Las causas porque se deniega el cese de actividad a los autónomos

Seguridad Social denegó el cese de actividad a 10.360 autónomos en 2023, más de un 50% de las solicitudes presentadas. Estos son los motivos más frecuentes por los que se rechaza la prestación.

Más de 10.000 autónomos que intentaron acceder al cese de actividad a lo largo del año pasado vieron finalmente su solicitud rechazada. Según las estadísticas publicadas por la Seguridad Social respecto al cese de actividad en 2023, menos de la mitad de los trabajadores por cuenta propia que tuvieron que cerrar su negocio consiguieron acogerse al paro.

Así lo demuestran también los propios datos que publica cada año la Seguridad Social. Según las cifras de la Tesorería, desde principios de año hasta diciembre de 2023, hubo un total de 19.885 trabajadores por cuenta propia que solicitaron el ‘paro’ por causas económicas, fuerza mayor u otros motivos como la pérdida de licencia para desarrollar su actividad o incluso el divorcio.

De estos casi 20.000 autónomos que intentaron acogerse al paro para seguir manteniendo sus ingresos una vez cerrado su negocio, poco más de 9.000 lo consiguieron. De hecho, según la última actualización de los datos del cese de actividad, la Seguridad Social había denegado a finales de diciembre un total de 10.360 solicitudes realizadas por los autónomos, es decir, más del 50% de las que se realizaron durante todo el año.

Cuatro motivos por los que se deniega el paro a los autónomos

El motivo principal, como se puede observar en las cifras publicadas por la Tesorería, es la incorrecta acreditación de la causa por la que se intenta acceder al cese. Por ejemplo, no justificar la pérdida de la licencia o no demostrar que ha habido una caída suficiente de ingresos para cerrar el negocio, entre otras.

No acreditar correctamente la causa del cese

La causa que aglomera la inmensa mayoría de los rechazos en el acceso al cese de actividad es, precisamente, que el autónomo no haya acreditado correctamente el motivo que le daría derecho a esta prestación. 

Según la Seguridad Social, en 2023, 7.057 solicitudes del total de casi 20.000 presentadas, se rechazaron por no haber acreditado correctamente los motivos de la prestación en particular a la que estaba intentando acceder el autónomo.

A diferencia del paro de los asalariados, el cese de actividad no nace por el simple hecho de cerrar el negocio, sino que hace falta estar encuadrado en alguno de los motivos o casuísticas que marca la ley. Existen casi una decena de causas para acceder al cese. Por ejemplo, haber perdido la licencia para desarrollar la actividad, verse obligado a cerrar por fuerza mayor o, este año como novedad, mantener deudas y una caída de ingresos continuada.

Para cada una de las casuísticas  la ley exige aportar una determinada documentación. Por ejemplo, para que se reconozca el cese por fuerza mayor, habría que tener una declaración de emergencia adoptada por la autoridad pública competente -como ocurrió durante la pandemia- y que se produzca una caída de ingresos del 75% con relación al mismo periodo del año anterior.

No tener el periodo de cotización suficiente

Otro de los motivos por los que la Seguridad Social ha denegado una parte de las solicitudes de cese de actividad de los autónomos es no cumplir con el periodo de cotización obligatorio para acceder a la prestación.

Según los datos de la Tesorería 398 solicitudes de acceso al paro fueron rechazadas este año por no tener suficientes meses de cotización por cese de actividad.

A continuación se puede observar que el mínimo para poder causar derecho a esta prestación son doce meses de cotización acumulada. Quizás algunos autónomos no hayan cumplido este requisito en 2023 por no haber recuperado todavía sus cotizaciones tras haber accedido a la prestación durante la pandemia.

  • Entre 12 y 17 meses cotizados se establece una prestación de 4 meses, el periodo mínimo de cobro.
  • Entre 18 y 23 meses cotizados se obtienen 6 meses de prestación.
  • Entre 24 y 29 meses cotizados el trabajador tiene 8 meses de prestación.
  • Entre 30 y 35 meses cotizados se establecen 10 meses de prestación.
  • Entre 36 y 42 meses cotizados se tienen 12 meses de prestación.
  • Entre 43 y 47 meses cotizados el autónomo tiene 16 meses de prestación.
  • Por 48 meses cotizados, el periodo máximo de cobro, se obtienen 24 meses de prestación.

No estar al corriente en el pago de las cuotas

El siguiente motivo por el que se han denegado una parte de las solicitudes de acceso al cese de actividad este año es no estar en ese momento al corriente de pago de las cuotas a la Seguridad Social. 

Según las cifras de la Tesorería, en 2023 se registraron un total de 232 solicitudes de autónomos denegadas por incumplir el requisito de no tener deudas con la Seguridad Social. En este caso, para resolver la incidencia y que se acepta la solicitud, el autónomo sólo tiene que pagar las cotizaciones que tiene pendientes para ponerse al corriente de pago y poder acceder al paro.

Otras causas

Uno de los motivos que más denegaciones acumula es el apartado de “otras causas”, que cuenta con un total de 2.673 solicitudes rechazadas. En esta sección, la Seguridad Social incluye todo tipo de razones distintas a las anteriores por las que se ha podido denegar el paro a los autónomos.

Algunas de las más habituales podrían ser las relacionadas con defectos formales, como por ejemplo, no haber aportado parte de la documentación mínima requerida o no haber completado determinados campos básicos en el formulario de solicitud de la prestación. Hacienda puede embargar el dinero que guardan los autónomos en sus cuentas, incluso si no supera el SMI

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