LA INDEMNIZACIÓN “RESTAURATIVA” DIVIDE AL GOBIERNO

El Gobierno defiende en Europa el despido improcedente de 33 días frente a la demanda de UGT y considera que el actual sistema prevé de una “indemnización adecuada” a los trabajadores

 

La Unión Europea tiene dos tribunales: el de Derechos Humanos, que es el más conocido, y el de Derechos Sociales. Ambos están en Estrasburgo. Al mes siguiente de que España ratificara la Carta Social Europea revisada, UGT interpuso en julio de 2021 una reclamación colectiva ante el Comité Europeo de Derechos Sociales. En octubre de 2022, el Comité les notificó que había decidido examinar el caso español. Esa misma semana, el Comité dio la razón a los sindicatos franceses por la reforma laboral de 2017, que también había abaratado el despido. Años antes, se la había dado a los sindicatos italianos por el mismo motivo. “Estamos convencidos de que también nos la darán a nosotros”, aseguran desde UGT.

La reclamación presentada por UGT ante el Comité Europeo de Derechos Sociales del Consejo de Europa tiene por objetivo hacer las indemnizaciones por despido sean más reparadoras del daño al trabajador y disuasorias para el empresario, tal y como reclama el artículo 24 de la Carta Social Europea y el Convenio 158 de la OIT.

 

En noviembre de 2022, el sindicato CC OO interpuso una reclamación colectiva similar. “Las indemnizaciones son tan insuficientes que realmente se puede despedir sin causa y de forma arbitraria”, consideran. “Los modelos objetivos no son suficientes para algunos casos y no resarcen al trabajador, por lo que las indemnizaciones tendrían que venir complementadas de otras que resarzan los daños”, añaden.

 

 

El Ministerio de Trabajo, y su ministra Yolanda Díaz, viene defendiendo públicamente una reforma del despido compatible con la demandada por UGT, en la que pasen a evaluarse los daños personales de cada trabajador para fijar indemnizaciones más reparatorias y disuasorias, tal y como piden el sindicato.

 

El criterio que ha mandado el Gobierno, a través de la Abogacía del Estado, es contrario a la postura que viene defendiendo la vicepresidenta y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz. Desde la abogacía del Estado, que son quienes han elaborado estas alegaciones, rechazan específicamente el despido “a la carta” defendido por Díaz. Concretamente, consideran que “si el importe de la indemnización hubiera que tener en cuenta factores subjetivos relativos a las circunstancias personales y/o familiares de la persona despedido (como la edad, el sexo, la situación familiar o la ausencia de formación) por ser mayor el daño causado al trabajador por pertenecer a determinados colectivos, esto, sin duda afectaría a las decisiones de contratación de estos trabajadores”. Así, apuntan a que el modelo de despido que defiende Díaz perjudicaría precisamente la contratación de los colectivos que quiere beneficiar con mayores indemnizaciones. Entre sus argumentos, consideran que este modelo “exonera al trabajador” de “la carga de acreditar los daños efectivos” que le produce su despido. El Ejecutivo reconoce en su escrito que otras medidas –como que se han aumentado algunos casos de despidos nulos– provocan que el actual sistema de despido sea “disuasorio” para los empresarios.

 

Por otro lado, de forma algo contradictoria, el Gobierno añade que el actual sistema es garantista puesto que los trabajadores ya están teniendo acceso a reparaciones mayores en algunos casos excepcionales donde así lo consideran los tribunales. Se refiere a las recientes sentencias que han elevado la indemnización a denunciantes aplicando precisamente la Carta Social por entender que la indemnización legal era insuficiente.

 

Sin embargo el Ministerio de Trabajo defienden que no exista una indemnización tasada y se inclinan por un sistema diferenciado, reparativo” con el trabajador, en el que se tenga en cuenta sus circunstancias personales. Además, concluyó de manera clara que la legislación actual provoca que el despido sea “demasiado barato”.

