 13.676€ ¿Puedo percibir el complemento de cónyuge a mi cargo?
INSISTIMOS de nuevo en que en el cómputo del límite de rentas NO se incluye la cuantía de la propia pensión, tal y como se indica en el propio artículo y en nuestras anteriores contestaciones.
Hola! Si desde el 2015 cobro el complemento a mínimos con conyugue a cargo y este año mi conyugue cobra más de esos 9.260€, de que manera me afecta?
Si se superan los topes de ingresos tu esposa deja de estar a tu cargo y tu pensión se complementará en la modalidad de con cónyuge NO a cargo, cuya pensión mínima es inferior, ver: COMPLEMENTO A MÍNIMOS DE LAS PENSIONES CONTRIBUTIVAS. 2022 https://laboralpensiones.com/complemento-a-minimos-de-las-pensiones-contributivas-2022/