A menudo nos surgen dudas sobre las prestaciones sociales del SEPE (desempleo) y de la Seguridad Social (INSS) que por mucho que intentemos documentarnos nos parecen irresolubles dado el marasmo de leyes, normas, reglamentos y criterios (más o menos “ocultos”) que son de aplicación a dichas prestaciones. Además, como no puede ser de otra forma, las normas y criterios están “vivas” y en continua adaptación a una realidad cambiante.
Por eso a veces es indispensable recurrir a una información directa con los Organismos implicados. Para ello se puede entrar en la Preguntas Frecuentes (FAQ) y como último recurso utilizar los buzones de Consultas Directas, que aunque son limitadas en su extensión y las respuestas son meramente informativas y sin carácter vinculante, al menos nos pueden orientar en la aclaración de nuestras dudas.
Si tengo una discapacidad de más del.50% en el dedo corazón por accidente de trabajo me puedo prejubilar con 28 años cotizados, y que tanto por cierto me quitarían. Gracias
Lee detenidamente: JUBILACIÓN BONIFICADA EN LA EDAD TRABAJADORES DISCAPACITADOS https://laboralpensiones.com/jubilacion-bonificada-en-la-edad-trabajadores-discapacitados/
Y también: Nuevo criterio del INSS: jubilación bonificada por discapacidad superior al 45%. Varias discapacidades diferentes.
https://laboralpensiones.com/nuevo-criterio-del-inss-jubilacion-bonificada-por-discapacidad-superior-al-45-varias-discapacidades-diferentes/