La gestión adecuada de las relaciones laborales es fundamental en el ámbito laboral, por ello enumeramos cinco resoluciones judiciales dictadas en 2024 por el Tribunal Supremo (TS) y el Tribunal Constitucional (TC) de España, así como por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que son de interés tanto para las empresas como para los trabajadores, y que resultan fundamentales para poder desarrollar y gestionar correctamente las relaciones laborales, en un escenario legislativo que está en constante cambio.
La primera sentencia es la obligación de audiencia previa en los despidos disciplinarios (STS, 18 de noviembre de 2024, rec. 4755/2023), de la que hay que destacar varias cuestiones importantes, como cuál es el plazo de audiencia previa que se debe dar al trabajador; si durante el periodo de audiencia previa se puede suspender de sueldo al empleado; si se puede limitar al trabajador despedido durante ese periodo el acceso a los medios y materiales de la empresa; o qué pasaría si la empleadora no concede esa audiencia previa.
La segunda resolución judicial es la dictada por el Tribunal Supremo hace apenas un mes, relativa a la inexistencia de indemnización adicional (STS, 19 de diciembre de 2024, rec. 2961/2023). Esta sentencia fija que la indemnización por despido improcedente no puede verse incrementada por vía judicial y que el criterio de los 33 días por año de servicio es suficiente y válido.
La tercera sentencia es la dictada por el Tribunal Supremo en el mes de noviembre y la cual establece que el registro retributivo que las empresas están obligadas a llevar a cabo ha de incorporar los valores medios desagregados por sexo, pero las empleadoras no tienen la obligación incluir en dicho registro datos que permitan identificar la retribución individual de los trabajadores (STS, 21 de noviembre de 2024, rec. 218/2023). Esta sentencia es importante porque viene a decir que para facilitar datos personales de los trabajadores a la representación sindical tiene que ver un canon de justificación que así lo exija, y si no tiene que prevalecer el derecho a la protección de datos.
La cuarta sentencia es la que fue dictada por el Tribunal Constitucional el pasado mes de noviembre (STC 140/2024. CI núm.6644-2023) y que establece la obligación de reconocer a las madres biológicas de familias monoparentales el derecho a ampliar el permiso por nacimiento disfrutado.
Por último, la quinta sentencia ha sido la dictada hace justo un año por el TJUE, relativa a la extinción del contrato en caso de IP (STJUE, 18 de enero 2024). Un fallo judicial en el que el Tribunal europeo rechaza la posibilidad de que la empresa pueda resolver de manera automática la relación laboral con un trabajador cuando esté ha sido declarado en incapacidad permanente total o absoluta, sin que antes la empleadora haga ajustes razonables con el fin de permitir que el trabajador pueda conservar su puesto, siempre y cuando el mismo así lo desee.