Advierten que estos ceses estarán años en el limbo hasta que se dicte jurisprudencia
Jueces y abogados auguran que el “error” de la Ley de Paridad que eliminó la protección frente al despido de los trabajadores que pidan o ya tengan la jornada adaptada para el cuidado de los hijos conllevará rescisiones de contratos por parte de las empresas y los tribunales tendrán que avalarlos como procedentes.
Concretamente la ley, en vigor desde el pasado 22 de agosto, modificó el Estatuto de los Trabajadores y suprimió la reforma llevada a cabo tan solo un año antes, en junio de 2023, que estableció que sería nulo o improcedente el despido de aquellos empleados que tuvieran adaptación de jornada para la conciliación de la vida laboral y familiar. Cabe destacar que la adaptación de jornada no se refiere a la reducción de la misma, si no a cambios en el horario, el turno o incluso la opción de teletrabajar.
La magistrada suplente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) y doctora en Derecho, Concepción Morales Vállez, señaló este martes durante su intervención en la jornada sobre la Ley de Paridad organizada por el Ilustre Colegios de la Abogacía de Madrid (ICAM) que aunque el Gobierno tache de “error u olvido” la desprotección de estos trabajadores frente al despido, la realidad es que lo ha suprimido. “El legislador lo ha quitado y los jueces a eso nos atendremos, no podemos interpretar nada. Los órganos judiciales vamos a decir que sería deseable que se le diera cobertura, pero tenemos que aplicar la ley”, señaló la magistrada en referencia a la procedencia del despido que avala ahora la norma. “Seguro que hay muchas despedidas ya”, añadió.
Morales Vállez destacó que el Ejecutivo tuvo oportunidad de enmendar este error en el propio mes de agosto ya que desde que se aprobó el día 2 hasta que entró en vigor veinte días después se podría haber utilizado la técnica de corrección de errores. Sin embargo, en vez de hacerlo, el Ejecutivo ha incluido una enmienda en la futura Ley de eficiencia de la Justicia para volver a proteger a estos empleados.
Los ceses se quedarán años en el limbo
Los despidos que se produzcan durante ese período de tiempo hasta la aprobación de la norma tendrán difícil resolución ya que las sentencias de los tribunales serán dispares, según advirtió la magistrada suplente del TSJM, y quedarán en el aire durante seis o siete años hasta que el Tribunal Supremo marque jurisprudencia.
Según apuntaron tanto la abogada María Jesús Herrera como la magistrada Concepción Morales el único recurso que les quedan a los trabajadores con adaptación de jornada para la conciliación, que en la mayoría son mujeres, es apelar a la vulneración de derechos fundamentales.
El Tribunal Constitucional declaró en su sentencia del 15 de febrero de 2007 que la Constitución recoge el derecho de no discriminación por razón de sexo (artículo 14) de las mujeres trabajadoras y el mandato de protección a la familia y a la infancia (artículo 39) y, bajo esta premisa, reconoció la improcedencia del despido de una mujer con reducción de jornada por discriminación indirecta por razón de sexo.
Morales, no obstante, indicó que al trabajador le tocará acreditar el indicio de que se ha producido una vulneración de sus derechos fundamentales, algo que no todos los magistrados atenderán del mismo modo.
Fuente: El Economista Los jueces avisan que avalarán los despidos de empleados con jornada adaptada tras el “error” del Gobierno (eleconomista.es)