LECTURAS DE VERANO. HISTORIA DE LAS PENSIONES. 6.-EL FRANQUISMO Y LAS MUTUALIDADES PROFESIONALES (1936 -1979)

Desde los cuidados en el grupo tribal en el paleolítico a las pensiones contemporáneas hay un largo trecho histórico en el que abundan ejemplos de instituciones sociales que se han ocupado de regular las transferencias intergeneracionales de recursos, mucho más allá de los círculos familiares más o menos amplios.

 

Las mutualidades y montepíos laborales fueron un sistema de previsión social complementario y obligatorio. Se desarrolló por instituciones paraestatales hasta que en 1954 se crean las bases de un mutualismo donde el ministerio de Trabajo controla ya a estas entidades. Aunque eran subsidiarias del seguro obligatorio, las mutualidades llegaron a convertirse en la protección básica de los obreros. 

 

Al terminar la guerra, durante el denominado primer franquismo, se prolongaron algunas de las medidas establecidas anteriormente, como el Retiro Obrero y el Seguro de Vejez, luego de Vejez, Invalidez y Muerte. En 1943 se promulgó el Seguro de Viudedad, así como el de Enfermedad, dos años después. Por otro lado, se crearon el Seguro de Enfermedades Profesionales, el Seguro Nacional de Desempleo y los subsidios familiares.  El INP tuvo que reestructurarse a medida que se ampliaban los seguros sociales. En todo caso, el franquismo potenció el modelo de mutualidades laborales, que se mantuvo hasta el final de su existencia como régimen político. En 1954 se publicó el Reglamento General del Mutualismo Laboral. El 21 de agosto de 1956, fue aprobado un decreto mediante el cual fueron creados los Servicios Médicos de Empresa.

 

Durante treinta y tres años (1946-1979) el Mutualismo Laboral fue un elemento importante en el campo de la Protección Social en España. La creación del Mutualismo Laboral se justificó como complemento al sistema de seguros sociales del INP., pues estos eran insuficientes para garantizar “la seguridad social de los productores”, bien porque algunos no estaban incluidos, o para cubrir otros riesgos; y se propuso como una nueva y compleja modalidad de previsión al “aunar previsión obligatoria, mutualismo nacional, reglamentaciones de trabajo, distribución de riqueza social y seguridad social”

 

Se organizan en la empresa y su objetivo es proteger al trabajador y a su familia en la enfermedad, invalidez y vejez. La empresa, como comunidad natural de trabajo, integrada y sometida a los intereses de la comunidad nacional, contribuye de manera eficaz al sostenimiento del sistema y asume ciertas tareas de gestión decidiendo la cuantía de las cuotas y de las prestaciones según los distintos sectores laborales. José Antonio Girón, con la retórica populista que le caracterizaba, se dirigía así a los mineros de Mieres: “Hoy ya, sobre la empresa, pesan cargas y deberes sociales, que tienden a humanizarla al obligarle a considerar al trabajador -elemento el más importante de la misma-, no como fuerza de producción, sino como ser social, hombre en fin”

 

Las Mutualidades Laborales desarrollaban seguros sociales con aportaciones obligatorias de empresarios y trabajadores por ramas de producción y se presentó propagandísticamente como una “nueva modalidad española” de previsión obligatoria que conjugaba la mejora profesional con el “espíritu de hermandad”, al estar vinculadas las Mutualidades por oficios o sectores económico. El “espíritu de hermandad” frente a “la lucha de clases” representaba una propuesta fundamental para la construcción de la comunidad.

 

Las cuotas por sectores oscilaban entre el 6% y el 12% del salario base; en unos casos esta cantidad se divide a la mitad entre empresa y trabajadores, y en otros la empresa paga una parte superior, aunque correspondía al empresario el ingreso total de las cuotas.

 

Respecto a la cuantía de las prestaciones, igual que en las cuotas, existe diversidad según las Mutualidades siendo las pensiones de jubilación las que ofrecían una mayor variedad entre ellas, y no guardaban relación directa con lo cotizado: entidades con un índice de cotización menor podían obtener pensiones más altas en función de las características demográficas del sector y de los beneficios. Como garantía de las prestaciones se constituyó un fondo de reserva que debía invertirse el 65% en valores emitidos o garantizados por el Estado español, el 15% en fondos públicos españoles de reconstrucción nacional y el 20% en inmuebles y títulos.

 

Poco a poco las Mutualidades Laborales van transformándose, amplían el servicio a los independientes y a los autónomos. Sus ingresos, en consecuencia, aumentan y las llevan a convertirse en un sistema paralelo al régimen de Seguros Sociales del Instituto Nacional de Previsión (INP). Del ámbito provincial se había pasado al interprovincial y al nacional.

