PRESTACIÓN POR HIJO O MENOR A CARGO (”LOS PUNTOS”)

Es una prestación familiar asistencial, es decir, no es preciso haber cotizado previamente para acceder a ella y es conocida coloquialmente como “los puntos”.

La mayoría de las 75.000 familias que hasta hace un año cobraban semestralmente la ayuda por hijo a cargo dejaron de recibir esta prestación con la aprobación del Ingreso Mínimo Vital, al que fueron traspasadas. Desde entonces la ayuda por puntos solo admite nuevas solicitudes para quienes, además de cumplir con los requisitos económicos, tengan hijos de menos de 18 años con una discapacidad de al menos un 33% o que sean mayores de edad pero tengan una discapacidad del 65%.

 

Los causantes de esta prestación son cada uno de los hijos o menores que generan el derecho a la asignación económica, por convivir y depender económicamente del beneficiario de la prestación.

El beneficiario es el sujeto al que se le realiza el pago de la asignación económica por hijo o menor a cargo.

El pago puede ser mensual o semestral, si bien la cuantía de la asignación se devenga en función del número de mensualidades a que, dentro de cada ejercicio económico, tenga derecho el beneficiario. El pago es semestral, en el caso de causantes menores de 18 años, y se efectuará por semestre vencido. El pago es mensual para causantes mayores de 18 años, y se efectuará por mensualidad vencida.

El abono -que no incluye pagas extraordinarias- se realiza semestralmente, en enero y julio, en el caso de menores de 18 años, y mensualmente, a mes vencido, cuando se trata de mayores de edad afectados por discapacidad. El doble cómputo se elimina sólo dentro de cada tipo de nómina (mensual/semestral), por lo que se pueden dar supuestos en que un mismo beneficiario esté computado en ambas.

 

Los requisitos económicos marcan unos límites de los ingresos que están establecidos en los 12.536 € anuales, que se elevan a los 18.867 € para las familias numerosas, incrementándose en 3.002 € por cada hijo a cargo a partir del cuarto, este incluido.

 

El montante de esta ayuda económica dependerá de las circunstancias que acompañen a cada caso:

  • 341 € anuales, por cada menor de la familia que no tenga discapacidad alguna.
  • 000 euros anuales (83,33 € mensuales), por cada menor que tengan una discapacidad mayor igual al 33%.
  • 790,40 € anuales (399,20 € mensuales), por cada hijo mayor de edad, pero con una discapacidad igual o superior al 65%.
  • 185,70 € anuales (598,80 € mensuales), por cada hijo mayor de edad que presentara una discapacidad igual o mayor al 75%.

 

Además, se atenderá a cuál es el poder adquisitivo de la familia en cuestión, a no ser que el hijo fuera discapacitado, caso para el que no se tendrían en cuenta los requisitos que aluden al límite de ingresos. Si el núcleo familiar se encontrara en una situación de pobreza severa, se podrán recibir hasta 588 € anuales por cada hijo que se tuviera a cargo.

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