En 2023
Las pensiones aumentaron, de forma general, un 8,5% debido a la fuerte inflación que se produjo en 2022 . En ese mismo año, el alza de salarios registrada en convenios vigentes en las grandes empresas fue del 3,49%, aunque el salario mínimo subió un 8% en febrero de 2023. Los sueldos de los funcionarios subieron un 2,5% si bien se aplicó un 0,5% adicional en base anual posteriormente, por exceso de inflación.
En 2024
Las pensiones han aumentado, de forma general, un 3,8%, pero los salarios aumentarán, a la vista de los convenios en vigor para este año, en casi un 4%2. Los sueldos de los funcionarios públicos aumentan en 2024 un 2%, con posible ajuste de 0,5 puntos porcentuales adicionales, de nuevo en caso de verificarse una inflación excesiva. El aumento del salario mínimo, a su vez, se ha acordado el 12 de enero pasado en un 5% entre el gobierno y los sindicatos y sin el acuerdo de los empleadores
La actualización de las pensiones se hace por ley mientras que la actualización de los salarios se lleva a cabo, en realidad, de manera discrecional en cada empresa, según la guía convenial pactada entre sindicatos y patronales. Los sueldos de los funcionarios públicos, por su parte, se rigen por criterios distintos (marco presupuestario), si bien los sindicatos del ramo suelen intervenir en alguna medida. Las pensiones se actualizan contra la inflación pasada mientras que los salarios lo hacen contra la inflación prevista, admitiéndose en algunos casos ajustes por desviaciones de la inflación realizada respecto a la prevista.
Lo que se desprende de los párrafos anteriores es un marco de actualización de rentas vinculadas al trabajo (las pensiones contributivas lo son, en buena medida) muy heterogéneo que, inevitablemente, lleva a pensar en elementos de arbitrariedad o, al menos, de falta de coherencia, no sin crear agravios comparativos. Esta sensación se refuerza cuando, al trazar la divisoria entre rentas laborales propiamente dichas y rentas de jubilación (de origen contributivo) se repara en que la base principal de la financiación de las pensiones son los salarios.
En 2023 las pensiones subieron bien por encima de lo que subieron los salarios, especialmente los de los funcionarios. Pero en 2024 las tornas se han invertido y las pensiones han subido algo menos de lo que están subiendo los salarios y bien pudiera suceder que aquellas acabasen subiendo bastante menos. El desfase que implica el método de actualización de unas y otros puede corregir en alguna medida la “paradoja de la actualización de las pensiones” ante la que estamos, pero ello no impide apreciar que estamos también ante una situación muy pintoresca
A pesar de que se ha establecido por ley que las pensiones se actualicen cada año con la variación del IPC observado en el año precedente (también se ha fijado por ley la reversión del Factor de Sostenibilidad), creo que hay muchas razones para consensuar una regla de actualización de las pensiones más coherente, y cuanto antes mejor.
Antes de concretar, déjenme argumentar por qué ni los precios ni los salarios sirven como guía única para actualizar las pensiones. En 2023, la actualización de las pensiones con el IPC, muy por debajo de la actualización de los salarios, va a producir un empeoramiento persistente de la financiación de las cotizaciones, cuyos tipos se giran sobre bases de cotización estrechamente vinculadas a los salarios. Pero en 2024, sucederá algo de lo contrario, los efectos serían de una mejora de la capacidad de financiación de las cotizaciones (a empleo constante, claro). ¿Por qué no usar entonces el crecimiento de los salarios como guía única de actualización de las pensiones, en vez de utilizar los precios?
¿Tendría sentido utilizar para actualizar las pensiones la inflación del IPC cuando esta es menor la inflación de los salarios y utilizar la de los salarios cuando esta es menor que la del IPC?
Para simplificar, dejo de lado los casos de inflación negativa, pero estos son relevantes. En ambos casos ganaría el sistema de pensiones y en cada caso se producirían también pérdidas de poder adquisitivo, bien contra los pensionistas o contra los trabajadores. Pero estas pérdidas se distribuirían cada año al albur de la evolución de los salarios y, seguramente, de manera sistemática contra los trabajadores. Lo que sería especialmente injusto.
Alternativamente, se podría elegir cada año, como criterio de actualización de las pensiones, la mayor de las tasas de crecimiento de los precios o de los salarios. Así, siempre perdería el sistema y los pensionistas nunca perderían poder adquisitivo, pudiendo ganarlo en algún año, mientras que los trabajadores podrían perder poder adquisitivo algún año y ganarlo algún otro.
Así pues, tampoco el criterio de máximo o el del mínimo parecen adecuados, coherentes o justos, además de depender de los determinantes, no siempre bien conocidos, de la relación salarios-precios de cada año. En muchos países avanzados se establecen reglas de actualización de las pensiones que tienen simultáneamente en cuenta tres parámetros: la evolución de los precios, la evolución de los salarios y la evolución de la actividad de la economía (el PIB real, la productividad, que puede sufrir recesiones o crisis)
Una combinación de estos tres factores parece más coherente y puede que, debidamente formulada, fuese más equilibrada para los trabajadores, los pensionistas y la sostenibilidad del sistema
Fuente: mi jubilación de futuro La paradoja de la actualización de las pensiones – Fondo documental – Pensiones en cifras – BBVA Mi jubilación (jubilaciondefuturo.es)