La subida de las pensiones con el IPC «amenaza la sostenibilidad del sistema a 20-30 años»
El objetivo principal de este informe es analizar el impacto que la reforma aprobada en 2021 tiene sobre el sistema de pensiones español, para lo que se han seleccionado los cuatro principales elementos de esta reforma que pueden estudiarse desde un punto de vista financiero-actuarial:
1) Revalorización de las pensiones,
2) Jubilación demorada,
3) Jubilación anticipada y
4) Mecanismo de Equidad Intergeneracional.
El planteamiento de este grupo, así como del Instituto de Actuarios que lo impulsa, es meramente técnico y la intención no es valorar políticamente las políticas que se proponen o se ponen en marcha. El objetivo es utilizar la ciencia actuarial para juzgar el sistema de pensiones español respecto de tres grandes ejes analíticos:
- La sostenibilidad, entendida como la capacidad presente y futura del sistema de atender los compromisos que adquiere.
- La suficiencia, entendida como la conservación de un esquema de prestaciones capaz de aportar a las personas jubiladas un nivel de vida razonablemente similar al que tenían cuando estaban activas y que les proteja de situaciones de pobreza.
- La equidad, entendida como aquella situación en la que el valor actual actuarial de las aportaciones es igual al valor actual actuarial de las prestaciones. Es decir, se cumple la ecuación de equivalencia actuarial entre lo entregado y lo recibido.
- En cuanto a la revalorización de las pensiones, la aprobación de la Ley 21/2021 supone la derogación del Índice de Revalorización de las Pensiones (IRP), que ligaba la revalorización a la salud financiera del sistema, pero no prescribía una determinada revalorización puesto que permitía inyectar los ingresos necesarios para alcanzar un valor deseado o elegido por el Parlamento. En este sentido, la actual normativa cambia un mecanismo automático de ajuste por un fin en sí mismo, como es la revalorización con el IPC.
1) Entendemos que el mantenimiento del poder adquisitivo de las pensiones es un objetivo que debe estar presente en la mente de todos los representantes de la ciudadanía, pero no es menos cierto que en el otro platillo de la balanza ha de estar una correcta cuantificación de lo que puede suponer esta medida y quiénes habrán de ser los que asuman ese coste. Sólo han pasado seis meses desde la aprobación de la nueva norma y ya hay cada vez más voces que piden que la mera indexación con los precios no se aplique en 2023, dado el elevado nivel que ha alcanzado el IPC.
Era difícil de predecir el elevado valor que iba a tomar el IPC, pero sí que sabemos las tensiones que puede suponer para el sistema la elevada nómina de pensiones, que irá aumentando de volumen a un ritmo superior al producido hasta ahora, como consecuencia de las jubilaciones masivas de la generación del baby boom (que deteriorará la relación entre trabajadores que pagan y jubilados que cobran) y por el efecto sustitución (que encarece el sistema por la diferencia entre la magnitud de las pensiones entrantes y las salientes).
En este sentido, según AIReF (2020): “asumiendo la revalorización de las pensiones con el IPC (…) bajo las hipótesis del escenario central y en ausencia de medidas de ingresos, el IRP implicaría una revalorización anual del 0,25% en todo el periodo, lo que supondría una reducción del gasto de 2,3 p.p. del PIB en 2050 y una reducción de 8,5 puntos de la tasa de cobertura”, entendida esta última como la pensión media entre el salario medio.
Por todo ello, el elevado esfuerzo que va a suponer revalorizar las pensiones con el IPC debería de ser conocido por todos, porque las implicaciones de esta norma no solo afectan a la generación actual de cotizantes, sino que se extenderá durante varias décadas.
2) Respecto a la jubilación demorada, creemos que es una buena noticia que todos los coeficientes anteriormente existentes se hayan unificado en el 4% por cada año completo de demora. Sin embargo, siguen estando por debajo de lo actuarialmente equivalente, que estaría en el entorno del 5,4% anual; es decir: para estar alineado con la aportación positiva que la jubilación demorada realiza al sistema, los coeficientes deberían ser más generosos con el ciudadano que tomase la decisión de retrasar su jubilación.
También es discutible, máxime teniendo en cuenta los cambios en la jubilación anticipada, que haya que seguir esperando un año completo para poder optar a esta mejora. Creemos que tendría un mayor impacto si la mejora se estableciera por mes y no por año, siendo en este caso el coeficiente que mejor se adapta a un criterio actuarial el 0,45% mensual.
Otro elemento que se ha introducido dentro del ámbito de la jubilación demorada ha sido la posibilidad de sustituir el coeficiente del 4% anual por una cantidad a tanto alzado, que depende de los años cotizados y de la cuantía de la pensión. Es normal que esta opción se aplique con un pequeño descuento de la cantidad actuarialmente equivalente, dado que el pago de una vez genera un problema de antiselección: los que, llegado el momento de la jubilación demorada, tuvieran problemas de salud o cualquier otra circunstancia que los llevase a considerar que su esperanza de vida es comparativamente corta, optarían por el cobro de un cheque único, a cambio de renunciar al aumento de pensión, recibiendo con ello una “prima” implícita.
Las consecuencias respecto a los tres elementos de los sistemas de pensiones que hemos analizado: suficiencia, sostenibilidad y equidad, son inciertos porque dependerá de si optan por aumentar la pensión o por recibir el cheque único. En el primer caso mejora la suficiencia y la equidad, pero empeora la sostenibilidad, mientras que si eligen el cheque ocurriría lo contrario: empeoraría la suficiencia y la equidad, mejorando la sostenibilidad del sistema.
