Pensionistas emigrantes retornados: Las cotizaciones en un país de la UE son deducibles de las pensiones extranjeras

Tiene efectos retroactivos por lo que se podrán reclamar las cantidades indebidamente cobradas en los últimos cuatro años

El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) ha dictaminado que los gastos que la Seguridad Social alemana detrae de la pensión que perciben los emigrantes retornados en España en concepto de seguro de enfermedad obligatorio y seguro de asistencia social o dependencia deben ser considerados como gastos deducibles a la hora de calcular el impuesto sobre la renta. En mismo criterio se aplicará también para los pensionistas exclusivos de la Unión Europea.

Cabe destacar que el dictamen tiene efectos retroactivos por lo que todas las personas a las que Hacienda no les haya dejado deducir estos gastos pueden presentar una reclamación sobre los últimos cuatros años. La resolución tiene efecto inmediato y los afectados deberán presentar la documentación correspondiente que justifique la cantidad detraída por Alemania en concepto de seguro de enfermedad obligatorio y seguro de asistencia social.

La decisión del TEAC afecta no solo a los ciudadanos españoles sino también a todos aquellos que tengan su residencia fiscal en España y perciban una pensión de Alemania, independientemente de su nacionalidad.

En su dictamen, el TEAC explica que la Seguridad Social alemana está basada en cinco ramas: el seguro de enfermedad, el seguro de dependencia, el seguro de pensiones, el seguro de desempleo y el seguro de accidentes y que, por lo tanto, las aportaciones realizadas a cualquiera de ellas deben ser consideradas sin dudas como aportaciones a la Seguridad Social y, por lo tanto, ser consideradas como gastos deducibles.

Desde la Agencia Tributaria alegaron que la mención que se hace en el artículo 19.2 a) de la Ley del IRPF a las cotizaciones a la Seguridad Social como gastos deducibles se refiere únicamente a las aportaciones realizadas a la Seguridad Social española, criterio rechazado por el TEAC que indica que la propia Agencia Tributaria varía en la interpretación que hace de esa mención según le convenga y dicho artículo abarca a las seguridades sociales u organismos equivalentes de cualquier país.

En el caso de Alemania, una persona que gane en torno a 1.000 euros mensuales contribuye con una media de 100 euros para esas cotizaciones, unos 1.200 euros anuales y la Hacienda española detrae unos 650 € porque no computa esas cotizaciones cómo deducibles de la base imponible.

Fuente: Galicia en el mundo

Deja un comentario