En el acuerdo firmado entre los agentes sociales y el Gobierno sobre el denominado Primer Bloque de la “reforma Escrivá” de las pensiones se indica lo siguiente:
En el Anteproyecto de Ley remitido al Parlamento para debatir estas medidas se dispone:
Además, se da vía libre al gobierno para que decida el contenido del denominado Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) ya que se recoge que su concreción se tiene que hacer antes del 15 de noviembre en el diálogo social, y si no hay acuerdo el gobierno lo regulará unilateralmente, para incorporarlo al proyecto de ley de reforma de las pensiones.
En definitiva, se recupera el planteamiento de 2011, sobre la vinculación de la cuantía de la “primera pensión” a la esperanza de vida de la cohorte de los nuevos jubilados mediante el Factor de Equidad Intergeneracional -FEI- (también llamado Factor de Sostenibilidad -FS-) para intentar acotar el problema que van a suponer la jubilación de la generación del baby boom y el aumento de la esperanza de vida. Cabe recordar que lo acordado en 2011 (“la reforma Zapatero de las pensiones”) fue, textualmente, lo siguiente: “a partir de 2027 los parámetros fundamentales del sistema se revisarán por las diferencias entre la evolución de la esperanza de vida a los 67 años de la población en el año en que se efectúe la revisión y la esperanza de vida a los 67 años en 2027. Dichas revisiones se efectuarán cada 5 años, utilizando las previsiones realizadas por los organismos oficiales competentes”. Se habilitaba al gobierno para que recorte las (nuevas) pensiones si aumenta la esperanza de vida. Si la expectativa es vivir más años se recortan los ingresos mensuales. Y eso es lo que nos espera en la reforma de este año. En este sentido, las declaraciones del ministro Escrivá, afirmando que la generación del baby boom tendría que recortar sus pensiones y/o jubilarse más tarde, son totalmente coherentes con lo firmado (tanto ahora como en 2011)
En un principio, se había anunciado esta medida para el año 2022 (en el Segundo Bloque de la reforma, junto a medidas como calcular la pensión en función de 35 años cotizados en lugar de 25), pero en el acuerdo firmado el FEI se deroga, pero se va a sustituir por otro (el MEI).
Es preciso recordar que el Factor de Sostenibilidad no lo “inventó” Rajoy, aunque si lo desarrolló en su mini reforma de 2013, pues ya se acordó por CCOO, UGT, CEOE y Zapatero en la reforma de 2011.
EL FACTOR DE EQUIDAD INTERGENERACIONAL (FEI)
Ahora mismo la pensión se calcula en función de los años cotizados, la edad de jubilación y la cuantía cotizada principalmente. El Factor de Equidad Intergeneracional (FEI) lo que hace es añadir la esperanza de vida al cálculo y revalorización de las pensiones.
Es decir, si cada vez vivimos más años se adapta lo que en teoría deberíamos recibir a esta circunstancia.
A modo de ejemplo, si tenemos 30 euros para pasar un mes, lo lógico parece asignar 1 euro a cada uno de los 30 días, y si en lugar de 30 días son 60 días, el cálculo varía pues ese capital habrá que repartirlo entre más días con lo cual el resultado son 0,5 € por cada día.
El FEI tenía en cuenta la esperanza de vida de los nuevos jubilados en el momento de cobrar su primera pensión y se revisaba cada 5 años.
La aplicación del FEI haría que las pensiones iniciales (“las primeras pensiones”) pierdan valor cada año. El cálculo es sencillo, como hemos explicado anteriormente. Conforme aumente la esperanza de vida habrá que repartir el mismo dinero en un periodo de tiempo mayor.
Desde un punto de vista matemático, lo que ocurre es que el índice será siempre menor que uno, por lo que las pensiones se irán reduciendo poco a poco de forma proporcional al aumento de la esperanza de vida. El FEI de una pensión a partir de 2019 (que es cuando inicialmente se pretendía aplicar) afectaba a la cuantía de la primera pensión (y, por lo tanto, a las pensiones de los años siguientes, y si, por ejemplo, una pensión pública era de 1.000 euros pasaría a ser de 992,8 euros pues el FEI sería del 99,28%. Si se mantuviera la tendencia actual en 2030 el FEI sería de 92,8% y en 2045 de 84,4 %.
