La jubilación bonificada en el edad por discapacidad
La Federación Española de Enfermedades Raras (FEDER) insta al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones a flexibilizar el listado de patologías que pueden acogerse a la jubilación anticipada, que hasta ahora contempla un listado cerrado y podría dejar fuera a muchas realidades que responden al espíritu de esta prestación.
La noticia surge tras la publicación del Plan Anual Normativo 2024 por parte del Gobierno, donde se recoge el propio Real Decreto por el que se regula el régimen jurídico y el procedimiento general para establecer coeficientes reductores para anticipar la edad de jubilación en el sistema de la Seguridad Social.
Desde FEDER recuerdan que el “espíritu” de la norma alude a que las enfermedades que dan acceso a la jubilación anticipada consistan en “enfermedades con una esperanza de vida reducida“. Siendo así, dichas enfermedades no pueden acotarse en un listado cerrado que actualmente es limitativo. La organización explica que dicho listado debe estar contemplado como un listado orientativo, pero siempre debe dejar la posibilidad a que puedan admitirse nuevas enfermedades que cumplan con la condición de tratarse de enfermedades con una esperanza de vida reducida según criterio clínico y en base a la literatura científica actual.
No obstante, FEDER aplaude el compromiso tanto del Consejo de Ministros como, concretamente, del de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones así como la incorporación de esta necesidad en su agenda política, considerando éste un primer paso para garantizar este derecho a las personas que lo necesitan.
En España, se estima que más de tres millones de personas conviven con una enfermedad poco frecuente. Enfermedades que, en su mayoría, son crónicas, degenerativas y en el 65% de los casos graves e invalidantes, impactando en gran medida tanto en la calidad como en la esperanza de vida de quienes conviven con ellas.
“A las barreras sanitarias que supone el abordaje de la enfermedad, se unen también las consecuencias sociales de la enfermedad, ya que alrededor del 80% del colectivo cursa también con discapacidad y, desde el punto concreto del ámbito laboral, sólo el 34% de las personas con enfermedades poco frecuentes en edad de trabajar cuentan con un empleo”, señalan.
Ante este contexto en el que las personas con enfermedades poco frecuentes tienen que asumir la convivencia con la patología, la discapacidad y los retos que ambas generan en el entorno laboral, desde FEDER vienen trabajando con especial hincapié en la necesidad de mejorar las condiciones de acceso a la jubilación anticipada de las personas con enfermedades poco frecuentes y discapacidad superior al 45%.
La reducción de la edad de jubilación que se plantea para trabajos penosos o peligrosos
Otra área de fricción es la de aprobar un reglamento relativo a los coeficientes reductores para disminuir la edad de jubilación en trabajos tóxicos, penosos, insalubres o peligrosos. Los agentes sociales y Seguridad Social han creado una mesa técnica específica para esta materia, “pero hay problemas para determinar qué colectivos pueden tener acceso”, según Bravo. El desacuerdo se produce en los indicadores objetivos para determinar cuándo un trabajo se encuadra en las condiciones mencionadas, ya que el Gobierno considera demasiado subjetivos los que los sindicatos proponen para determinar los trabajos penosos.
Actualmente, tienen aplicadas reducciones en la edad de jubilación los siguientes colectivos:
- Personal de vuelo (RD 1559/1986), con escalas que van del 0,40 al 0,30
- Mineros (RD 2366/1984) y el Estatuto del Minero (RD 3255/1983) con coeficientes del 0,50 al 0,05;
- Trabajadores del Mar (Ley 47/2015) que prevén del 0,40 al 0,15 incluso para el tiempo en que los marineros han prestado servicio en embarcaciones extranjeras abanderadas en países con los que España tiene suscrito algún instrumento internacional;
- Ferroviarios (RD 2621/1986), con coeficientes del 0,15 al 0,10 destacando la asignación del 0,15 a los maquinistas de locomotora de vapor y sus ayudantes, profesión actualmente desaparecida;
- Artistas (RD 2621/1986) y Toreros (RD 2621/1986), que no desarrollan una actividad especialmente penosa pero para la que sí se encontrarán impedidos cuando alcancen una determinada edad.
- Bomberos (RD 383/2008), que incluye la reducción del 0,20 y el establecimiento de cotización adicional para empresa y trabajador);
- Miembros de la Policía Foral Vasca o Ertzaintza (DA 20 de la LGSS). Se establece una reducción del 0,20 y cotización adicional por contingencias comunes para empresa y trabajador).
