Insistimos en que aunque así lo establece el artículo 4.2 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General Derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social, en la práctica no es equiparable.
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha recordado que la discapacidad y la incapacidad laboral no son equiparables. Así lo ha subrayado en una sentencia de 19 de febrero de 2020 (156/2020), en la que reitera que el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente total, absoluta o incluso una gran invalidez no da derecho al reconocimiento automático del 33% de discapacidad.
Parecía que era una cuestión que ya estaba clara a raíz de que nuestro Alto Tribunal ya dijera en 2018 que aunque en el Real Decreto Legislativo 1/2013, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social se expone que estos pensionistas de incapacidad total tendrán un grado de discapacidad igual o superior al 33% “a todos los efectos”, lo cierto es que esta norma ha incurrido en exceso de competencia como legislación delegada que es. Subrayó que la equiparación al 33% de discapacidad lo es “solo a los exclusivos efectos de esa ley”, y no en todos los ámbitos
Si bien no se anula el mencionado artículo 4.2 del Real Decreto Legislativo 1/2013, sí lo declara viciado por «ultra vires» (“más allá de los poderes”) , es decir, es un artículo que supera la competencia que la ley otorga a quien legisló, y en consecuencia, es un artículo nulo a todos los efectos.
Por ello, si un pensionista solicita a la Dirección Provincial del INSS un certificado que indique que tiene reconocida una pensión de incapacidad permanente a efectos de acreditar el grado de discapacidad del 33 por ciento ante la AEAT o ante cualquier otro Organismo o entidad, se le informará de que, actualmente, el único documento válido para acreditar la discapacidad es el certificado del IMSERSO o del órgano correspondiente de la CCAA.



Hola, parece ser que quieren volver ha dejarlo como estaba
https://www.servimedia.es/noticias/gobierno-modifica-ley-para-extender-condicion-legal-persona-discapacidad-determinados-pensionistas/2910123
Efectivamente, pero aún es solamente un anteproyecto de ley en estudio, ver:https://www.mdsocialesa2030.gob.es/servicio-a-la-ciudadania/proyectos-normativos/documentos/ap_mod_ley_derechos_discapacidad.pdf
Yo despues de varios años creyendo que tenia el 33% leyendo esa ley, me conecte con la Generalidad Valenciana y mire mi ficha y resulta que solo tenia reconocido oficialmente el 18% un gran desencanto.
Tengo que decir que a mi directamente los Servicios Sociales de mi localidad me comunicaron en su dia que mi discapacidad era el 33% o sea que estaba engañado totalmente. Asi que entre en la web de la Agencia Tributaria y desactive la casilla de la incapacidad por el IRPF.
Saludos.