PRESTACIONES DE DESEMPLEO (SEPE)
Plazo de resolución
El propio SEPE explica el plazo de resolución de la solicitud de una prestación o subsidio de desempleo:
“El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) deberá dictar resolución en el plazo de los 15 días siguientes a la fecha en que usted entregó la solicitud de prestación y enviarle la notificación en el plazo de 10 días a partir de la fecha en que se haya dictado dicha resolución.
De tal forma la notificación de la resolución de la solicitud no debe superar el plazo de 25 días en total.
Si transcurridos tres meses desde la fecha de presentación de su solicitud, no le ha sido notificada la resolución, podrá entenderla desestimada por silencio administrativo y formular una reclamación previa a la vía judicial laboral.”
Día de abono
El pago de las prestaciones y subsidios por desempleo se realiza mediante el abono en la cuenta de la entidad financiera que se indique, siempre que se sea titular de la misma. Todas ellas están establecidas de manera que el el pago se realiza el día 10 de cada mes.
Actualmente, debido a la situación de crisis derivada por la COVID-19, algunas entidades financieras llegaron un acuerdo por el que han ido adelantando el pago una semana, por lo que alrededor del día 3 es cuando se ha realiza el abono.
PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Plazos de resolución
Depende de cada prestación solicitada
Día de abono
La Seguridad Social tiene establecido por norma que los pagos se realicen el primer día hábil del mes y, en todo caso, antes del cuarto día natural del mismo. Si bien es cierto, que no todo el mundo recibe la prestación el mismo día, ya que depende de la entidad financiera donde se tenga domiciliado el pago, siendo muy usual que el abono se adelante al día 25 del mismo mes al que corresponde la pensión.
Las fechas más usuales de abono de las prestaciones de la SS son:
- Pensión de Jubilación, Pensión de Viudedad y Pensión de Orfandad entre los días 25 y 28.
- Pensión por Incapacidad Permanente: alrededor del día 26.
- Prestación por hijo a cargo: Semestralmente, los días 16 de enero y 16 de julio.
- Prestación por hijo a cargo en modalidad por discapacidad: entre el día 1 y 4 de cada mes.
- Ingreso Mínimo Vital: entre el día 1 y 4 de cada mes.
Así, los días de cobro de cada prestación son muy similares pero depende de nuestra entidad financiera, ya que es ella quien se encarga de realizar el adelanto o no del pago.
También debido a la situación de crisis derivada por la COVID-19, algunas entidades financieras llegaron un acuerdo por el que han ido adelantando el pago a los días 20 ó 23 del mes, de forma excepcional..
Yo estoi ya se 2020 esperando la vital cuando tenía el rimi en madrid y por venir a baleares echo la vital me kitan la de madrid y no me contestan ni el recurso no hai derecho tengo 59 y estoi sola empadronada k les pasa es una .injusticia mi crande no puedo ni trabajar k puedo hacer para enterarme del recurso o reclamación previa cracias
Aquí se explica como y cuando realizar una reclamación administrativa previa frente a uns denegación: LA RECLAMACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA https://laboralpensiones.com/la-reclamacion-administrativa-previa/
Muchas gracias por la información.