A vueltas con el IRP y el IPC

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En la Ley 5/2013 se legisló el nuevo Índice anual de Revalorización de las Pensiones (IRP) El IRP sustituyó a la fórmula que se pactó en la reforma de pensiones de 1996, con el que se estrenó el conocido como Pacto de Toledo. A largo plazo su resultado es oscilante y converge en 0,25, por lo que realmente se está aprobando una revalorización fija de las pensiones del 0,25% anualmente. Así nos vamos a encontrar con un escenario realmente lamentable para las pensiones puesto que la tendencia de precios generalizada será del 2% a largo plazo y la revalorización de los ingresos de los pensionistas, siempre estará por debajo de ese porcentaje, con la consiguiente devaluación de las pensiones.

Es de destacar el hecho de que España es el único país de la UE que revaloriza pensiones tomando TAN SÓLO en consideración el EQUILIBRIO del sistema, es decir, la relación existente entre ingresos y gastos- del mismo sin considerar el impacto sobre la SUFICIENCIA de las pensiones
De los 29 países estudiados (los 28 de la UE y Noruega), 4 actualizan las pensiones teniendo en cuenta únicamente los precios (Francia, Italia, Hungría y Austria); 5 tan sólo los salarios (Dinamarca, Holanda, Suecia, Reino Unido y Noruega); 12 una combinación de ambas variables (Bulgaria, República Checa, Croacia, Chipre, Letonia, Luxemburgo, Malta, Polonia, Eslovenia, Eslovaquia, Finlandia y Rumanía -hasta 2030-); 4 consideran precios y otra variable (Bélgica, Estonia, Grecia y Portugal); 2 países no tienen una norma fija (Irlanda y Lituania); uno considera los salarios y el factor de sostenibilidad (Alemania) y únicamente España introduce el Índice de Revalorización de Pensiones (IRP), que tan solo considera el IPC si el resultado de la fórmula, que únicamente valora el equilibrio financiero del sistema, es positivo (en ese caso, la fórmula podría dar como resultado un máximo de IPC + 0,50.

Se puede concluir, por tanto, que en 14 de 29 países, se combinan criterios de suficiencia y sostenibilidad y que en al menos 26 países se consideran criterios de suficiencia de las pensiones a la hora de determinar la revalorización anual y tan sólo un país, España, sólo tiene en cuenta criterios de sostenibilidad a la hora de actualizar las prestaciones de jubilación.

Por ello es preciso reformular el IRP con una nueva fórmula que ha de considerar variables fundamentales de la economía “real y cotidiana”, como podrían ser la evolución de los salarios, la de los precios (IPC), una combinación de ambas e incluso cabría la posibilidad de integrar alguna otra variable como la evolución del PIB. Por lo tanto, en el marco del Pacto de Toledo, se debería consensuar una nueva fórmula del IRP que combine de manera equilibrada, criterios de sostenibilidad y suficiencia y ello exige, necesariamente, revertir las reformas adoptadas unilateralmente en 2013.

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