Acuerdo para extender los ERTE hasta febrero de 2022: coste para la SS y el SEPE de 2.300 millones

El contador a cero de desempleo llegará hasta diciembre del año próximo

El Gobierno ha llegado  a un principio de acuerdo con los agentes sociales para extender el esquema de protección de los Erte hasta febrero de 2022. Finalmente, a solo tres días de su vencimiento los más de 250.000 trabajadores que aún se encuentran bajo el paraguas de los expedientes de regulación temporal de empleo seguirán con el paraguas de protección laboral al menos hasta comienzos del próximo año, tras una ardua negociación en la mesa de diálogo social.

Se trata de la quinta prórroga del esquema de protección de rentas, todas ellas con consenso unánime de patronal y sindicatos. Según las estimaciones de la Seguridad Social, esta extensión de las prestaciones tendrá un coste total de 1.200 millones de euros, cifra que se suma a los 21.000 millones gastados hasta la fecha. A esta cifra del coste de los ERTE para la Seguridad Social, hay que sumarle el gasto asumido por el SEPE en prestaciones, que son financiadas por el Ministerio de Trabajo, y hay que recordar que la última nómina, la de agosto, tuvo un coste de 390 millones de euros, lo que  significa que es previsible que durante los próximos cinco meses no tenga un coste inferior a los 1.000 millones de euros.

En espera de los datos más concretos tras el Consejo de Ministros de hoy 28 de septiembre de 2021, se entiende que el nuevo sistema es más complejo que el que se utilizó en las anteriores prórrogas, por lo que se han establecido dos periodos diferenciados:

  • Durante el mes de octubre, se prorrogarán de forma automática las condiciones existentes en la última prórroga, que terminaba su vigencia el 30 de septiembre.
  • A partir de noviembre entran en juego las condiciones de los nuevos ERTE, que se prorrogarán hasta el 28 de febrero del próximo año.

De este modo, la reunión de la mesa en la tarde del lunes 27 de septiembre alcanzó el acuerdo pendiente de la ratificación por las respectivas organizaciones que integran la mesa CEOE, CEPYME,CCOO y UGT. Y que llega tras una mejora sustancial de las condiciones por parte del Ejecutivo. De entradas, se amplía el plazo de los Ertes hasta el 28 de febrero de 2022.

Además, se lleva el contador a cero hasta el 31 de diciembre de 2022. Es decir el tiempo consumido de desempleo, desde septiembre de 2020 no computará cuando se produzca un despido por cualquier causa después del 1 de enero de 2023 (antes era a 1 enero de 2022).

Mejora de las exoneraciones

También en este último texto acordado se mejoran las exoneraciones para las empresas de más de 10 trabajadores. Estas podrán tener un 40% de exoneración en el caso de que no se imparta formación y un 80% en el caso de que se imparta. Para las empresas de hasta 10 trabajadores se deja una exoneración del 50% si no se imparte la formación y se eleva al 80% en el caso de que se impartan las acciones formativas.

En este sentido, las prórrogas se podrán tramitar durante todo el mes de octubre, en el que se va a mantener la vigencia y efectos del Real Decreto-Ley de mayo, por lo que la vigencia empezará en noviembre de 2021. Y se fija definitivamente que el silencio administrativo se aplicará con carácter positivo.

Por otro lado, se mantienen los beneficios relacionados con la prestación por desempleo de las personas trabajadoras, como es el mantenimiento de las condiciones de protección de los trabajadores con contrato fijo discontinuo -se mantiene la prestación del 70% durante toda la vigencia del acuerdo-. Y también se mantiene el compromiso de mantenimiento del empleo, la prohibición de despedir, la interrupción del cómputo en contratos temporales, la prohibición de realización de horas extras y el impedimento de realizar contrataciones nuevas en empresas que están aplicando Ertes o el coto a la externalización mientras se disfrutan de los beneficios de esta extraordinaria legislación.

De este modo, deberían de emplearse 30 horas en acciones formativas en empresas de entre 10 y 49 personas trabajadoras y 40 horas en empleadoras de más de 50 asalariados. Asimismo, se vinculan las actividades formativas con un incremento de crédito para la financiación en el ámbito de la formación programada, recogida en la Ley 30/2015 por el que se regula el sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral.

Fuente: El Economista

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