La Seguridad Social ‘congela’ el plus para jubilados anticipados: solo lo cobran 98.000 personas

En el mes de abril, unas 98.000 pensiones contributivas de la Seguridad Social tienen reconocido el complemento para largas carreras de cotización, que se ha venido llamando “el plus para los jubilados anticipados”, que el ministerio abona de oficio desde el mes de marzo de 2022, tal y como se establece en la Ley de reforma de las pensiones. Es decir, el complemento se mantiene congelado en la misma cifra de perceptores que en el mes pasado, lo que indica que la Seguridad Social no ha incorporado a nuevos beneficiarios.

De hecho, el propio Ministerio de Seguridad Social, a cuyo frente se halla José Luis Escrivá, calculaba en septiembre de 2021 que podría haber 213.000  beneficiarios del nuevo plus (de las más de 237.000 jubilaciones anticipadas con más de 44 años y medio cotizados, se excluían 24.000 por cobrar la pensión máxima), según reflejaba la Memoria Económica del proyecto de ley enviado al Congreso de los Diputados. Si hasta la fecha, abril de 2022, únicamente lo reciben 98.000 personas, significa que, o bien hay unos 115.000 hipotéticos perceptores que podrían cobrarlo en los próximos meses, o bien que los cálculos del departamento del ministro Escrivá eran erróneos.

Hace unos días, fuentes del Ministerio confirmaban  que «todavía queda algún colectivo por hacer el reconocimiento de oficio. Cuando se realicen, no obstante, si algún pensionista considerara hipotéticamente que le corresponde el complemento y no se le ha reconocido, podría hacer reclamación, claro, como habitualmente».

Precisamente, a la redacción de este diario han llegado numerosas quejas de jubilados anticipados que, o bien no han recibido en su nómina del mes de marzo el complemento de pensión al que creen tener derecho, o bien han empezado a cobrar una cantidad inferior a la que esperaban. Preguntado al respecto, el ministro Escrivá aseguró: «Vamos a anotarlo y veremos si ha habido alguna incidencia y, en su caso, si hay que corregir algo, lo haremos».

Según los datos oficiales proporcionados por la Seguridad Social, este complemento tiene un importe que oscila entre los 4,5 y los 82 euros al mes, una cantidad que los afectados consideran «ínfima».

Por lo que se refiere a su coste para las arcas del Estado, supone 2,8 millones de euros mensuales.

Este complemento se abona en 14 pagas, tiene la naturaleza de pensión de jubilación y se integra en la misma a todos los efectos, incluida la aplicación del límite al que se refiere el artículo 57 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social y sin perjuicio, en su caso, de la absorción del complemento por mínimos que se viniera percibiendo.

Quiénes deberían cobrar este plus

Para tener derecho a este complemento, es preciso cumplir las siguientes condiciones:

-Pensionistas entre 2002 y 2021. La pensión de jubilación debe haber sido causada entre el 1 de enero de 2002 y el 31 de diciembre de 2021. Es decir, quienes se jubilen (o hayan jubilado) a partir de 2022 ya no podrán percibirlo.

-Anticipados voluntarios y forzosos. Los perceptores deben haber accedido a la pensión de jubilación anticipada de forma involuntaria como máximo cuatro años antes de alcanzar la edad ordinaria de jubilación. El plus también será de aplicación a los beneficiarios de una pensión de jubilación causada entre el 1 de enero de 2002 y el 31 de diciembre de 2021, que hayan accedido a la pensión de jubilación anticipada voluntaria como máximo dos años antes de alcanzar la edad ordinaria de jubilación.

-Quedan excluidos los jubilados que cobren la pensión máxima del sistema, fijada en 39.468,66 euros anuales para 2022.

-La Seguridad Social lo reconoce de oficio. La Entidad Gestora de la Seguridad Social reconoce de oficio el derecho a cobrar este complemento a sus nuevos beneficiarios, «de acuerdo con la información contenida en la base de datos de prestaciones de la Seguridad Social y en el fichero general de afiliación, que acreditarán, respectivamente, la clase de jubilación anticipada causada y los años de cotización cumplidos», detalla el texto de la Ley de reforma de las pensiones.

Cómo se calcula el importe del complemento

El importe de este complemento es la diferencia que resulte entre aplicar a la pensión inicial los coeficientes reductores de la Ley en vigor desde enero de 2022 (menos lesivos para largas carreras laborales) y la pensión que inicialmente se le reconoció a la persona. Si al aplicar los nuevos coeficientes, vigentes desde el 1 de enero, la pensión fuera mayor que la inicial, el plus será la diferencia entre ambas cantidades.

Los posibles beneficiarios deben reunir los siguientes requisitos:

a) Acreditar 44 años y seis meses o más de cotización a la Seguridad Social en el momento de acaecer la jubilación. También podrán cobrar este extra de pensión los jubilados anticipados, voluntarios y forzosos, con al menos 40 años cotizados, siempre que ganen menos de 900 euros mensuales.

b) Que se de la circunstancia de que la cuantía de la pensión inicial de la persona habría sido superior, si se le hubieran aplicado los coeficientes reductores que han entrado en vigor el 1 de enero de 2022.

Fuente: 65 y más

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