TELEGRÁFICAMENTE: “ASUNTOS ESCABROSOS”
La llave para materializar el grueso del acuerdo entre PSC y ERC en materia de financiación descansará en el Congreso, donde las reformas legales de normas orgánicas precisan de una mayoría absoluta.
El rechazo de los socios a la nueva financiación catalana deja a Sánchez sin margen para cumplir con ERC
INCONSTITUCIONALIDAD
La plena vigencia de artículos recogidos en la Constitución:
Artículo 138.2 :“Las diferencias entre los Estatutos de las distintas comunidades autónomas no podrán implicar, en ningún caso, privilegios económicos y sociales”
Artículo 139.1 :“Todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio del Estado”
En cualquier caso las leyes (inclusive la Constitución Española) pueden modificarse a través de los procedimientos establecidos, y más si es en defensa de la justicia social, la progresividad fiscal y la igualdad.
MODIFICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA DE FINANCIACIÓN DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS (LOFCA)
Es la ley, modificada en 2001, que desde 1980 recoge los principios básicos de la financiación autonómica. Afecta a las CCAA de régimen común (todas excepto el Euskadi y Navarra, que cuentan con sus propios sistemas de financiación) y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla y su objetivo es mejorar el Estado de bienestar de todas las comunidades garantizando la equidad y la suficiencia. La idea era actualizar el modelo cada cinco años, pero no se ha cumplido. Su modificación exige una mayoría absoluta en el Congreso.
APOYOS EN EL CONGRESO
SU PROPIO PARTIDO
El temor de la mayoría de barones socialistas es que el acuerdo en financiación con Cataluña camine hacia un proceso autonómico asimétrico y que entierre la solidaridad entre territorios para dar “privilegios” a Cataluña. Según la resolución aprobada por la dirección, “el PSOE respalda plenamente este preacuerdo y se compromete a impulsarlo y hacerlo efectivo en aquellos puntos donde su materialización dependa de las instituciones de carácter estatal en las que este partido tiene representación”, pero el barón Emiliano García-Page ha lanzado amenazas de indisciplina parlamentaria y aseguró que el este acuerdo “no puede prosperar en el Congreso” y se mostró esperanzado porque “mi partido no lo tolere“.
POR EJEMPLO
SUS SOCIOS DEL GOBIERNO: SUMAR
En el espacio de Sumar se han desmarcado ya Izquierda Unida, Compromís y Chunta Aragonesista, mientras que otros como BNG exigen un trato similar que no suponga “discriminación” para sus territorios. Desde Izquierda Unida, la única formación de ámbito estatal dentro de Sumar, manifiestan su rechazo a “atajos o soluciones particulares” para apostar un modelo federal que se rompería con este acuerdo. Con todo, avisaban que cualquier modificación sobre financiación de las comunidades que están en el régimen común pasa por una reforma de la LOFCA “y requiere trabajar por una correlación de fuerzas en el Congreso que la permita”.
POR EJEMPLO
SUS ALIADOS DE LA INVESTIDURA:
JUNTS
Es preciso contar con la imprevisibilidad de Junts y la espiral competitiva dentro del espacio independentista catalán. Junts ya lanzó un aviso al Gobierno, la víspera de la reunión entre Pedro Sánchez y Pere Aragonés para el acuerdo de investidura a Salvador Illa, al tumbar por sorpresa los objetivos de déficit y frenar con ello la tramitación de los PGE.
POR EJEMPLO
PNV
El PNV confía en que no haya ‘cupo catalán’: teme que el País Vasco acabe pagando más al Estado
POR EJEMPLO
ERC
Mart5a Rovira ha precisado, “la mejor garantía” que existe para hacer cumplir con lo consensuado es la “posición de fuerza” de sus 20 diputados en el Parlament y los siete en el Congreso de los que dependerán el PSC y el PSOE. Un apoyo que será retirado en caso de que no se implemente lo rubricado.
POR EJEMPLO
VEREMOS COMO SE SACA LOS CONEJOS DE LA CHISTERA POR ENÉSIMA VEZ
075 PEDRO SÁNCHEZ SABE QUE NO PUEDE CUMPLIR SU PACTO FISCAL CON ERC
EL CIRCO DE PUIGDEMONT
Cataluña se ha convertido en el escenario político donde cualquier cosa puede pasar. Donde parece que Dios sí juega a los dados, al contrario que lo que decía Albert Einstein. Este jueves, Salvador Illa será investido presidente de Cataluña tras conceder a los independentistas la llave de la caja fiscal. Al menos, eso es lo previsto si Carles Puigdemont no aparece en escena para impedírselo. El líder de Junts se presentará en el Parlament provocando su detención por la orden todavía vigente del juez Pablo Llarena por su papel en el proceso independentista que encabezó en 2017 como presidente de la Generalitat. Su detención provocaría la suspensión de la sesión de investidura, como ha adelantado el presidente de la Cámara catalana, Josep Rull.
