Se mantendrán los derechos de las personas que la están cobrando, la hayan solicitado o generado el derecho, hasta el 1 de noviembre de 2024.
La RAI queda derogada en la reforma de los subsidios por desempleo
El Gobierno ha publicado el Real Decreto-ley 2/2024, que reforma los subsidios por desempleo. Una de las medidas más controvertidas es la derogación de la Renta Activa de Inserción (RAI) a partir del 1 de noviembre de 2024.
En el preámbulo de este Real Decreto-ley, el Gobierno lo explica de este modo:
“Puesto que se deroga el Real Decreto 1369/2006, de 24 de noviembre, por el que se regula el programa de renta activa de inserción para desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar empleo, a fin de mantener la protección que a través del mismo se dispensaba a las víctimas de violencia de género o sexual, se crea el subsidio por desempleo dirigido a este colectivo”.
La derogación aparece en la Disposición derogatoria única:
“Queda derogado el Real Decreto 1369/2006, de 24 de noviembre, por el que se regula el programa de renta activa de inserción para desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar empleo. “
¿Qué sucede con las personas que ya han solicitado la RAI o que han generado el derecho a volver a solicitar una de ellas?
Estas situaciones se contemplan en la disposición transitoria tercera, según se explica en el preámbulo del RDL:
“Asimismo, la disposición transitoria tercera prevé el régimen aplicable con carácter transitorio a quienes estuvieran percibiendo o tengan derecho a reanudar cualquiera de los subsidios por desempleo, o el derecho a la renta activa de inserción, vigentes en el momento de la entrada en vigor de este real decreto-ley, quienes lo mantendrán hasta su extinción, así como a quienes no hubieran solicitado alguno de dichos subsidios a pesar de acreditar un hecho causante anterior a la fecha de la entrada en vigor de este real decreto-ley, sin haber solicitado el subsidio; en todos los casos con la garantía de una transición adecuada hacia otros mecanismos de protección social si no se reinsertaran en el mercado laboral.”
Es decir, el gobierno garantiza en el Real Decreto-Ley que respetará los derechos de las personas que ya hubieran solicitado la RAI, o la estuvieran recibiendo o la tuvieran suspendida en el momento de entrada en vigor de la derogación, el 1 de noviembre de 2024.
Por lo tanto hasta el 1 de noviembre de 2024, quien esté cobrando la RAI la seguirá cobrando igual. También quien cumpliendo los requisitos la hubiera solicitado o quien la tuviera concedida pero estuviera suspendida por cualquiera de los motivos previstos en la norma.
¿Cuándo entra en vigor la derogación de la RAI?
Según la Disposición final decimocuarta, la derogación de la RAI se producirá el 1 de noviembre de 2024. Es decir, hasta esa fecha, las personas que cumplan requisitos, podrán seguir solicitándola.
Posibles futuras aclaraciones del Ministerio de Trabajo
Se esperan aclaraciones desde el Ministerio de Trabajo y el SEPE sobre cómo se van a gestionar a través del Ingreso Mínimo Vital (IMV) los derechos de las personas que hasta ahora accedían al sistema de protección de la Renta Activa de Inserción (RAI), puesto que tan solo se ha previsto un nuevo subsidio para el caso de las personas desempleadas víctimas de violencia de género, pero no hay alternativas actualmente en los subsidios a las situaciones de los desempleados de larga duración mayores de 45 años, o desempleados con discapacidad igual o superior al 33%, que antes tenían protección con la RAI.
Fuente: loentiendo La Renta Activa de Inserción queda derogada el 1 de noviembre (loentiendo.com)
Buenas tardes, en abril de 2024 termine de cobrar la primera prórroga de la RAI, me gustaría saber si tengo derecho en abril de 2025 solicitar la segunda prórroga, gracias.
Hasta el 20 de septiembre estamos “ausentes”, si para esa fecha no has resuelto tus dudas puedes vover a publicarlas,
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