La normativa permite a los trabajadores autónomas modificar hasta en cuatro ocasiones la base de cotización a lo largo de cada ejercicio anual.
Pero la sentencia del TS indica que un incremento de la cuota sin justificación por un aumento de los ingresos de su actividad autónoma y siendo próxima al nacimiento de un hijo es una estrategia conducente a incrementar la prestación por cuidado del menor que es contraria al principio de contributividad de las prestaciones de la SS. No obstante se emite un voto particular contrario a la sentencia