Todo el mundo está convencido de que Carles Puigdemont montará una “performance” este jueves y es que Puigdemont venga en parapente, en helicóptero, en globo o que salga de las alcantarillas del Parlamento, lo esencial es que acabe a disposición de la justicia.
Las mejores opciones del ‘expresident’ de Cataluña para impugnar una entrada en la cárcel ordenada por el Supremo pasan por pedir un habeas corpus e implicar al Constitucional
El regreso de Carles Puigdemont implicará una detención, pero no solo eso pues es más que probable que, una vez detenido, acabe en la cárcel por un tiempo indeterminado. Sus mejores opciones para intentar escapar de una situación de prisión incondicional pasan por implicar, de forma rápida, al Tribunal Constitucional apelando al habeas corpus en el que esgrima que su detención es ilegal.
El sistema, que cuenta con su propia ley reguladora, está diseñado para proteger el derecho a la libertad de los ciudadanos. Por ello, establece métodos eficaces y rápidos para casos en los que la detención de la persona no esté justificada legalmente o sea directamente ilegal. Una vez detenido, Puigdemont puede solicitarlo a los propios agentes que le arresten. El competente para resolver, según la norma, es el juez de instrucción del lugar en que se encuentre, previsiblemente el de guardia de Barcelona. Este magistrado resuelve en un plazo máximo de 24 horas tras pedir informe a la Fiscalía. Si acepta las alegaciones, ordena la inmediata puesta en libertad. Si no lo hace se acaba ya aquí la vía del recurso ordinario y Puigdemont tendrá puerta franca para pedir amparo al Constitucional.
Eso sí, en un caso así, si el Constitucional acelera la respuesta, tendrá que explicar sus motivos para fallar de forma exprés. Decenas de sentencias del tribunal de garantías demuestran que el plazo habitual del TC ante la inadmisión de habeas corpus en los tribunales ordinarios es de unos dos años, en ocasiones hasta de tres. Como poco, este tipo de sentencias se emiten con al menos un año de diferencia entre la detención y la resolución, como confirman varias sentencias consultadas.
EN LA JUGADA FINAL DEL REGRESO DE PUIGDEMONT, SÁNCHEZ SE JUEGA LA LEGISLATURA
El dirigente independentista irrumpirá, según ha expresado él mismo, en el Parlamento catalán para asistir a la sesión. Su regreso a España tras siete años prófugo de la Justicia puede hacer descarrilar la legislatura de Pedro Sánchez. Hay varios escenarios encima de la mesa. Y todos pasan por su detención. Cabe recordar que el Alto Tribunal considera que el delito de malversación que se le imputa por el procés no es amnistiable.
Si ERC sucumben a la presión del independentismo radical de Junts y Cataluña se encamina a unas nuevas elecciones este octubre, Sánchez tendrá casi imposible seguir remando. Una nueva campaña lo volará todo y el Gobierno de coalición enfrentará una severa sequía legislativa, puesto que dos de sus aliados capitales en el Congreso son los independentistas catalanes de Junts y ERC, enfrentados entre sí.
Si Illa gobierna, Puigdemont puede tumbar a Sánchez en Madrid con una cocción a fuego lento. Aunque en Moncloa creen que no le hará caer definitivamente, al menos, hasta que el futuro judicial del expresidente catalán se despeje.
Ante ese escenario, en el PSOE se empieza a vislumbrar la posibilidad real de que la salida de la legislatura del callejón sea una nueva convocatoria de elecciones. Moncloa sabe que un adelanto electoral debe obedecer a un criterio de beneficio político, y en estos momentos, con Sánchez acorralado, no es buena idea concurrir a unos comicios
La venganza de Puigdemont hará temblar a Sánchez, pero para que sus planes se concreten, deberá cumplir lo prometido y presentarse de una maldita vez en España. Es claro que lo de Puigdemont va camino de la pesadilla, para él, para la Moncloa, o para ambos, es decir, para el bien de España.
FRACTURA EN LOS SOCIOS Y APOYOS DEL GOBIERNO
Compromís y Chunta Aragonesista rechazaron el acuerdo y denunciaron el trato favorable del Gobierno a Cataluña mientras las regiones a las que representan -Comunidad Valenciana y Aragón- sufren una infrafinanciación histórica. Otras formaciones miembro, como Més per Mallorca, saludó el acuerdo pero advirtió que también reclamaría una financiación «justa» para Baleares.