Una omisión grave de este FEI es que no se consideraban los posibles aumentos de productividad de la economía. El aumento de productividad, por ejemplo, en “el campo” ha sido notable porque en torno al 2% de la población es capaz de dar de comer al resto, mientras que hace 80 años era el 50%. Es verdad que nos acercamos a una sociedad de servicios donde los aumentos de productividad no suelen ser notables, pero la revolución tecnológica seguramente lo ponga todo “patas arriba” en este aspecto fundamental.
EL MECANISMO DE EQUIDAD INTERGENERACIONAL (MEI)
Se ha acordado iniciar la negociación para sustituir el FEI por otro mecanismo (el Mecanismo de Equidad Intergeneracional -MEI-) que empezaría a operar en 2027. Deberá haber un acuerdo sobre el mismo entre Gobierno y agentes sociales antes del 15 de noviembre de 2021, para incorporarse al Anteproyecto de ley de la “reforma Escrivá” como una Disposición Adicional al mismo. En caso de no llegar a acuerdo se habilita al Gobierno para definirlo unilateralmente.
En este momento todos son incógnitas sobre este nuevo MEI pero en su formulación se deberían tener en cuenta estas consideraciones:
- Debería vincular automáticamente la edad ordinaria de jubilación, a la evolución de la esperanza de vida para cada grupo de edad. Concretamente, a la esperanza de vida restante al llegar a la edad de jubilación.
Si la esperanza de vida se ha incrementado en 1 año respecto al periodo de medición anterior, la edad de jubilación debería incrementarse en 1 año. Si la esperanza de vida se redujese, se reduciría la edad de jubilación en esa misma fracción de tiempo, manteniendo un umbral mínimo de edad legal de jubilación.
En este mecanismo, el efecto principal vinculado el incremento de la esperanza de vida debería ser el incremento automático de la edad de jubilación. Pero los trabajadores deberían, alternativamente poder elegir la opción de jubilarse sin que se les aplique ese retraso en su edad ordinaria de jubilación, a cambio de un ajuste (actuarial) en el importe de su pensión. En resumen, si la expectativa es que una generación va a vivir más años que la anterior, la consecuencia será que cobrarán pensión durante más años. Si no fue así, la mayor parte de pensionistas de esa nueva generación acabarían cobrando más pensión en el total de su retiro que los de la generación anterior.
- La fórmula de cálculo no debería ser igual para todo el universo de trabajadores, sino que debería tener en cuenta las diferentes situaciones concretas y los casos especiales, siendo menos gravosa en algunos casos teniendo en cuenta, no la esperanza de vida (mortalidad) y la morbilidad en general, sino por grupos profesionales y actividades:
- En el caso de aquellas personas que han pasado una parte relevante de su vida en trabajos peligrosos/penosos/insalubres/tóxicos que acusen elevados índices de morbilidad o mortalidad, el MEI debería atenuarse (además manteniendo los derechos sobre su bonificación en la edad de jubilación ordinaria). Por tanto, sería necesario que se evaluase en base a datos de esperanza de vida por grupos.
No obstante, es cierto que muchos de estos tipos de trabajo deberían desaparecer y/o evolucionara a la minimización de sus riesgos durante las próximas décadas.
- En general, se debería tener en cuenta que esperanza de vida normalmente es mayor entre personas que han desempeñado un trabajo intelectual de oficinas (“cuellos blancos”) que para las personas que han trabajado principalmente en trabajos físicos (“cuellos azules”): fábricas, construcción, transporte, etc.
Lo cierto es que muchos países de nuestro entorno ya tienen un mecanismo “automático” para tener en cuenta el aumento de la esperanza de vida en el cálculo de las pensiones de jubilación: Grecia, Italia, Portugal, Países Bajos, Estados Unidos, Dinamarca, Chipre, Estonia, Finlandia, Eslovaquia, Suecia, …