El SEPE devuelve el subsidio + 52 años retirado por salir del país

El plazo máximo que se puede estar fuera son quince días, pero en su caso se alargaron porque enfermó y estuvo un mes ingresada

Después de dos años, T.L. respira un poco más tranquila. Esta mujer, a quien le habían concedido el subsidio por desempleo para mayores de 52 años, ha logrado que un juzgado de lo social de Tarragona le dé la razón.

A T.L. el Servicio Público de Empleo Estatal le había concedido en 2016 una prestación. Igual que sucede con quienes perciben otras prestaciones del paro, solo tenía permiso para salir de España durante quince días y por una vez al año. Si el período va a ser más largo debe anunciarse antes de salir

Ese mismo año fue a su país, Ucrania, de donde tenía planeado regresar a los pocos días, algo que no sucedió porque casi a la par de llegar enfermó de neumonía y tuvo que estar ingresada durante casi un mes en el hospital.

Dos años más tarde, en el 2018, desde el SEPE le comunicaron que habían recibido información de la policía donde constaba su fecha de salida y de regreso a España, por lo que le quitaban la prestación y le conminaban a pagar 10.817,72 euros por los dos años que habría estado cobrando de forma indebida.

Ante la imposibilidad de conseguir que entendieran sus circunstancias, la mujer decidió ir a juicio. El mismo se celebró hace unos días y es el que insta al SEPE a restituirle la prestación y revoca la sanción por la que debía pagar los casi once mil euros. Ahora el SEPE ha recurrido ante el TSJ.

Situación injusta

Víctor Canalda, abogado de la mujer, señala que, aunque la sentencia no es firme, supone que la demandante podrá seguir percibiendo el subsidio, como mínimo hasta que se resuelva el recurso de suplicación planteado por el SEPE. «La situación en que se encontraba era profundamente injusta, y nos hace entender lo implacable que puede llegar a ser la entidad gestora por cuestiones cuasi formales. Si bien es cierto que para salidas al extranjero por más de quince días los beneficiarios de prestaciones de desempleo deben comunicarlo a la entidad gestora (SEPE) con antelación al viaje, en este caso la demandante iba a realizar un viaje a Ucrania por diez días, por lo que no comunicó nada al SEPE, siendo que a los dos días de aterrizar cayó enferma por neumonía grave y tuvo que ser hospitalizada durante casi un mes».

Explica que como la norma no dice nada sobre justificar el viaje con posterioridad, ella no comunicó nada a su vuelta. Además, el SEPE no la requirió para que justificase su salida sino hasta dos años después y tampoco tuvo en cuenta sus motivos, por lo que hasta entonces la supuesta deuda por cobrar de forma indebida se acumuló durante los dos años.

La sentencia considera que no medió culpa en su actuación, ni siquiera por negligencia, ya que acreditó la situación en el momento en que fue requerida.

Señala Canalda que «en estas circunstancias, una sanción tan desproporcionada hubiera supuesto condenar a una mujer de avanzada edad, sin oficio ni estudios, prácticamente a la indigencia, ya que no podría disponer del subsidio para mayores de 52 años en la actualidad; y consecuentemente, no podría acceder a pensión de jubilación, en su momento, por falta de cotización».

ENLACE A LA SENTENCIA

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