La Renta Activa de Inserción (RAI)
La Renta Activa de Inserción es un ayuda económica de desempleo gestionada por el SEPE destinada a personas que no tiene derecho a recibir ni la prestación contributiva por desempleo (“el paro”) ni ningún subsidio por desempleo. Es preciso encontrarse en situación legal de desempleo y apuntado como demandante de empleo en las oficinas de empleo autonómicas.
La RAI está dirigida a personas en situación de vulnerabilidad, como personas con discapacidad, parados de larga duración, emigrantes retornados y víctimas de violencia doméstica o violencia machista.
La ayuda de la RAI tiene una duración máxima de 11 meses y puede renovarse por dos periodos más dejando un plazo de 1 año entre renovaciones. Se cobra con efectos desde el día siguiente a la solicitud. Además, la cuantía mensual a percibir es equivalente al 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM); que es de 463, 21 euros al mes en 2022. Este aspecto es clave para determinar la posible compatibilidad con la concesión de una prestación del Ingreso Mínimo Vital.
Es preciso además que los ingresos mensuales tanto del solicitante individualmente como de la Unidad Familiar de forma proporcional al número de componentes no superen el 75% del SMI (en 2022 750 €) A estos efectos la unidad familiar está constituida por los cónyuges y los hijos convivientes menores de 26 años.
VER: TODO SOBRE LA RENTA ACTIVA DE INSERCIÓN (RAI)
El Ingreso Mínimo Vital (IMV)
Hay que recordar que la Seguridad Social define al Ingreso Mínimo Vital (IMV) como una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas. Por lo tanto NO es ninguna prestación/subsidio/ayuda de desempleo personal, sino una ayuda, gestionada por el INSS, para que las unidades de convivencia tengan unos ingresos mínimos cuya cuantía depende del número y de la edad de miembros de la Unidad de Convivencia (“la cuantía de rentas garantizadas”)

El plan del choque del 29 de marzo se contempló un incremento del 15% de estas cuantías, que muy probablemente se extenderá hasta finales de año
Además, el patrimonio máximo permitido para poder tener derecho a percibir el Ingreso Mínimo Vital es de 3 veces la cuantía anual de la prestación para cada uno de los casos, restando posibles deudas que se tengan y sin tener en cuenta el valor de la vivienda habitual. El límite de patrimonio neto también aumenta según el número de personas que vivan en la unidad de convivencia.

Por ejemplo, para una persona sola el patrimonio máximo será de 17.698,8 euros, y para hogares con 5 o más personas podrá ser como máximo de 46.016,88 euros.
El IMV es compatible con los subsidios de desempleo y también con el trabajo, pero la cuantía de la renta garantizada quedará afectada por el importe de estos ingresos.
Además de los importes anteriores, en la Ley del Ingreso Mínimo Vital, se ha aprobado el llamado “complemento de ayuda a la infancia” de 100 € por hogar al mes en el caso de niños de 0 a 3 años; de 70 € al mes por cada niño entre 3 y 6 años y de 50 € al mes por cada menor de entre 6 y 18 años y lo recibirán los hogares que cumplan dos requisitos: aquellos que no superen el 300% de la renta garantizada del IMV para su tipo de hogar y que no superen el 150% del umbral de patrimonio correspondiente a su tipo de unidad de convivencia.
Recientemente, el ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá, ha adelantado que en las próximas semanas se tomarán nuevas medidas para potenciar la empleabilidad de personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital.
Compatibilidad de la RAI y el IMV
Muchas personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital (IMV) tienen dudas respecto a la compatibilidad de esta prestación de la Seguridad Social con otras ayudas económicas o subsidios, por ejemplo, con la ayuda de la Renta Activa de Inserción (RAI).
Por todo lo expuesto la percepción de la Renta Activa de Inserción es compatible con el Ingreso Mínimo Vital, aunque el importe de la RAI computa como rentas previas a la hora de establecer la cuantía resultante del Ingreso Mínimo Vital.




