El complemento que pretende paliar los efectos de la crianza de hijos en la carrera laboral de los progenitores dispara su cobertura tras la corrección de la Justicia comunitaria, aunque las pensionistas siguen denunciando su insuficiencia.
Al complemento por brecha de género que entró en vigor en febrero del año pasado, y cuyo objetivo declarado consiste en “reducir la brecha de género en las pensiones contributivas de jubilación por debajo del 5%”, le quedan años de vigencia, vista la diferencia que se sigue manteniendo entre las prestaciones contributivas que reciben hombres y mujeres.
Esa situación se da a pesar de que ya reciben ese plus casi dos tercios de las mujeres que acceden a la condición de pensionista, con un balance de 338.628 que sitúa el ritmo mensual por encima de las 18.000, un 64% más que el año pasado, y al que se añaden otros 26.243 hombres.

Según indican los datos de la nómina de las pensiones de noviembre, la brecha de género alcanza el 28,1% en las de retiro si las de ellos se comparan con las de ellas y el 22% si el cálculo se realiza al revés; es decir, que ellos cobran un 28,1% más que ellas y estas perciben un 22% menos que aquellos
Esa brecha crece si se abre el foco y se amplía la visión al total de las prestaciones contributivas, en las que el desfase alcanza el 31,1% si se compara el conjunto de las de titularidad masculina sobre las de perceptora femenina y el 23,8% si se invierte la perspectiva.
Datos como la mayor frecuencia de las mujeres como beneficiarias de las pensiones de viudedad, en las que siguen sextuplicando el número de nuevos beneficiarios frente a los hombres, o que la cuantía sea también superior en el lado femenino no dejan de revelar el desequilibrio que secularmente se ha dado entre los dos géneros en el mercado laboral español, ya que la prestación se calcula en función de las cotizaciones del cónyuge fallecido.
Una de las causas fundamentales de esas peores carreras de cotización tras la incorporación masiva de la mujer al mercado de trabajo a mediados de los años 70, hoy en niveles de récord, se encuentra en la mayor dedicación de esta a los trabajos reproductivos, no remunerados pese a equivaler hasta a un 40% del PIB.
Esa situación sigue manteniéndose hoy con una proporción de ocho a uno en la aceptación de jornadas parciales para atender obligaciones familiares y/o cuidar a niños y mayores y otra de más de seis a uno como motivos para la inactividad laboral, según los datos de la EPA (Encuesta de Población Activa).
Los distintos gobiernos han intentado poner en marcha en dos ocasiones medidas económicas para paliar esa situación, aunque en ambos casos con resultados tan cuestionables como bienintencionada resultaba la medida en su génesis.
Hola, me jubilé el día 1-5-21, y por desconocimiento no solicité la prestación para la reducción de la brecha de género. Me enteré en el 2022, hacia septiembre y formulé la petición pero solo me han adjudicado 3 meses de retroactividad, y no me lo han concedido desde el día de la jubilación.
Es correcto esto, o es que la administracion se hace la fuerte y prueba par ver si no reclamas mas?. Tiene o no carácter retroactivo a la fecha jubilación?
Según el artículo 60. 5 de la LGSS el complemento de reducción de la brecha de género “…, su nacimiento, suspensión y extinción coincidirá con el de la pensión que haya determinado su reconocimiento”
Por lo tanto la fecha de sus efectos económicos será la misma que la fecha de efectos económicos de la pensión contributiva de Seguridad Social que determina el derecho al complemento.
Puedes poner una reclamación administrativa previa, ver: LA RECLAMACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA https://laboralpensiones.com/la-reclamacion-administrativa-previa/