AUTÓNOMOS: ¿CUÁL SERÁ MI CUOTA EN 2023?

A partir de 2023 se iniciará la puesta de largo del nuevo sistema y se hará con unas cotizaciones cuya cuantía dependerá de los ingresos reales y no por una elección personal, que viene provocando que el 84% cotice por la base más baja, una cuota de 294 euros mensuales. Esta baja cotización es la responsable de que cuando tienen que acceder a la pensión de jubilación esta prestación sea un 43% inferior a la del Régimen General. Las cifras arrojan que el 60% de los autónomos tiene una pensión inferior a 800 euros, el doble que en el Régimen General.

 

Esta es la fórmula para saber cuáles son los rendimientos netos y qué cuota se deberá pagar. Para que un autónomo calcule sus rendimientos reales deberá aplicar la fórmula que establece el texto de la ley, la fórmula es la siguiente:

  • Primero se obtienen los rendimientos netos del negocio, es decir, los ingresos obtenidos menos los gastos deducibles.
  • A ese importe, se le suma la cuota a la Seguridad Social y posteriormente se le resta un 7%, que es un porcentaje aceptado por el ministerio correspondiente a todos gastos que tiene el autónomo y que le es imposible justificar. En el caso de que sea societario, este porcentaje de gastos injustificables se reduce al 3%”. Estas deducciones son una regla general y no será necesario dar cuenta de ella, tal y como sí ocurre normalmente con todas las desgravaciones que declaran los trabajadores por cuenta propia.

 

Una vez aplicada la fórmula, los autónomos podrán saber en qué tramo de la tabla de cotizaciones se encuadran y saber cuál será su cuota mínima mensual y su base de cotización correspondiente por la que obtendrán unas prestaciones.

 

Hasta el momento, estas bases y las cuotas a las que van ligadas están pactadas para los próximos tres años: 2023, 2024 y 2025. Pasado este tiempo, los agentes sociales acordarán unas nuevas en función de cómo esté funcionando el sistema y la coyuntura económica para en 2032 pasar a un sistema de cotización en el que la Seguridad Social aplicará a los autónomos directamente una cuota correspondiente a sus rendimientos netos.

 

Si el autónomo no abonara la cuota correspondiente a sus rendimientos reales la Seguridad Social se lo reclamaría y debería abonarlo en un plazo de dos meses. Y si se excediera en la cotización, es decir, pagara una cuota superior a sus ingresos reales, la Tesorería se lo devolvería en un plazo de cuatro meses. Las bases de datos de la Seguridad Social, de la Agencia Tributaria y las Haciendas forales trabajarán de la mano a la hora de determinar los ingresos. Así, la Agencia Tributaria va a jugar un papel preponderante, y su criterio es el que determinará qué gastos pueden ser deducibles y cuáles no.

 

Los autónomos que en este momento ya estén cotizando por bases superiores podrán seguir haciéndolo en el futuro. Y aquellos que quieran subir sus bases, aunque sean mayores de 47 años, podrán elevarlas siempre que sus ingresos declarados se lo permitan.

 

Por otra parte, la reforma contempla el reconocimiento de una nueva prestación por cese de actividad parcial, que será del 50% de la base reguladora y que será compatible con la actividad y se podrá cobrar de cuatro meses a dos años. Para poder acceder a esta prestación con el modelo actualmente en vigor, lo primero que hay que hacer es cerrar el negocio, rescindir todos los contratos y darse de baja del RETA.

 

También se contempla una denominada cuota reducida de 80 euros pensada para todos aquellos trabajadores que inicien una actividad por cuenta propia y que tendrá una duración de 12 meses, prorrogable a otros 12 si el autónomo registra ingresos inferiores al SMI.

El acuerdo mejora las bonificaciones de cuota para madres trabajadoras, se amplía de 12 a 24 meses; para cuidado de hijos menores de 12 años o familiar a cargo; por familiar colaborador agrario, del 40%, y por cuidado de menor afectado por cáncer o enfermedad.

 

¿Cómo calcular la cuota que pagará un autónomo en 2023?

Siguiendo esta fórmula, se puede averiguar la cuota que pagará un autónomo en 2023 con el nuevo sistema. Para ello, habría que saber los rendimientos netos anuales de su actividad (ingresos menos gastos deducibles), sumarles todas las cuotas que ha pagado a la Seguridad Social durante el ejercicio y restarle un 7% o un 3%, en función de si se es persona física o societario. Una vez obtenida la cifra, se divide entre 12. El resultado es el rendimiento neto y en la tabla se puede saber la cuota que se va a abonar a la Seguridad Social.

Por ejemplo: un autónomo persona física que tiene unos rendimientos netos de 23.500 euros anuales, que ha cotizado en 2022 por la base mínima. Este profesional, según la fórmula de ingresos reales, pagaría en 2023 con el nuevo sistema: 320 euros/mensuales.

 Para averiguar esa cuota, lo que se ha hecho es sumarle a esos rendimientos netos de 23.500 euros, el pago de la cuota a la Seguridad Social durante todo un año. Estos son 293 euros/mes por 12 meses = 3.516 euros anuales. Asimismo, y como es un autónomo persona física, hay que restarle el 7%.

 De tal forma, que se quedaría en 27.016 euros (los rendimientos más la cuota)  menos 1.891,12 euros (del 7% que le corresponde a la reducción de gastos): esto daría 25.124,88 euros anuales de rendimiento real. Esta cifra se divide entre 12 meses y da un resultado de 2.093,74 euros mensuales.

Se puede ver en la tabla que este autónomo se encuadra en el tramo de ingresos entre 2.030 y 2.330 euros mensuales por lo que le corresponde una base de 1.045,75 euros/mes y una cuota de 320 euros/mes para 2023. Lo mismo deberá hacer en 2024 y en 2025.

 

Se podrán gestionar por móvil todos los trámites

Otro de los cambios de procedimiento que se va a poner en marcha con el nuevo sistema es que se podrá acceder a toda la información disponible y podrán realizarse todo tipo de gestiones por móvil: altas, bajas, elección de tramo y cuota correspondiente y el acceso a todos los datos pudiendo modificarlos y realizar la simulación para conocer una aproximación de la cuota a pagar antes de la realización de un alta.

 

El nuevo procedimiento se inicia con el alta, que los autónomos comunican con su previsión de rendimientos netos. Cada dos meses y hasta seis veces al año, se puede modificar la cuota para ajustarla a los rendimientos que se vayan obteniendo. En función de los rendimientos netos anuales aportados por la Agencia Tributaria y las Haciendas forales, la Seguridad Social regularizará las cuotas si los rendimientos netos anuales están por encima o por debajo de los tramos a los que se haya cotizado. Como novedad, se permitirá a los autónomos que en diciembre de 2022 estén cotizando por una base mayor a la que determinan sus rendimientos netos, permanecer en esa base si así lo desean.

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