El tratamiento va a ser distinto si tiene un origen laboral o no
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es claro al respecto. Un trabajador podrá seguir de baja médica después de ser despedido, pero va a cambiar mucho la cosa si el motivo de esa baja es un accidente laboral o si se trata de una enfermedad común o un accidente que se ha producido fuera del puesto de trabajo.
Así, tal y como señala el artículo 283 de la Ley General de la Seguridad Social, en este segundo caso el SEPE descontará ese periodo del total de días que le correspondan de la prestación por desempleo.
¿Cómo funciona? Una vez finalizado el trabajo y durante todo el tiempo que se mantenga la baja laboral, el SEPE continuará abonando la prestación por incapacidad temporal. La base reguladora que va a determinar el importe a recibir va a ser la de desempleo y no la del salario previo que se estaba percibiendo.
Cambia con una baja por motivos laborales
Sin embargo, si la baja se ha producido por un accidente laboral o una enfermedad profesional, la manera de proceder va a ser muy diferente. Como el origen es por motivos laborales, no se descuentan los días de baja del periodo de desempleo. Por tanto, el trabajador recibirá la prestación por incapacidad temporal hasta su alta y después podrá percibir la prestación por desempleo completa a la que tenga derecho. En este caso, si son 24 meses y cumple todos los requisitos, recibirá los 24 meses de forma íntegra una vez dado de alta.
Fuente: Ni prestación ni subsidio: el SEPE ya no cubrirá los días de baja médica tras perder el trabajo