- Miembros de las policías locales (RD 1449/2018). La reducción establecida es del 0,20 y también existe cotización adicional para garantizar el equilibrio financiero.
- Miembros miembros del Cuerpo de Mossos d’Esquadra (DA 20 bis de la LGSS) y miembros de la Policía Foral de Navarra,(DA 20 ter) aplicando un coeficiente del 0,20 a los años completos efectivamente trabajados, y sin que pueda ser la edad inferior a 59 años.
La propuesta emitida por el Gobierno a la mesa de diálogo social no ha sido bien recibida por los agentes sociales (sindicatos y patronales), que demandan mayor protección para los empleos peligrosos y feminizados
El pasado lunes, se evidenció la crispación y el desacuerdo entre los agentes sociales y el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en torno a las modificaciones legales para el acceso a la jubilación parcial. Según informaron los sindicatos y la patronal, ambos agentes sociales descartaron la postura propuesta por el Ministerio y piden al Gobierno adelantar cuatro años la edad de acceso a la jubilación parcial anticipada.
Una de las áreas de tensión es al de aprobar un reglamento relativo a los coeficientes reductores para disminuir la edad de jubilación en los empleos considerados tóxicos, peligrosos, insalubres o penosos. Los agentes sociales y la Seguridad Social han creado una mesa técnica particular para este problema, pero actualmente “hay problemas para determinar qué colectivos pueden tener acceso”, según indica Carlos Bravo, secretario de Protección Social del sindicato Comisiones Obreras (CCOO).
El desacuerdo se produce principalmente en los indicadores objetivos para determinar cuando un trabajo se encuadra en las condiciones mencionadas, pues el Gobierno considera demasiado subjetivos aquellos que propone los sindicatos para determinar los trabajos penosos.
Este aspecto afecta principalmente a los trabajos penosos y peligrosos. Estos empleos son aquellos que, por su naturaleza, condiciones laborales o por el entorno en el que se desarrollan, exponen a los trabajadores a riesgos significativos para su salud física o mental. Estos riesgos pueden deberse a la exposición a sustancias tóxicas, condiciones extremas de temperatura, ruido excesivo, riesgo de accidentes o lesiones graves, así como el esfuerzo físico intenso o prolongado. Algunos de estos empleos incluyen:
- Minería subterránea: Exposición a gases tóxicos, riesgo de derrumbes y accidentes graves.
- Construcción: Trabajo en alturas, manejo de maquinaria pesada, exposición a sustancias peligrosas.
- Trabajos con amianto: Riesgo de inhalación de fibras de amianto, potencialmente causantes de enfermedades respiratorias graves.
- Industria química: Exposición a sustancias tóxicas y peligrosas.
- Trabajos forestales y de extinción de incendios: Riesgos físicos, químicos y biológicos, incluyendo la exposición prolongada a altas temperaturas y humo.
- Pesca de altura y marítima: Condiciones de trabajo extremas, riesgo de accidentes y naufragios.
- Trabajos en mataderos y manipulación de animales grandes: Riesgo por el manejo de maquinaria cortante y exposición a agentes biológicos.
- Recolección y tratamiento de residuos: Exposición a sustancias tóxicas, agentes patógenos y riesgos ergonómicos.
- Policía, bomberos y servicios de emergencia: Exposición a situaciones de alto riesgo, estrés y violencia.
- Sanitarios en determinadas áreas: Exposición a enfermedades contagiosas y agentes patógenos, especialmente en áreas de alto riesgo como enfermedades
Además, la tensión en la mesa de diálogo afecta a los trabajos considerados como feminizados, aquellos que están predominantemente ocupados por mujeres, y que históricamente han estado asociados con roles de género tradicionales. Estos empleos a menudo implican cuidados, educación, servicios domésticos y de salud, y tienden a estar menos valorados económicamente en comparación con sectores dominados por hombres, a pesar de su importancia social y económica. Algunos de estos empleos son:
- Asistencia domiciliaria y cuidado de personas: Incluye el cuidado de niños, personas mayores, y personas con discapacidad o enfermedades. Los riesgos incluyen el estrés emocional, físico y, en ocasiones, exposición a comportamientos agresivos.
- Trabajo doméstico: Los trabajadores, mayoritariamente mujeres, enfrentan a menudo condiciones precarias, falta de seguridad laboral, exposición a productos químicos de limpieza y, en casos extremos, abuso por parte de los empleadores.
