PLANES DE PENSIONES DE EMPLEO (PPE): 4 DUDAS PREVIAS

“Se corre el riesgo de montar un gran contenedor que no se llene de nada«

 

Se acaba de presentar el borrador del Anteproyecto de Ley que creará los Fondos de Pensiones de Empleo de Promoción Pública (FPEPP) y los nuevos Planes de Pensiones de Empleo Simplificados (PPES). En este texto normativo (que ahora entrará en fase de consulta pública para ser aprobado nuevamente por el Ejecutivo antes de fin de año para que esté en vigor en junio de 2022 a más tardar) el Ejecutivo habilitará normativamente a los convenios colectivos sectoriales para que promuevan estos planes entre las empresas del sector.En principio, estos fondos serán administrados por una entidad gestora con el concurso de una entidad depositaria y bajo la supervisión de una única comisión de control especial para todos los fondos de pensiones de promoción pública.

 

El establecimiento por ley de un sistema nacional de previsión empresarial cuasi-obligatorio de adscripción automática por defecto, que estableciese el deber de los empleadores de promover o contratar planes de empleo, afiliar a sus empleados a los mismos y realizar contribuciones a su favor ( siempre que el trabajador contribuya también a ellos), con la opción de los trabajadores de voluntariamente salirse del plan si lo solicitan expresamente, sería un motor que impulsaría la previsión social en España, y ayudaría en el futuro a complementar de una manera eficaz las pensiones públicas. El ministro Escrivá prevé que en 10 años el 48% de los trabajadores tenga planes de pensiones de empresa, un salto cualitativo ya que actualmente están estancados en un 10% de los trabajadores.

 

Podrán adherirse libremente a estos PPE trabajadores del sector privado, empleados públicos y autónomos, y la empresa deberá aportar al menos la misma cantidad que el trabajador, aunque lo «habitual», reconocen fuentes ministeriales, será que ambas contribuciones salgan del mismo apartado: el salario bruto del empleado. Todo se gestionará mediante una plataforma digital común, que aunará todos los planes simplificando los trámites, facilitando el acceso a la información a los partícipes de los planes y favoreciendo la portabilidad entre los planes de pensiones.

En esta fase de desarrollo de esta medida aparecen numerosas dudas que podemos resumir en las cuatro siguientes:

 

AUTÓNOMOS

Entre los nuevos planes de pensiones de empleo simplificados (PPES), se señalan en el anteproyecto de Ley “Los planes de pensiones de trabajadores por cuenta propia o autónomos, promovidos por las asociaciones de trabajadores autónomos para sus asociados, por colegios profesionales o por mutualidades de previsión social, en los que sus partícipes exclusivamente sean trabajadores por cuenta propia”.

 

Evidentemente los planes de los colegios profesionales estarán destinados a sus colegiados y los de las mutualidades a sus mutualistas, pero si se es autónomo afiliado al RETA para poder acceder a uno de los PPES se deberá ser miembro de una asociación que lo promueva. Pero en España un gran número de autónomos españoles, por no decir una mayoría, no pertenecen a ninguna asociación de autónomos. Y el 40% de los autónomos tiene ya un plan de pensiones individual. El límite conjunto deducible por planes individuales y colectivos se elevará de 2.000 a 5.750 euros para los autónomos (1.500 euros de tope de planes individuales y 4.250 por la parte patronal de la aportación a un plan colectivo), es decir, casi el triple que ahora.

 

NEGOCIACIÓN COLECTIVA SECTORIAL

El borrador de anteproyecto deja el desarrollo de la previsión social empresarial del sector privado en manos de la negociación colectiva sectorial (que encuadra también los convenios territoriales y de empresa) brillando por su ausencia los elementos de cuasi obligatoriedad para las empresas: es decir, obligatoriedad para los empleadores de promover sistemas de empleo y contribuir a los mismos, manteniendo la voluntariedad de participación para los empleados.

 

El grado de obligación que pueda aplicarse al ofrecimiento de estos planes por parte de las empresas se presenta polémico, ya que fuentes patronales advierten de que dependiendo de como quede redactada la ley a la hora de obligar a las empresas de un sector a ofrecer estos planes, podría ser incluso inconstitucional.

 

OBLIGATORIEDAD PARA LOS EMPLEADOS

Faltan precisiones acerca de los mecanismos de adscripción automática a los PPE por defecto para los empleados, ya fuera esta obligatoria (como en el Reino Unido) o voluntaria (como en  los EEUU). Es decir, que cuando se promoviese un PPE, sea este obligatorio o voluntario para el empleador, todos los trabajadores que cumpliesen los requisitos de elegibilidad fuesen afiliados automáticamente por defecto al plan, con la opción de salirse dentro de una ventana de tiempo.

 

En un marco de adscripción por defecto (“autoenrolment”), la decisión activa de los trabajadores sería la de dejar de ahorrar (o no), en lugar de la de ahorrar (o no). Esta exitosa técnica, desarrollada por la Economía del Comportamiento, ha logrado que casi un 90% de trabajadores, alrededor del mundo, inscritos automáticamente por defecto en planes de empleo se hayan mantenido en esos planes.

 

COMISIONES DE GESTIÓN Y FISCALIDAD

No por situar las comisiones de gestión en niveles muy bajos y simplificar la promoción de los sistemas de empleo se va a activar la negociación colectiva que impulse la previsión empresarial, dado que en el mercado de productos de ahorro ya existen planes de pensiones con comisiones “bajas”. Actualmente las comisiones están topadas en un 1,04%para los planes individuales y en un 0,21%para los planes de empleo.

En un primer momento, el Ejecutivo propuso que la comisión máxima que podrán cobrar las gestoras fuera del 0,4% anual, mientras que la entidad depositante podría cobrar hasta un 0,1% anual y ,por lo tanto, como máximo las comisiones llegarían al 0,5%, pero la Seguridad Social decidió que dichos topes se fijen más adelante en los reglamentos y pliegos de concursos públicos para las gestoras.

 

Respecto a los incentivos fiscales, las ventajas fiscales son necesarias pero no suficientes para desarrollar la previsión empresarial, aunque parece cierto que los incentivos fiscales consiguen aumentar la propensión a ahorrar de las rentas medias y bajas. El anteproyecto se acompaña de una modificación de la fiscalidad de estos productos que castiga a los individuales y premia a los colectivos. En concreto, en los presupuestos de 2022 se ha incluido rebajar a 1.500 euros el límite para la deducción en los planes individuales, y se ha aumentado a 8.500 la de los colectivos. Quien también sale ganando en fiscalidad son los autónomos, que como ya hemos indicado  podrán aplicar una deducción anual hasta 5.750 euros, que corresponden de sumar el límite de un plan individual (1.500 euros) con la mitad del de empresa (4.250). Ahora los autónomos tienen un tope de 2.000 euros.

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