INTRODUCCIÓN.
Hay dos cuantías relevantes en cuanto a las aportaciones a planes de pensiones.
El límite de aportación anual Un partícipe no podrá aportar más de 8.000 € anuales a sus planes de pensiones. El límite es conjunto si tiene varios.
El límite de desgravación La cantidad máxima que anualmente podrá desgravar será la menor de las siguientes: 8.000 € o el 30% de los rendimientos netos del trabajo y/o actividades económicas.
En País Vasco y Navarra aplican condiciones particulares:
- País Vasco: El límite para aportaciones individuales es de 5.000 € anuales, para las aportaciones del promotor es 8.000 €, y el límite conjunto son 12.000 € anuales.
- Navarra: hasta 50 años, el menor de 3.500 € o el 30% de la suma de rendimientos del trabajo y actividades económicas. Desde 50 años, el menor de 6.000 € o el 50% de la suma de rendimientos del trabajo y actividades económicas.
Además, en el caso de aquellos que se encuentren acogidos al régimen especial para partícipes con discapacidad, el límite se amplía hasta 24.250 € anuales. Además, personas en grado de parentesco con el partícipe con discapacidad podrán aportar en su favor hasta 10.000 € anuales.
LAS CASILLAS DE IRPF FUNDAMENTALES
Las aportaciones a planes de pensiones se consignan en el subapartado “Reducciones por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social”, dentro del apartado “Reducciones de la base imponible”. Las casillas relevantes son:
- 0463: Excesos pendientes de reducir procedentes de los ejercicios 2013 a 2017: cuando no es posible reducir todo lo aportado en un ejercicio fiscal, se dispone de los 5 ejercicios fiscales siguientes para aplicar dicha reducción.
- 0464: Excesos pendientes de reducir procedentes del ejercicio 2013 a 2017 derivados de contribuciones empresariales a seguros colectivos de dependencia: lo mismo pero aplicado a seguros colectivos de dependencia.
- 0465: Aportaciones y contribuciones del ejercicio 2018 (excepto contribuciones empresariales a seguros colectivos de dependencia): lo que has aportado a tu plan de pensiones a lo largo del ejercicio fiscal 2018.
- 0466: Contribuciones del ejercicio 2018 a seguros colectivos de dependencia: las aportaciones que se hayan realizado en el ejercicio fiscal 2018.
- 0469: Aportaciones a sistemas de previsión social de los que es partícipe, mutualista o titular el cónyuge del contribuyente: si el cónyuge no tiene rentas anuales superiores a los 8.000 €, podrá aportar hasta 2.500 € adicionales a su favor. En Navarra, este límite es de 2.000 € y en el País Vasco es de 2.400 €.