- Enfermería y trabajo en sectores de la salud: Aunque altamente especializados, estos trabajos implican largas horas, estrés emocional y físico, y exposición a enfermedades contagiosas y a ambientes altamente demandantes.
- Educación infantil y enseñanza: Estrés emocional y físico relacionado con el manejo de grupos grandes de niños y las demandas de los sistemas educativos.
Pese a que estos trabajos no están clasificados directamente como “peligrosos” o “penosos”, conllevan sus propios desafíos y riesgos ocupacionales. Según indicó la secretaria de Política Institucional de UGT, Cristina Estévez, con la propuesta del Gobierno “seguirían quedando fuera profesiones feminizadas con altos ratios de penosidad”, uno de los motivos por los que el acuerdo no ha sido alcanzado todavía.
Los sindicatos piden adelantar cuatro años la edad de jubilación en la modalidad parcial y cobrar el 100% de la pensión
El desacuerdo continúa entre los agentes sociales y el Gobierno en torno a las modificaciones legales para el acceso a la jubilación parcial. La propuesta que el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones realizó hace unas semanas fue rechazada tanto por los sindicatos como por la patronal y este lunes se han debatido alternativas, aunque el Gobierno no se mueve de su postura inicial. Según han informado UGT y CCOO a la salida de la reunión, han pedido al Gobierno adelantar cuatro años la edad de acceso a la jubilación parcial anticipada respecto a la ordinaria vigente en cada momento. Algo que permitiría volver al escenario anterior a 2011, cuando se fijaron los dos años actuales.
Esta es la petición principal, pero los sindicatos también plantean otros dos cambios en la propuesta del ministerio para que sea posible llegar a un acuerdo. En primer lugar, según ha explicado la secretaria de Política Institucional de UGT, Cristina Estévez, piden al Gobierno que se pueda seguir acumulando la jornada, lo que permite que un jubilado parcial concentre en unos meses todo el tiempo que le quede por trabajar y después se retire. El Ministerio planteó eliminar esta opción, que aumenta el periodo de cobro de la pensión completa.
En segundo lugar, UGT reclama que la jubilación parcial anticipada sea compatible con el cobro del 100% de la pensión, sin introducir recortes. El planteamiento del ministerio es que en la modalidad extraordinaria de la jubilación parcial la prestación se calcula en el momento de la jubilación parcial, sin recalcularse al final, por lo que se aplican coeficientes reductores y disminuye la cuantía.
“Hemos sido contundentes”, asegura Estévez, en cuanto a que la reforma tiene que “mejorar”, no “empeorar” el acceso a la jubilación parcial anticipada y considera que de aplicarse el planteamiento de Seguridad Social generaría “desafección con el puesto de trabajo”. “El planteamiento del ministerio lo que hace a día de hoy es rebajar derechos en todas las modalidades”, ha afirmado. En la misma línea se ha manifestado Carlos Bravo, secretario de Protección Social de CCOO, recordando que la jubilación parcial ya fue imposible de acordar durante las negociaciones de la reforma de las pensiones. “Lo que quería el Gobierno era mantener los ajustes y los recortes de 2011 y de ahí no se ha movido todavía”, ha criticado.
Junto con las peticiones mencionadas anteriormente, Bravo plantea la necesidad de mejorar el empleo de los trabajadores relevistas, los que entran para reemplazar a las personas que se acogen a la jubilación parcial anticipada. CCOO propone que tengan que ser contratados de manera indefinida y a tiempo completo para que el puesto de trabajo no sea “amortizable”, es decir, que desaparezca cuando finalice el periodo de tránsito de la jubilación parcial. “El Gobierno está lejos todavía de acercarse en esta materia”, ha reconocido.
Mientras tanto, esos trabajadores siguen trabajando en condiciones no apropiadas, pudiendo estar aprovechando los últimos años de su vida, pero no, mejor estar negociando años y años. Al menos podrían ir aprobando partes del acuerdo, aquellos gremios donde estén de acuerdo y seguir negociando los que no, pero pensando en la poca calidad de vida que están teniendo aquellos por los que no están de acuerdo.
Interesará: El TS se pronuncia sobre la aplicación de la reducción de la edad de jubilación en el ámbito del Estatuto del Minero a la actividad de transporte de carbón
https://www.iberley.es/noticias/el-ts-se-pronuncia-aplicacion-reduccion-edad-jubilacion-ambito-estatuto-minero-actividad-transporte-carbon-33480#google_vignette