¿SUBIR LAS CUOTAS DE LAS COTIZACIONES ES “PROGRESISTA”? LAS CUOTAS A LA SS LAS “PAGA” SIEMPRE EL TRABAJADOR ¿CUÁNTO DISMINUYE MI SUELDO NETO Y CUÁNTO SUBE MI PENSIÓN?

La subida de las cotizaciones acordada por el Gobierno y los sindicatos, sin la patronal, supone subir 0,5 puntos porcentuales la cotización de las empresas y 0,1 puntos la de los trabajadores. En la actualidad, por contingencias comunes las compañías pagan un 23,6% de la base de cotización, mientras que los trabajadores cotizan un 4,7%. Con la reforma ahora pactada, a la espera de conocer los detalles, las cotizaciones pasarían a ser del 24,1% y del 4,8%, respectivamente, si bien esa cotización adicional tendrá un destino finalista: acumularse en el fondo de reserva de las pensiones.

 

El objetivo declarado del Gobierno es recaudar cerca de 50.000 millones de euros en 10 años (sumando aportaciones e intereses) con los que afrontar con garantías el pago de las pensiones entre 2032 y 2050. Una vez acordado el MEI entre el Gobierno y los sindicatos, este elemento se incluirá en el proyecto de ley de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad del sistema, actualmente en tramitación parlamentaria, a través de una enmienda. ¿Con qué derecho el Gobierno y los sindicatos disponen del dinero ajeno, el de los trabajadores, para gastárselo en lo que ellos decidan de forma unilateral?

 

La verdad es que la totalidad de las cuotas de las cotizaciones sociales son pagadas por los trabajadores, aunque la mayor parte la ingrese el empleado. Al contratar a un empleado, el empleador calcula el valor de la producción adicional que podrá conseguir con esa incorporación de mano de obra y al mismo tiempo calcula la totalidad del coste laboral. Este coste salarial no solo es el salario, sino también las cotizaciones sociales, pagas extraordinarias, vacaciones, absentismo y algunos costes más (como los costes regulatorios, por ejemplo, por la legislación de prevención de accidentes). Si el valor de la producción que origine la contratación es mayor que el coste laboral total, entonces contrata, en caso contrario simplemente no contrata pues no le compensa económicamente.

 

El cómo se compone ese coste laboral total es irrelevante en la decisión del empresario pues solo tiene en cuenta cuál es el máximo que puede pagar para que contratar un empleado le sea rentable.

Subir las cotizaciones (o cualquier otro componente del coste laboral) hace que sea más difícil contratar, porque empeora la relación coste laboral total/beneficio esperado, y como ocurre con cualquier producto o servicio dentro de un mercado cuando la demanda de un bien baja, también cae su precio.

 

En definitiva, el mercado laboral y el libre juego de la oferta y la demanda, se ocupan de que los costes (que “inventan” los políticos) sean compensados con salarios más bajos.Si las cotizaciones son muy altas (como en España), los salarios son menores de lo que podrían ser, y si suben las cotizaciones (un coste laboral) los salarios tenderán a bajar.

La imagen que algunos quieren trasmitir es la de unos empresarios insensibles que no quieren poner el hombro para asegurar las pensiones, todo con el beneplácito de los sindicatos.

 

Subir el tipo de cotización tiene dos implicaciones: no mejora la pensión porque el tipo de cotización no interviene en la fórmula para calcular la pensión inicial (la propuesta sube un 0,6% la cotización, pero no beneficiará a los que van a cotizar más porque no va a repercutir en su pensión), y además, destruye empleo. Algunos expertos calculan que esa subida del tipo de cotización puede suponer un recorte de 36.000 personas trabajando, lo que, dadas nuestras cifras de desempleo, no es mucho, pero incide en una situación en la que España lidera los datos de desempleo de la UE.

 

A raíz de la crisis del coronavirus nos dimos cuenta de que el Sistema Sanitario podría estar mucho mejor. Cuando vemos la tasa de abandono escolar, ocurre igual. Estamos muy volcados con el sistema de pensiones, lo cual es entendible desde el punto de vista político, pero eso hace que nos olvidemos de Dependencia, Sanidad, Educación… Si todo el esfuerzo de la deuda del Reino de España se centra en las pensiones se lastra la inversión en otras patas del Estado de bienestar.

 

Además se vuelve a poner en cuestión la contributividad de nuestro sistemas de pensiones, ya que un incremento de aportaciones (subiendo el tipo de las cuotas) no repercute en la generación de un incremento de derechos.

 

Ante la negativa de la patronal a aceptar un incremento de las cotizaciones sociales que ni siquiera servirá para taponar el agujero de las pensiones, el Gobierno ha decidido romper la baraja, imponer el ordeno y mando y llevar al Congreso una propuesta que pondrá en riesgo decenas de miles de puestos de trabajo.

 

Con absoluto cinismo, el ministro de Seguridad Social e Inclusión, José Luis Escrivá, ha defendido el acuerdo alcanzado únicamente con los “, representantes de los trabajadores. “Los empresarios defienden sus intereses, pero el interés general es el que defendemos nosotros” ha dicho sobre la negativa de la patronal a sumarse. “Todo el mundo tiene que entender la solidaridad que hay que tener para pagar el estado del bienestar. El estado del bienestar hay que pagarlo”, ha apostillado.

 

¿CÓMO AFECTARÁ ESTA SUBIDA EN EL SUELDO NETO?

 

El sueldo neto depende de múltiples circunstancias personales, familiares y laborales y de la renta anual en su conjunto, con lo que no resulta fácil calcular de forma general el impacto para los trabajadores. En última instancia, el impacto neto sobre la nómina no se sabrá hasta la declaración de la renta de cada contribuyente. Sin embargo, sí que puede hacerse una aproximación tomando en cuenta los tipos de retención por tramos en el IRPF y la conclusión es que para la inmensa mayoría de los trabajadores será el equivalente a entre 1 y 2,5 euros netos mensuales.

 

Por ejemplo, para el trabajador que se sitúe en la base mínima, el impacto neto será muy similar al bruto, de aproximadamente un euro mensual. Para los trabajadores que se sitúen en las bases máximas y que por tanto están en principio sujetos a tipos de retención del 37% (que se aplica entre 35.200 y 60.000 euros) o del 45% (para rentas de más de 60.000 euros), la rebaja en la nómina después de retenciones será aproximadamente de unos 2-2,5 euros. Para el trabajador medio, con un sueldo mensual de unos 2.000 euros brutos, la rebaja neta en la nómina será de aproximadamente 1,5 euros.

 

Como primera aproximación la cuenta es sencilla de hacer. Para el trabajador, supondrá detraer del sueldo un 0,1% de su base de cotización. Por ejemplo, para un trabajador con la base mínima de 1.050 euros mensuales (12.600 euros anuales), la cotización adicional equivaldrá a 1,05 euros menos en la nómina (12,6 euros menos al año). Los empresarios tendrán que cotizar por ellos 5,25 euros mensuales más (63 euros al año). Para los trabajadores en la base de cotización máxima, de 4.070,10 euros mensuales (48.841,2 euros anuales), la rebaja en la nómina mensual antes de retenciones será de 4,07 euros mensuales (48,8 euros al año), mientras que la empresa tendrá que cotizar 20,35 euros adicionales al mes (244 euros más al año).

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