 

El secretario general de UGT, Pepe Álvarez, ha instado a que este debate sobre el despido forme parte de las discusiones para las próximas elecciones, ya que ha reconocido que no dará tiempo a ser abordado en esta legislatura. El sindicato prevé que el Comité Europeo de Derechos Sociales se posicione en el caso de España a finales de 2023 o principios de 2024. En este sentido, UGT urgirá a los partidos políticos a que se pronuncien y definan sus posturas sobre el despido, para que los trabajadores conozcan las posturas de unos y otros a la hora de decidir su voto.

 

En cualquier caso, el sindicato explicó que si la sentencia en el caso español es favorable a la UGT la elevación de las indemnizaciones “será ley”, por lo que los jueces lo aplicarán y el Gobierno que esté en ese momento no tendrá más remedio que trasponerlo a la ley tarde o temprano. UGT espera que esta resolución llegue entre diciembre y febrero de 2024.

 

Lo cierto es que once años después de la reforma de Mariano Rajoy, el despido improcedente vuelve al debate político y se debatió recientemente en el Congreso de los Diputados con una moción de ERC, que planteaba recuperar los 45 días de indemnización por año trabajado y abordar una reforma legislativa para que la sanción económica se ajuste a la Carta Social Europea. El PSOE ha votado en contra, junto con PP y Ciudadanos. Unidas Podemos, EH Bildu y BNG han apoyado a Esquerra. Ante el ‘no’ del PSOE a recuperar la indemnización por despido de 45 días por año trabajado, en la votación de una moción presentada por ERC hace unas semanas, en el sindicato no han querido pronunciarse sobre si temen un viraje de los socialistas en este sentido. En el pasado, el partido ha defendido la derogación de la reforma laboral del PP, que abarató el despido improcedente y UGT reclamará una postura a todos los partidos y ha recordado que el punto de partida del sindicato para esta reforma es la legislación previa al mandato de Mariano Rajoy, en la que no solo había una mayor indemnización, sino también el derecho a salarios de tramitación, entre otras medidas. Sobre el voto en contra del PSOE a la moción de ERC, UGT defiende que modificar la indemnización por despido improcedente supone no solo cumplir con los compromisos internacionales —Carta Social Europea y Convenio 158 de la OIT—, sino cumplir con los compromisos electorales y de Gobierno que señalaban que había que derogar la reforma de 2012 del PP que rebajó el coste del despido injustificado, ilegal o caprichoso. Además, entienden que la protección del contrato de trabajo y su estabilidad debe ser el objetivo de cualquier gobernante progresista.

 

La moción de ERC considera que “nos encontramos ante una situación efectiva de sistema de despido libre indemnizado o, para ser más específicos, descausalizado, desjudicializado y con coste económico cierto especialmente barato”. Añaden que en el Estado se producen anualmente casi 475.000 despidos —“1.300 cada día”—. “Estas cifras son consecuencia, entre otros factores, de las reformas laborales acaecidas en 2010 y 2012, que facilitaron y abarataron drásticamente el despido”, recuerda el texto debatido en el Congreso. El PSOE ha tildado la moción de “inútil” y de maniobra “estéril” para tratar de incidir en la opinión pública con un “titular”. Ha defendido que donde debe abrirse ese debate es en la mesa de Diálogo Social, que es lo que previsiblemente sucederá a golpe de sentencias judiciales, reprobaciones europeas y los requerimientos de la parte social. Por su parte la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, lleva un año dando pistas que colmaron la semana pasada, también en la tribuna del hemiciclo: incorporar lo que ella llama un “despido restaurativo”, que posibilitaría aumentar la indemnización con el objetivo de convertir la improcedencia en disuasoria de forma efectiva, en vez de ser un despido barato sin causa justificada, tal y como resulta en la práctica.

