Los trabajadores podrán coger el permiso de hospitalización más de una vez al año

La Audiencia Nacional aclara que la norma no pone topes a su disfrute

El período de cinco días para cuidar a familiares ingresados es remunerado

La Audiencia Nacional rechaza que las empresas limiten a los empleados el disfrute del permiso retribuido de cinco días para cuidar a familiares hospitalizados a una vez por año. El Juzgado central interpreta el artículo del Estatuto de los Trabajadores que recoge este permiso y concluye que la norma «no exige que solo puedan disfrutarse por este concepto cinco días al año».

La Audiencia resuelve el litigio entre los sindicatos y una compañía en el que los primeros pedían anular la decisión de la empresa de limitar este período a un máximo de cinco días por ejercicio. La sociedad alegó que la Directiva europea de 2019 que obligó a España a remunerar y ampliar los días por cuidado de familiares o convivientes hospitalizados solo habilita a los Estados a reconocer cinco días al año a cada trabajador.

La sentencia deja claro que atendiendo a la interpretación «literal» del Estatuto de los Trabajadores, en España, «el precepto no establece limitación alguna al disfrute».

El fallo, del pasado mes de marzo del que fue ponente el magistrado Ramón Gallo Llanos, señala que si el legislador hubiera querido que el permiso únicamente pueda disfrutarse un máximo de días al año lo hubiera indicado, tal y como expresamente señaló que la ausencia retribuida por causa de fuerza mayor solo pueda disfrutarse cuatro días al año.

La Audiencia, que revisa la Directiva europea de 2019 para la conciliación de la vida laboral y familiar que se transpuso en España en junio de 2023, reconoce que el texto limita solo a cinco días por año el disfrute del permiso de hospitalización. Sin embargo, añade que el propio artículo 16 de la Directiva también avala a los países europeos para que introduzcan disposiciones más favorables para los trabajadores, siempre que se cumplan los requisitos mínimos que establece.

«La propia norma […] hace que lo dispuesto en el artículo número 6 (limitar el permiso a cinco días por año) se configure a nivel europeo como un mínimo de derecho necesario relativo y, por lo tanto, susceptible de ser mejorado por el derecho interno de los Estados de la UE, como sucede en el caso español», dice el tribunal.

La Audiencia indica que debe interpretar este permiso bajo la perspectiva de género para garantizar el principio de igualdad entre hombres y mujeres, ya que es «mayormente disfrutado por mujeres, que es a quien se les atribuye el rol de los cuidadores en la sociedad». «En este caso, habrá de llevar a acoger aquella solución que facilite de mayor manera los derechos de conciliación», concluye.

Por otro lado, al sentencia también da la razón a los sindicatos en su segunda pretensión al determinar que los trabajadores pueden seguir disfrutando del permiso una vez que el familiar recibe el alta del hospital, siempre que se le prescriba reposo domiciliario.

La empresa quería limitarlo solo a los días de ingreso. Sin embargo, la Audiencia Nacional señala que si el trabajador aún no ha consumido todos los días tras el alta, puede cuidar al paciente hasta agotarlos.

Fuente: Los trabajadores podrán coger el permiso de hospitalización más de una vez al año

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