El lío entre la «Tasa de cobertura» y la «Tasa de protección de paro».

Cuando alguien pregunta qué porcentaje de las 3.235.533 personas paradas menores de 65 años que ha habido de media en 2019 han cobrado una prestación obtiene diferentes respuestas.

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) da una cifra, el 57,2% sobre 3.148.752, unas no figuran inscritas y otras, dice, no trabajaron nunca (media de 2019). Esta es la “Tasa de cobertura”.

La EPA, que es quien determina el número oficial de parados, tiene un módulo en el que analiza si una persona está inscrita o no en una Oficina pública de empleo y si percibe o no prestaciones. De las 3.235.533 personas paradas solamente 965.148 personas paradas perciben una prestación. Solamente el 29,9% de los parados está protegido. Esta será la “Tasa de protección por paro”.

La tasa de cobertura se calcula a partir del registro de parados que, salvo para los perceptores, es voluntario. La EPA estima en 2019 que hay 679.959 personas paradas que no están inscritas en las Oficinas de empleo, una de cada cinco.

En la tasa de protección no se tienen en cuenta otros colectivos que pueden estar percibiendo prestaciones, ocupados o inactivos. Con independencia de esos colectivos, lo que interesa es determinar qué porcentaje de personas paradas perciben alguna prestación.

La tasa de cobertura, aunque tiene en cuenta a todos los que cobran alguna prestación, solamente los relaciona con los demandantes parados registrados y con los eventuales del subsidio agrario, que no figuran en el cómputo de paro registrado. Utilicemos los datos de la EPA para ver ambas.

cuadro prestaciones

La tabla anterior nos permite utilizar los criterios de la tasa de cobertura para ver la diferencia entre ambas tasas y qué datos utilizan una y otra:

cuadro prestaciones 2

En primer lugar, hay que destacar que la Tasa de cobertura incluiría en el numerador 665.064 personas que no están incluidas en el denominador (las ocupadas, las inactivas y las paradas sin empleo anterior que perciben prestaciones). Ello supone que, en caso de que las 2.371.214 personas paradas inscritas con empleo anterior percibieran prestaciones, (963.020 + 1.408.195) la tasa de cobertura sería de 128%, algo absurdo matemáticamente en una tasa.

Habría 5.221 personas paradas de primer empleo en el numerador que no estarían en el denominador. También computarían 91.944 ocupadas y 567.899 inactivas que tampoco aparecerían en el denominador. Dos de cada cinco perceptores están en el numerador, pero no en el denominador, el 40,6%. Solamente eliminando a los ocupados e inactivos, la tasa caería hasta el 40,8%.

La tasa de protección por paro, como indica su nombre, solo analiza los parados que están protegidos, que perciben prestaciones. Para ello divide el total de parados que perciben prestaciones entre el total de parados. Su valor máximo solamente puede ser 100%. Por ello no es comparable una tasa con otra. La tasa de protección mide el porcentaje de parados EPA que perciben prestaciones, sin tener en cuenta al resto de perceptores. La tasa de cobertura compara todos los que perciben prestaciones con los parados con empleo anterior y agrarios.

Después de muchos trimestres teorizando sobre tasas de cobertura superiores al 100%, los datos de abril y mayo van a dar la campanada de una tasa de cobertura superior al 100% o muy próxima a esa tasa.

La fórmula engañosa que actualmente se utiliza, supone relacionar a todas las personas que perciben prestaciones por desempleo con las paradas registradas con experiencia laboral y las beneficiarias del subsidio agrario, incluyendo, por tanto, a las beneficiarias de los ERTEs.

Con la definición presentada de tasa de cobertura, sin que en el SISPE se haya acordado una modificación de su fórmula de cálculo, los datos de abril de 2020 dejarán a quienes han defendido esa fórmula o la usaron durante años, con el culo al aire.

Una formulación que pretenda conocer, sin maquillajes, el porcentaje de personas paradas protegidas alcanzará unos valores muy inferiores a los que se han estado facilitando hasta ahora. Se elabore con las personas demandantes no ocupadas o con las paradas registradas, dará un resultado muy próximo a la tasa de protección por paro. El porcentaje de protección no alcanzará a dos de cada cinco personas. Esto debe llevar a buscar fórmulas que aumenten la protección por paro.

Fuente: Nueva Tribuna

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