 

Lo cierto es que en la negociación de la reforma laboral de Yolanda Díaz no se incluía modificar la legislación actual en materia de despidos pero ya entonces, en una comparecencia en la Comisión de Trabajo, la ministra sostuvo que, tras aprobar la reforma requerida por la Unión Europea para reducir la temporalidad del mercado laboral español y cobrar la primera tanda de fondos Next Generation, su ministerio iba a impulsar cambios en la actual legislación a través de cambios en el Estatuto de los Trabajadores, que aún soporta los aspectos más lesivos para la clase trabajadora de la reforma laboral del PP de 2012.

 

Jurídicamente los cambios que se avecinan se basan en que España ratificó la Carta Social Europea revisada el 11 de junio de 2021 y los tribunales autonómicos, sobre todo en Catalunya, han empezado a sentenciar favorablemente hacia los trabajadores despedidos improcedentemente que solicitaban una mayor indemnización al considerarla insuficiente, poco disuasoria y escasamente restaurativa, tal y como requieren la Carta Social y el Convenio 158 de la OIT.

 

El artículo 24 de la Carta Social Europea revisada recoge dos ejes en la protección del despido: el derecho a no ser despedido y el derecho a no ser despedido sin una razón válida. Textualmente reconoce “el derecho de los trabajadores despedidos sin razón válida a una indemnización adecuada o a otra reparación apropiada”. A esta reparación es a la que se refiere la ministra de Trabajo.

 

La sentencia más reciente es del 30 de enero de 2023. La trabajadora tenía un contrato indefinido desde el 4 de noviembre de 2019 con un salario bruto anual de 25.000. El contrato fue rescindido el 27 de marzo de 2020 y la empresa le comunicó “su voluntad de abonarle la indemnización máxima (33 días), equivalente a 941 euros. La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya destaca que el hecho relevante en ese despido fue la “antigüedad en la relación laboral” y ha elevado la indemnización a 4.435 euros.

UGT compara su propuesta con la legislación de tráfico y el baremo que tiene para tasar la indemnización correspondiente en caso de daños en un accidente —cuántos huesos rotos, operaciones, estancia en el hospital, días de rehabilitación y secuelas—. Un despido restaurativo debería tener en cuenta los daños causados al trabajador con un baremo orientativo: si es familia monoparental, si el trabajador tiene más edad y le resultará más complicado encontrar otro trabajo, si se ha mudado y ha tenido que alquilar un piso, etc.. Pero aparte de restaurar o resarcir el daño ocasionado al trabajador ante un despido improcedente inciden en que la indemnización por despido debe ser una herramienta “disuasoria”.

 

Según los últimos datos del Ministerio de Trabajo, la indemnización media por despido es de 11.416,7 euros, aunque esto varía según el tipo de contrato. Un indefinido a tiempo completo percibe 18.112,4, un fijo discontinuo 4.642,7 y un temporal a tiempo completo 1.462 euros. También influye el tipo de despido: uno disciplinario (que legalmente no tienen indemnización) recibe no obstante una compensación media de 9.512,3 euros, mientras un despido objetivo solo 9.310,3 euros. Por el contrario, un despido colectivo alcanza los 21.754,9 euros.

 

La reforma de 2012 eliminó el ‘despido exprés’, que permitía recurrir a esa indemnización sin mediar denuncia del trabajador. Esto contribuyó al abaratamiento del precio del despido tanto o más que el propio recorte de 33 a 45 días, aunque elevó la judicialización de los procesos. Según los datos de Trabajo, en 2021 un 15% de los despidos fueron recurridos.

 

Los datos no son exhaustivos, pero permiten estimar que dos tercios de ellos resultaron declarados improcedentes por el juez o en un acto de conciliación. En esos casos, la indemnización subió de media hasta los 19.198,3 euros, un 68%. Un incremento que tampoco casa con el argumento de un despido “demasiado barato”. No en el contexto de las principales economías del mundo.

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