IMV: ¿HECHA LA LEY, HECHA LA TRAMPA?

A la espera de conocer la letra pequeña de esta prestación en el BOE es de señalar la buena acogida social de una medida que si ya era necesaria se hace imprescindible en un momento como el actual, aunque hay algunas las grietas en lo que se refiere a la situación particular de los 850.000 hogares potenciales beneficiarios. El arco de estos hogares es amplio y va desde las familias más pobres y más necesitadas a las personas que a día de hoy desarrollan su actividad en la economía sumergida y que también van a poder acceder a esta prestación.

Su importe se desvincula del IPREM (al que se vinculan otras ayudas públicas, como las ayudas a la vivienda, becas o subsidios por desempleo) y que lleva una década prácticamente congelado y, por tanto, perdiendo poder adquisitivo, y se ha decidido igualarla a la pensión no contributiva, de modo que quedará vinculada a esta pensión, que es la que más ha subido en los últimos años.

Es también novedoso el concepto de ‘renta garantizable’, ya que se trata del umbral mínimo de ingresos que tendrá cada hogar sumando la prestación y los ingresos propios, por lo que una familia que tenga una renta mensual de 200 € tendrá un complemento con el IMV de 262 euros para llegar a la renta garantizada. A partir de esta cuantía base se aplican unos coeficientes adicionales para los hogares con varios miembros y con hijos a cargo.

Se ha fijado como uno de los requisitos de acceso al IMV la inscripción del solicitante como demandante de empleo y la declaración de la renta para los que operan en la economía sumergida para evitar la denominada «trampa de la pobreza» que se produce cuando cobrar una prestación social compensa más que tener un trabajo precario.

Se prevé un “umbral de ingresos” para los hogares y que así percibirán distintas cuantías de la Seguridad Social hasta alcanzar dicho umbral de renta considerado óptimo para su tipología de familia.

Además de los requisitos de edad, ingresos y patrimonio, el Gobierno ha fijado una serie de condiciones para fomentar la participación de los beneficiarios en el mercado laboral. Por un lado, los hogares que no trabajen deberán inscribirse como demandantes de empleo y, cuando encuentren trabajo, parte de su salario estará exento transitoriamente en el cálculo de la prestación.

También es un objetivo que los hogares empleados aumenten el número de horas trabajadas y pasen a empleos mejor remunerados, y así por cada euro de salario adicional que gane un beneficiario, su IMV se reducirá en una cantidad inferior. Las cuantías y demás detalles están aún por determinar.

Pero poner como condición estar inscrito como “demandante de empleo” no garantiza en absoluto que la persona busque un empleo acorde con su formación y experiencia, e incluso puede tener un posible efecto perverso por la cantidad de personas que se van a apuntar a las listas del paro «de golpe» con un incremento del paro estructural de hasta cinco puntos. Tampoco este requisitoasegura que vaya a aflorar economía sumergida, sino que simplemente quien vive en “negro” va a estar oficialmente inscrita como demandante de empleo y ya se ha demostrado que el pésimo funcionamiento de los servicios autonómicos de empleo, responsables de esa tarea, es una de las graves carencias de España desde hace muchos años».

Parece claro que deben existir incentivos monetarios y fiscales para que los beneficiarios acepten empleos, anunciados pero aún sin conocer a fecha de hoy, pues una persona que esté en la economía sumergida puede tranquilamente apuntarse como demandante de empleo y acceder en su caso al IMV sin que deje de trabajar en negro porque no hay incompatibilidad en ello. La Inspección de Trabajo no tiene mecanismos suficientes para investigar estas situaciones y la Seguridad Social solo puede cruzar los datos con Hacienda o con las CCAA pero sin capacidad real para saber si el solicitante realmente precisa de esta prestación.

Para cobrar el IMV será obligatorio hacer la declaración de rentas y se afirma que se van a establecer «controles administrativos» para evitar esas situaciones doblemente defraudatorias (a Hacienda y a la propia SS)

¡VEREMOS EL BOE DEL PRÓXIMO LUNES 1 DE JUNIO!

AQUÍ PUEDES DESCARGARTE LA FICHA COMPLETA

Descarga la ficha en PDF

0 0 votes
Article Rating
Suscribirme
Notificarme de
guest
2 Comments
Recientes
Antiguos Más Votado
Inline Feedbacks
View all comments
Manuel

Buenas Tardes
He estado cobrando el IMV desde hace 6 meses aproximadamente.
El otro dia fui a sellar el paro ,tras haber estado enferma se me habia pasado 3 dias,lo selle y me dijeron que habia perdido el derecho a cobrar el IMV ,que alegara enfermedad,cosa que hice.
Una semana despues he ido a cobrar al banco y efectivamente no me lo han ingresado.Estoy muerto de miedo,no tengo ni para comer y con una gran depresion.
En algunas paginas he leido que me quitaran un mes pero no lo veo claro.