La actitud de Trabajo, que se negó a pagar a un afectado por los ERTE, «carece de fundamento», según el juez
El SEPE controlado por la vicepresidenta y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, escatimaba prestaciones salariales a empleados directamente afectados por los ERTEs de fuerza mayor. La realidad la ha destapado una de las víctimas de esos impagos, que no dudó en plantarse ante el juzgado para hacer valer sus derechos y que ha conseguido una sentencia que no sólo le da la razón, sino que saca los colores al SEPE . El magistrado, en su sentencia subraya que la actitud del SEPE «no sólo carece de cualquier fundamento, sino que además es susceptible de ser considerada temeraria».
El trabajador lo era en una empresa dedicada a dar servicio a hoteles, y fue incluido en ERTE al 50% de su jornada, es decir, la mitad de su salario lo seguía cobrando de la empresa y la otra mitad se la tenía que abonar el SEPE, tal y como establecía la normativa.
La empresa presentó la documentación necesaria ante Trabajo en tiempo y forma. Nada objetó el SEPE. Pero cuando a los trabajadores les tenía que llegar la nómina abonada por el SEPE, no hubo ingreso alguno. La empresa, por si acaso, volvió a presentar toda la documentación por segunda vez. Y, a la segunda, el SEPE activó la renovación. Pero, en vez de hacerlo con carácter retroactivo, lo hizo con fecha de enero de 2022. Así que los trabajadores afectados, uno de ellos el demandante, no recibieron el pago del SEPE ni por la nómina de noviembre ni por la de diciembre.
«Era misión imposible»
A ese impago se sumó la impotencia de la desatención. «Era misión imposible pedir citas previas con el SEPE, ni se podía hablar por teléfono con este servicio público, y si acudías directamente a sus oficinas en Madrid te decían que no te podían atender porque no tenías cita previa», recuerda
Él optó por demandar. Se embarcó en una batalla legal que ha terminado con una sentencia que le da la razón con rotundidad y que ha puesto en evidencia al SEPE. Pero, pese a la contundencia con la que el juez ha condenado a este organismo de Trabajo, en vez de acatar la sentencia, ha optado por recurrirla ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Así dilata el caso, aun a costa de sumar más gasto.
El titular del Juzgado de lo Social número 34 de Madrid vio tan claro el asunto desde el primer momento que instó al abogado del SEPE a asumir lo evidente y pactar con el demandante, pagarle los dos meses que le deben y zanjar el asunto. El juez le dio siete días de tiempo, pero cuando venció el plazo y se las vieron de nuevo en el juzgado, el letrado del SEPE dijo que no tenían intención de avenirse y que iban a juicio.
Rapapolvo del juez
El resultado ha sido una sentencia demoledora, en la que el juez estima íntegramente la demanda interpuesta por el trabajador afectado, condena al SEPE a pagarle los 1.559,49 euros que le debe por salarios pendientes, le obliga a pagárselo con un interés de demora del 25% y, además, impone al SEPE una sanción de 500 euros «por su temeridad» procesal. Asimismo, tendrá que pagar las costas de la letrada de la empresa del demandante, que también tuvo que personarse en la causa.
En los fundamentos de derecho de la sentencia, el juez censura con dureza la actitud pertinaz del SEPE, dañina con el trabajador en su fundamental derecho de cobrar el salario. Acusa a este organismo de haber actuado en este proceso judicial con «absoluta sinrazón». Y de haber incurrido, por ello, en «el despropósito de gastar medios públicos en juicios que carecen de cualquier razonabilidad». Por si fuera poco, el juez se queja de que el día de la vista «hubo que aguantar la conducta inadecuada del letrado del SEPE, que por esta vez se ha dejado sin sanción», –advierte–.
Lejos de plegarse ante la contundencia de esta sentencia, el SEPE prefiere mantener la batalla legal y ha optado por recurrir. Persiste en su empeño en no pagar al afectado el salario que le adeuda, alargar el proceso en los tribunales y enfrentarse a riesgo de acumular más costas procesales, más intereses procesales y, quizás, una segunda sanción por temeridad.


Fuente: OK diario