Los diez diputados propios de Sumar mantienen discrepancias sobre si respaldar o no el acuerdo con ERC en materia de financiación. Los comunes, que cuentan con seis diputados en el Congreso, abogan por el pacto como tercera fuerza del acuerdo que permita a Illa ser el próximo president. Izquierda Unida, con cinco parlamentarios, considera que se ha alcanzado un buen pacto con los republicanos salvo en materia fiscal, ya que la generalización del modelo acordado con Cataluña llevaría a un «sistema confederal carente de mecanismos de solidaridad interterritorial».
Más País, con Íñigo Errejón al frente de sus dos diputados, celebró el acuerdo -es una «oportunidad para encarrillar y consolidar la legislatura», dijo-, aunque matizó al pedir «una financiación suficiente para todos los territorios». No son los únicos aliados habituales del Gobierno que han mostrado su rechazo. También lo ha hecho el BNG y Junts, que desmontó el acuerdo al criticar que no se citase explícitamente el «concierto económico» que el separatismo viene reclamando.
INCONSTITUCIONALIDAD.
La sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que tumbó el Estatut de Cataluña en 2010 advertía de que, en lo relativo a la financiación autonómica, la Carta Magna “proscribe diferencias –entre comunidades autónomas– que carezcan de justificación objetiva y razonable”. Este texto cobra relevancia de nuevo tras el acuerdo del PSC y del ERC para una financiación especial para Cataluña similar al concierto vasco. La sentencia daba respuesta al recurso de inconstitucionalidad interpuesto por 99 diputados del Grupo Parlamentario Popular y fue el germen de lo que con posterioridad se conoció como el ‘procés’ que acabó con el referéndum ilegal de 2017 y el juicio a los líderes independentistas catalanes en el Tribunal Supremo. En la misma, y tras exponer las alegaciones, el TC recordaba que “el Estado tiene atribuida la competencia exclusiva en materia de Hacienda general (…) así como la potestad originaria para establecer tributos mediante ley”. Y añadía, además, que también corresponde al legislador orgánico la regulación del ejercicio de las competencias financieras de las comunidades autónomas (CCAA) de acuerdo con el artículo 157.3 de la Constitución, que dice que el Estado es “competente para regular no sólo sus propios tributos, sino también el marco general de todo el sistema tributario y la delimitación de las competencias financieras de las comunidades autónomas respecto de las del propio Estado”. Los magistrados indicaban que si bien los Estatutos de Autonomía de las CCCAA sujetas al régimen común de financiación “pueden regular legítimamente la Hacienda autonómica” como elemento indispensable para la consecución de la autonomía política, esto “han de hacerlo teniendo en cuenta que la Constitución dispone que la autonomía financiera de las CCAA debe ejercerse con arreglo a los principios de coordinación con la Hacienda estatal y de solidaridad entre todos los españoles”.
NO CABEN “DECISIONES UNILATERALES” Se hacían eco así del artículo 156.1 de la Carta Magna, y añadía el encargado de garantizar la realización efectiva del principio de solidaridad es el Estado, de acuerdo con el artículo 138.1 de la Constitución. Así, puntualizaba que no eran posibles “decisiones unilaterales” de CCAA que “tendrían repercusiones en el conjunto (…) y condicionarían las decisiones de otras Administraciones Autonómicas y de la propia Administración del Estado”. La sentencia incidía en que la Constitución “proscribe” las diferencias en materia de financiación “que carezcan de justificación objetiva y razonable, conllevando beneficios que otras Comunidades Autónomas, en las mismas circunstancias, no podrían obtener”. En este sentido, explicaba la resolución de la corte de garantías, es el Estado quien tiene potestad para regular tanto la financiación del propio Estado como de las CCAA, y sumaba que la Constitución prevé que esa competencia estatal “se desenvuelva, con la coordinación del propio Estado, en un marco de cooperación entre éste y las CCAA”.
MULTILATERALIDAD Por otro lado, la sentencia de 2010 explicaba que las decisiones que afecten a la suficiencia financiera de todas las CCAA “han de ser tomadas en el seno de órganos multilaterales”, si bien puntualizaba que esto “no impide la actuación específica y complementaria de los órganos bilaterales de cooperación”. “Por tanto, en modo alguno cabe admitir que la determinación del porcentaje de participación en los ingresos del Estado pueda depender de la voluntad de una determinada comunidad autónoma, pues ello, ni resulta de los términos expresos de los preceptos del bloque de la constitucionalidad a que se ha hecho referencia, ni es compatible con el carácter exclusivo de la competencia que corresponde al Estado”, añade.