¡Otra nueva modificación sobre el Ingreso Mínimo Vital (IMV)!

El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, prevé duplicar en un mes el número de hogares beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV), pasando de los 90.000 que lo reciben en estos momentos a los 180.000 a finales de octubre.

«A finales de octubre, nuestra expectativa es que podamos dar un salto y tener 180.000 hogares con el IMV aprobado y avanzar en la tramitación de muchos expedientes, de tal forma que casi el 65/70% de todos los expedientes vigentes (en torno a un millón) estén ya en proceso de gestión. Nos permitiría llegar a final de año muy cerca de nuestros objetivos iniciales», ha explicado Escrivá este martes durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

Actualmente, según ha precisado el ministro, han recibido más de 900.000 solicitudes, de las cuales se han procesado unas 410.000, y ya son beneficiarios 90.000 hogares, o lo que es lo mismo, casi 300.000 personas. También han solicitado la subsanación a unos 160.000 hogares más.

Este «salto» a 180.000 hogares beneficiarios lo podrán dar, según ha indicado Escrivá, gracias a la introducción de una serie de modificaciones para agilizar la gestión de los expedientes.

Entre otros cambios, el ministro ha destacado que se abren nuevas vías de justificación y documentación de hogares que confluyen en una misma vivienda y se aclara el concepto de «hogar monoparental».

Para lograr este salto cualitativo que pretende dar el Ejecutivo ha introducido una serie de modificaciones, encaminadas a abrir nuevas vías de justificación y documentación de hogares que confluyen en una misma vivienda y se han aclarado algunos conceptos que habían quedado demasiado difusos, y que habían provocado disfunciones en las tramitaciones y las quejas de solicitantes y funcionarios, como en el concepto de “hogar monoparental”.

  • se ha ampliado el concepto de unidad de convivencia, incorporando en el mismo a aquellas personas que, “sin vínculos de parentesco o análogos entre sí, compartan vivienda con una unidad de convivencia formada por personas que sí tienen vínculos”. En esos casos se considerará la existencia de dos unidades de convivencia, o lo que es lo mismo, dos familias que convivan en la misma vivienda.
  • para que personas sin domicilio fijo no se queden fuera de la prestación, si a través de un contrato se acredita el uso individualizado, por una persona sola o por una unidad de convivencia, de una habitación en establecimiento hotelero o similar, será considerado domicilio a los efectos previstos en esta norma.
  • se ha limitado en el caso de los mayores de 30 años el requisito de 3 años de vida independiente y 1 año de cotización a la Seguridad Social, de forma que a partir de ahora solo será necesario que acrediten un año de vida independiente para solicitar el IMV.

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