 

Los recursos económicos provienen fundamentalmente de las cuotas que abonan obligatoriamente empresarios y trabajadores, de los intereses de sus bienes patrimoniales, de donativos y subvenciones. En la propaganda el régimen se refiere a ellas como “fortalezas económicas con las que el Estado cuenta para su política de inversiones”, ya que los fondos deben ser invertidos, jerárquicamente, en: Títulos de la Deuda Pública del Estado o del Tesoro, Valores mobiliarios, emitidos por organismos estatales, autónomos y, especialmente, en Células del Instituto de Reconstrucción Nacional, Obligaciones de la Red Nacional de los Ferrocarriles Españoles (RENFE), de las Juntas de Obras de Puertos, del Instituto Nacional de Industria y del Instituto Nacional de Colonización y, por último, en Obligaciones Provinciales y Municipales con el aval del Estado y en bienes inmuebles cuando exista garantía de valor y renta.

 

Sin duda el mutualismo, sobre todo a partir de los años 50, brindó recursos económicos para invertir en la reconstrucción y modernización del país. La vinculación del Mutualismo con las Universidades Laborales es una de las realidades mejor recordadas y posiblemente más valorada de la política social del franquismo.

 

En su etapa de consolidación (1955/1966), el Mutualismo Laboral es complementario y se efectúa una ordenación jurídica nueva. En el Reglamento General del Mutualismo Laboral se tecnifican muchos aspectos de las prestaciones reglamentarias, pero no se transforma en un sistema contributivo. Se sigue la tradición «generosa» de la etapa precedente. Continúan prevaleciendo los aspectos políticos sobre los técnicos. Las decisiones políticas motivan la crisis financiera del Mutualismo Laboral. En 1963 el Ministerio de Trabajo elabora un «Memorándum» sobre la situación caótica de la Protección Social en España. El Mutualismo Laboral ha fracasado como régimen complementario y su situación económica-financiera es de déficit técnico.

 

En su etapa de legalización (1967-1972), cambia su naturaleza por la de Sistema básico de Seguridad Social. Desde 1967 las Mutualidades Laborales son «legalizadas», se las dota de la naturaleza de corporaciones de interés público, integradas por empresas y trabajadores, instituidas y tuteladas por el Ministerio de Trabajo. La Ley de la Seguridad Social configura al Mutualismo laboral como gestor de las pensiones de un régimen básico de Seguridad Social. Se desea que el Régimen General sea contributivo pero aún no puede calificarse totalmente como tal. El sistema financiero de cobertura de capitales ha sido sustituido por el de reparto atenuado que actuarialmente funciona de conformidad con las previsiones en el quinquenio considerado.

 

En 1963 aparece la Ley de Bases de la Seguridad Social cuyo objetivo principal era la implantación de un modelo unitario e integrado de protección social, con una base financiera de reparto, gestión pública y participación del Estado en la financiación. A pesar de esta definición de principios, muchos de los cuales se plasmaron en la Ley General de la Seguridad Social de 1966, con vigencia de 1 de enero de 1967, lo cierto es que aún pervivían antiguos sistemas de cotización alejados de los salarios reales de trabajadores, ausencia de revalorizaciones periódicas y la tendencia a la unidad no se plasmó al pervivir multitud de organismos superpuestos. Fue el momento en que se creó el Régimen General de la Seguridad Social gestionado por el Instituto Nacional de Previsión aunque conjuntamente con las Mutualidades Obreras

 

A comienzos de los años setenta fue creado el Plan Nacional de Higiene y Seguridad en el Trabajo. Este sería el antecesor del actual organismo del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Con la Orden de 9 de marzo de 1971 se aprueba la Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

 

Por fin en su etapa de decadencia financiera y extinción (1973-1979) el sistema financiero de reparto atenuado (prima escalonada) es sustituido por el de reparto anual. En esta etapa las dificultades de financiación y el impacto de una inflación de dos dígitos motiva la reiterada revalorización periódica de las pensiones de todo el Sistema de la Seguridad Social. La degradación financiera se agrava progresivamente. El Mutualismo Laboral inicia la enajenación de sus inversiones.

 

Dada la multiplicidad de Mutualidades, este sistema de protección condujo a discriminaciones entre la población laboral, produjo desequilibrios financieros e hizo muy difícil una gestión racional y eficaz. Las decisiones políticas y un «excesiva generosidad» motivan la crisis financiera del Mutualismo Laboral.

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