Para mejorar los ingresos del sistema, la reforma contempla tres medidas que se apoyan exclusivamente sobre los salarios de los trabajadores y el coste laboral para las empresas. Quizás hubiese sido más equitativo que el coste se hubiese apoyado en impuestos, que al fin y al cabo lo pagan todos, sean trabajadores o no.
1.-Sobrecuota de solidaridad: empieza en el 1% en 2025 y alcanzará el 6%. Se plantea una «cuota de solidaridad» para la parte del salario que actualmente no cotiza por superar el tope máximo de cotización. Esta será un recargo a los sueldos altos del 1% en 2025 e irá aumentando a un ritmo de 0,25 puntos por año hasta llegar al 6% en 2045 (5% a cargo de la empresa y 1% a cargo del trabajador). Aumentará los ingresos del sistema en un 0,16% del PIB una vez que se finalice su aplicación. Esta medida constituye un paso hacia la transformación del sistema en asistencial en lugar de contributivo, socavando la confianza en el mismo pues esta sobrecotización no genera ninguna prestación.
2.-Subida de la cotización del MEI: al 1,2% en 2029. También se propone duplicar la cotización asociada al Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI). El MEI es el nuevo sistema que sustituye al Factor de Sostenibilidad que ha entrado en vigor en 2023. La primera parte de la reforma de las pensiones contemplaba que el MEI estuviera vigente de 2023 a 2032 como una cotización adicional del 0,6%, finalista, para el Fondo de Reserva de la Seguridad Social. De este porcentaje, el 0,5 puntos corresponden a los empresarios y el 0,1% le es detraído a los trabajadores. No obstante, la segunda parte de la reforma de las pensiones contemplan subir la cotización del MEI hasta el 1,2% en 2029, a un ritmo de una décima por año, haciéndose cargo la empresa del 1% y el trabajador, del 0,2%. Esta cotización del MEI se mantendrá en el 1,2% desde 2030 hasta 2050 con igual distribución entre empresario y trabajador. Esta medida merma la renta disponible de los trabajadores, y, por tanto, de recaudación fiscal. Se estima que esta medida comportará un incremento de los ingresos del 0,4 % del PIB una vez implementado en su totalidad.
3.-Destope de las bases máximas de cotización. La otra medida para elevar los ingresos es el destope de las bases máximas, que subirán entre 2024 y 2050 el IPC anual más una cuantía fija de 1,2 puntos porcentuales. Esto implicará un aumento acumulado del 38% hasta 2050. Las pensiones máximas también se destoparán pero a un ritmo mucho más lento. Se evaluará cada cinco años y se remitirá un informe sobre el tema a la Comisión parlamentaria del Pacto de Toledo. Una vez completada esta medida aumentará los ingresos en un 0,15% del PIB
Por otra parte se aumentan los gastos (subida del complemento de la brecha de género, relleno de lagunas de cotización para los autónomos y para las mujeres,…) pero principalmente por:
- El aumento de las pensiones no contributivas hasta llegar al 75% de la renta mediana de los hogares monoparentales y de las pensiones mínimas contributivas hasta el 60% de la renta mediana de los hogares, no sólo supone un gasto inasumible, sino incentiva la economía sumergida, de forma que pueden disminuir con ello los cotizantes y la recaudación, además de que da un paso más en transformar una economía productiva en una economía subsidiada.
- En cuanto al período de cálculo de las pensiones, el Gobierno, propone ampliar el período de cálculo de la pensión a una horquilla entre 25 y 29 años, quitando los dos años peores de cotización en este último caso. Esta medida, por tanto, comporta un potencial incremento de gasto al poder elegir por la opción más beneficiosa para el pensionista.
El Gobierno ha presentado su propuesta a Bruselas, para obtener su aval, bajo la hipótesis de que con los incrementos de las cotizaciones cubrirá el desfase del sistema, aunque la AIReF se encargará de supervisar “cada tres años” la sostenibilidad del sistema. A Bruselas en definitiva lo que le importa es la contención del déficit público pero no los impuestos que cada país implemente para contenerlo.



