EL CÓDIGO DE CUENTA DE COTIZACIÓN (CCC) PARA PODER CONTRATAR A UN TRABAJADOR (POR EJEMPLO LOS TRABAJADORES DEL HOGAR)

Cabe recordar que es obligatorio que el empleador disponga de este número para poder dar de alta a cualquier empleado a su cargo.

 

Sabido es que los trabajadores en el ámbito del hogar han visto regulada su situación laboral al mismo tiempo que sus empleadores tienen mucho más fácil gestionar sus altas y bajas en la Seguridad Social. A través del portal web de este ministerio, es posible gestionar estas y otras operaciones, además de solicitar los certificados y datos necesarios para los trámites.

 

Uno de los requisitos sin los cuales no se puede dar de alta a un trabajador (por jjemplo del servicio del hogar) es el Código de Cuenta de Cotización (CCC). El CCC es el número que la Seguridad Social asigna al empleador (es decir, a la persona que contrata) cuando contrata por primera vez a una persona. Es un código obligatorio que el sistema exigirá cuando se quiera dar de alta al trabajador o trabajadora, bien sea a través de la sede electrónica o de manera presencial.

 

El CCC sirve para identificar a los sujetos responsables del pago de las cuotas de la Seguridad Social de las personas que tienen contratadas y depende de la Tesorería de la SS.

 

La estructura de este código se compone de 11 números: los dos primeros identifican la provincia de contratación, los siete siguientes corresponden al número de cotización y los dos últimos son de control. El CCC tiene carácter provincial (de ahí los dos primeros números) por lo que, en el caso de contratar trabajadores en distintas provincias, se asignará un CCC en cada una de ellas al solicitar un alta nueva.

Para solicitar el Código se puede o bien presentar el modelo TA.6 en la Tesorería General de la Seguridad Social o bien completar el trámite con certificado digital en la página de la Seguridad Social, en el apartado Empresas, Afiliación e inscripción.

 

ENLACE AL CCC

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