3) Llegados al caso de la jubilación anticipada, tenemos que decir que se ha seguido un criterio totalmente diferente al que ha guiado la jubilación demorada, ya que se ha pasado de coeficientes trimestrales a mensuales,; se ha multiplicado el número de coeficientes hasta alcanzar la cifra de 288, al distinguir por el número de años cotizados (4 tablas) y si es voluntaria o involuntaria la jubilación y se ha seguido un criterio poco razonable a la hora de establecer los coeficientes según el número de años de anticipo.
Desde el punto de vista actuarial creemos que la solución podría pasar por un único coeficiente del 0,5% por cada mes de anticipación, independientemente del resto de variables que ha considerado la normativa. Esto haría más equitativo actuarialmente el cálculo de la pensión, lo simplificaría y lo haría más comprensible y transparente.
La nueva normativa supone una pequeña disminución de la pensión media del 0,3%, afectando más a las jubilaciones anticipadas voluntarias, con una bajada del 0,4%. Sin embargo, entendemos que un comportamiento racional de los individuos llevaría a no jubilarse con los meses de anticipo que generan mayores descensos de la pensión (23 o 24 meses) para evitar un exceso de reducción, lo cual conduciría a una mayor pensión y un crecimiento del gasto para el sistema, con un ligero aumento de la edad efectiva de jubilación.
Otra novedad introducida en la normativa que está relacionada sólo con la jubilación anticipada voluntaria, y que tiene también una motivación redistributiva, es el de aplicar los coeficientes reductores por jubilación anticipada sobre el límite de la pensión máxima, y no sobre la base reguladora como ocurría con la normativa anterior. El efecto sobre la pensión media sería de una bajada del 2,8%, con un importante efecto redistributivo al afectar casi exclusivamente al primer cuartil de salarios más elevados, en cuyo caso las pensiones bajarían un 5,5%.
En la práctica, pues, se diseña un sistema de jubilación anticipada (más) desincentivador para los trabajadores más cualificados y/o con salarios más elevados, lo que lógicamente tiene consecuencias para el nivel de rotación del mercado laboral.
En cuanto al gasto en pensiones, el efecto será muy limitado durante los primeros años de implantación, porque sólo afecta a las nuevas pensiones, estimándose en 25 millones de € el primer año y aumentaría con el tiempo al ir sumando nuevas generaciones de jubilados con la nueva medida. A medio-largo plazo (20-30 años), el gasto en pensiones disminuiría en un 0,42%.
El impacto conjunto de las dos medidas introducidas en la jubilación anticipada (nuevos coeficientes y nuevo método de cálculo), supondría una bajada de la pensión media de las anticipadas del 2,18%, afectando casi exclusivamente al primer cuartil de nivel salarial, con una bajada de la pensión inicial del 5,70%.
Respecto a los efectos sobre los tres elementos analizados, el cambio en los coeficientes es difícil de prever puesto que depende de que los futuros jubilados puedan elegir el número de meses de anticipo y de que lo elijan adecuadamente; si bien, en general, se puede decir que mejorará la equidad del sistema. Sin embargo, en caso de la modificación de la fórmula de cálculo, ésta empeorará la suficiencia y la equidad de los que cotizan por bases altas y accedan a la jubilación de forma voluntaria; mejorando ligeramente la sostenibilidad del sistema.
4) En cuanto al Mecanismo de Equidad Actuarial (MEI), no resulta fácil su valoración. Se trata de un esquema complejo y, además, carente de concreción en algunos de sus aspectos fundamentales, como son las actuaciones que se activan cuando haya un desvío respecto al gasto inicial. Además, incluye un aumento del tipo de cotización que, sin embargo, no redunda en una mejora de la pensión. Hay que resaltar que el Factor de Sostenibilidad (FS), sustituido por el MEI, venía a corregir los incrementos de gasto derivados del aumento de la esperanza de vida. Es criterio generalizado que este desplazamiento de la longevidad se va a seguir produciendo en el futuro, si bien las mejoras de la esperanza de vida pueden fluctuar.
Por lo tanto, la eliminación del FS debiera suplirse con un mecanismo que generara el mismo nivel ahorro. Sin embargo esto no ha sido así, ya que el MEI respecto al FS dará lugar, en 2067, a un déficit acumulado hasta ese momento de 7,75 puntos de PIB de ese año. Valorar conjuntamente el efecto del MEI sobre los tres elementos fundamentales de un sistema de pensiones es harto complicado, debido a que las medidas que se tomarán en caso de desviaciones del gasto están por concretar.
Sí que parece claro que el aumento del tipo de cotización no modifica la suficiencia de las pensiones, mejorando la sostenibilidad por la previsible mayor entrada de ingresos, pero empeorando la equidad del sistema.
La valoración conjunta de las cuatro medidas analizadas nos lleva a concluir que va a generarse un aumento del gasto en pensiones, sobre todo como consecuencia de la revalorización de las pensiones con el IPC, pero también debido a la derogación del Factor de Sostenibilidad y su sustitución por el Mecanismo de Equidad Intergeneracional. Los cambios Instituto de Actuarios Españoles en la jubilación demorada y anticipada van a generar un resultado incierto, pero en el mejor de los casos con una pequeña disminución del gasto
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