Este tipo de permisos son necesarios para la conciliación familiar y por eso no pueden ser un lujo
El permiso parental de 8 semana fue aprobado en junio de 2023, pero sigue sin ser retribuido, a pesar de la obligación de Bruselas y la presión interna.
El plazo para transponer la Directiva Europea al completo, incluyendo la retribución del permiso, expiró el 2 de agosto. Por ello, la Unión Europea ya ha apercibido a España, que se enfrenta a una sanción nunca menor de 6,8 millones de euros. Si la sentencia del TJUE se emite antes de corregir el error, se irán sumando más de 40.000 euros por cada día extra de incumplimiento.
El permiso parental de 8 semanas, tal y como se encuentra operando en España, se vuelve un privilegio y no un derecho. Es una medida a la que solo pueden acceder las personas que tienen capacidad económica para ejercerlo, porque no está retribuido.
La sanción podría financiar el permiso
Las buenas intenciones que motivaron la creación del permiso se han visto opacadas ante la inactividad del Gobierno. No es posible que, después de un año de vigencia, la justificación sea que, ante la falta de desarrollo reglamentario, el permiso siga en el limbo jurídico e institucional.
No puede ser que se prefiera malgastar 7, 8 o 10 millones en lugar de destinarlos a financiar el permiso.
En teoría, el Gobierno se ha comprometido a que al menos una parte de él sea retribuida en 2025. Esperemos que. con la sanción de Bruselas por incumplir los plazos, la Directiva se tome en serio.
Hay que tener un permiso acorde a las necesidades de las personas trabajadoras. En su mayoría, mujeres, tanto en el caso de las parejas como en las familias de un solo progenitor, que casi siempre es una mujer.
La Justicia de Cataluña condenó a una empresa que no permitió el permiso parental
La sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña abre la vía para interpretar la ejecución de este permiso aún no reglamentado. En el recurso a una demanda, condenó a una empresa a indemnizar a un trabajador con 20 000 euros por vulnerar su derecho a gozar del permiso parental. Esta había obstaculizado el ejercicio del permiso no retributivo, ya que el trabajador lo había solicitado del 1 al 31 de agosto. Sin embargo, tuvo que modificarlo a solicitud de la empresa, que argumentó que debía pedirse por periodos semanales. Por tanto, este se ampliaba a septiembre. La sociedad únicamente se lo concedió de forma parcial del 31 de julio al 13 de agosto.
El juzgado en primera instancia dio la razón a la empresa. Pero, ante esta situación, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña reconoció que se vulneró el derecho fundamental a no sufrir discriminación por ejercer los derechos de conciliación. Así, se revocó la sentencia del Juzgado de Primera Instancia y se estimó la demanda del trabajador. Se le reconoció el derecho a disfrutar del permiso parental, resaltando que la empresa no puede modificar sus extremos, salvo que se solapen los permisos de ambos progenitores.
Se necesita un desarrollo reglamentario apropiado para este permiso. Además, tiene que tener una fecha cierta para su retribución, para dar cumplimiento a la Directiva Europea. Hoy por hoy, y ante la inacción del Gobierno, el único camino posible para que se acabe implantando es la judicialización de los casos.