El Ejecutivo desarrollará cómo presentar documentos y recibir comunicaciones
El Gobierno obligará a los ciudadanos a relacionarse con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) a través de canales electrónicos a partir del próximo 6 de marzo. El Ministerio de Trabajo aprobó el pasado mes de diciembre un Real Decreto que modifica la relación de la ciudadanía con la Inspección laboral con el objetivo de incentivar el uso de los medios electrónicos para agilizar los procedimientos administrativos y reducir los tiempos.
La nueva norma, que modifica el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social del año 2000, establece que la ITSS “se relacionará con los ciudadanos preferentemente por medios electrónicos”. El Ejecutivo extiende así la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que regula la forma en que empresas y ciudadanos se relacionan con la Administración al ámbito de la Inspección de Trabajo. No obstante, la ley de 2015 establece que la comunicación electrónica de los ciudadanos con la Administración es un derecho, por lo que no lo establece como una obligación.
Sin embargo, la nueva norma señala que el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, ya desarrolló la ley de 2015 para garantizar que “la ciudadanía se relacione con ella (la Administración) por estos medios en los supuestos en que sea establecido con carácter obligatorio o aquellos lo decidan voluntariamente”.
Así, este nuevo Real Decreto de diciembre emplaza a la Administración a desarrollar en el futuro las “disposiciones complementarias que regulen de una manera detallada el modo en que debe materializarse la relación electrónica entre la Administración y el ciudadano. Aspectos como el modo de presentación de escritos, solicitudes o documentación por parte de los ciudadanos, el sistema de notificaciones y comunicaciones electrónicas utilizado por la Administración, la actuación de los ciudadanos a través de representante o la regulación del Registro Electrónico de Apoderamientos”.
Sobre este último aspecto, cabe destacar que el Real Decreto de diciembre también dispone que la autorización o apoderamiento de los ciudadanos para poder actuar ante la inspección de Trabajo también se hará vía electrónica a través de la correspondiente sede electrónica. No obstante, se permite que el apoderamiento sea mediante comparecencia personal o que se acredite la representación por cualquier otro medio ajustado a Derecho. En este marco, la norma también crea el Registro Electrónico de Apoderamientos de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en el que se inscribirán los apoderamientos relativos a actuaciones que sean competencia de la ITSS a nivel estatal.
Esta nuevo Real Decreto, publicado el pasado 6 de diciembre en el BOE, entrará en vigor el próximo 6 de marzo, aunque tanto las actuaciones inspectoras como los procedimientos sancionadores y liquidatorios iniciados antes de la entrada en vigor se regirán por la anterior normativa.
Ya lo ha hecho con la Renta
El Ejecutivo está imponiendo de manera acelerada la obligatoriedad de los ciudadanos, personas físicas, no empresas, de relacionarse con la Administración a través de los canales electrónicos. Precisamente, el Gobierno aprobó en el Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, la obligación de que los ciudadanos presenten la declaración de la Renta exclusivamente por medios digitales, aunque señaló que la Administración daría asistencia a aquellas personas que la necesitaran.
Este Real Decreto-ley llega después de que el Tribunal Supremo tumbara el pasado mes de julio la Orden Ministerial de 2019 de Hacienda que obligaba a los ciudadanos a presentar la declaración de la Renta por vía electrónica. El Tribunal recordó que la relación con la Administración por medios electrónicos es un derecho para los ciudadanos y no una obligación. Esta imposición sólo podía imponerse a través de una norma con rango de ley.