FIJOS DISCONTINUOS Y SU COMPUTO COMO “PARADOS” UN DEBATE ESTÉRIL DE FÁCIL SOLUCIÓN

Los fijos discontinuos se han disparado con la reforma laboral porque es una de las modalidades que ha impulsado el Gobierno para dar estabilidad a trabajadores hasta ahora temporales. En concreto, a aquellos de actividades y trabajos por temporadas y de campañas, en los que hay empleo solo en determinadas épocas del año.

 

El procedimiento para medir los parados y los fijos discontinuos no ha cambiado, pero lo cierto es que antes de la reforma laboral los contratos fijos discontinuos eran casi anecdóticos y ahora se ha disparado su uso, dando lugar a una polémica politizada (como siempre) en las diferentes formas de cuantificar el desempleo.

 

Los fijos discontinuos son trabajadores indefinidos en actividades intermitentes, que no tienen trabajo todo el año. Por ejemplo, trabajos ligados al curso escolar, a temporadas agrícolas, a actividades turísticas, etc. Cuando hay actividad, los fijos discontinuos tienen sus contratos activos y aparecen en las estadísticas de afiliación de la Seguridad Social como “ocupados”. Es decir, como trabajadores afiliados con empleo.

 

Si no hay trabajo, las compañías suspenden temporalmente los contratos de estos empleados hasta que vuelvan a trabajar y les activan en lo que se conoce como “llamamiento”. Durante la época de inactividad, los fijos discontinuos no aparecen como trabajadores afiliados “ocupados” en la estadística de la Seguridad Social.

 

Sin embargo, en las estadísticas del SEPE (Ministerio de Trabajo), en los periodos de inactividad no se incluyen como parados incluso aunque en ocasiones puedan estar cobrando una prestación por desempleo, como pasó con los afectados por un ERTE durante la pandemia.

 

Los parados para el SEPE son personas sin empleo y en búsqueda activa de trabajo. Los fijos discontinuos que están suspendidos a la espera del llamamiento computan dentro de la categoría de “demandantes no desocupados”. Sin embargo en la estadística de la Encuesta de Población Activa (EPA) que realiza el INE sí pueden aparecen en ocasiones como parados, pues la EPA mide el desempleo de forma distinta y, una vez detecta a un fijo discontinuo que no está trabajando le considera ‘no ocupado’. Y a partir de ahí, le cataloga como ‘parado’ o ‘inactivo’ “en función de las respuestas a las preguntas EPA sobre búsqueda activa de empleo y sobre disponibilidad para incorporarse a un trabajo en caso de encontrarlo”.

 

No obstante, no siempre un fijo discontinuo con el contrato suspendido está sin trabajar y puede estar empleado en esos periodos en otra compañía a la espera de que su empresa le haga el llamamiento. Por ello no se puede inferir automáticamente que todos los fijos discontinuos estén “parados” en la etapa de inactividad. Como tampoco toda persona que esté sin trabajar aparece como parada automáticamente en el SEPE, pues para ello es preciso haberse inscrito como demandante de empleo en los servicios autonómicos públicos de empleo

 

Lo correcto sería, para evitar debates casi banales, tener más información y transparencia estadística sobre la situación laboral de los fijos discontinuos y ampliar la información sobre este colectivo en momentos de inactividad y desagregarlos dentro de los “demandantes no ocupados”.

COMO MIDE EL SEPE EL DESEMPLEO:

“PARADOS”, “DEMANDANTES DE EMPLEO” Y “DESEMPLEADOS”

Desocupado (o parado). Es la persona que además de no tener trabajo tiene voluntad de trabajar, cuenta con disponibilidad para hacerlo y ha realizado al menos una gestión concreta para obtenerlo.

Demandante de empleo Es la solicitud de un puesto de trabajo que realiza un trabajador, desocupado o no, ante una Oficina de Empleo de los Servicios Públicos autonómicos de Empleo.

Desempleado Situación protegida de quienes, pudiendo y queriendo trabajar, pierden su empleo, o ven reducida su jornada de trabajo, y que atribuye un posible derecho a prestaciones económicas, bien como prestación o como subsidio a solicitar en todo caso en las Oficinas de Prestaciones Estatales (SEPE). 

 

CLASIFICACIÓN de los demandantes por su situación laboral:

  1. A) Demandantes de Empleo DESOCUPADOS.
  • Desocupados involuntarios (desempleados legales sólo si pueden estar protegidos por prestaciones y subsidios de desempleo).
  • Provenientes del cese de actividad del RETA. Potencial acceso a la prestación por cese de actividad.
  • Desocupados voluntarios.
  • Desocupados en búsqueda del primer empleo.
  1. B) Demandantes de Empleo NO DESOCUPADOS (Disponibles)

B 1) Demandantes OCUPADOS o con relación laboral:

  • Mejora del empleo actual
  • Perceptores de prestaciones adscritos en Trabajos de Colaboración Social (TCS).
  • Con expedientes de regulación de empleo temporal (ERTE)
  • Trabajadores fijos discontinuos
  • Trabajadores eventuales agrarios subsidiados
  • Afiliados a la SS en el RGSS o en el RETA (pluriempleo y pluriactividad, empleo coyuntural inferior a tres meses o con jornada a tiempo parcial inferior a 20 horas/semana)

B 2) Demandantes de un EMPLEO ESPECÍFICO

  • De trabajo sólo a domicilio y/o de teletrabajo
  • Emigrantes con voluntad de regreso
  • De trabajo sólo fuera de su comunidad de residencia o únicamente en el extranjero.
  • Extracomunitarios con condiciones específicas de acceso al empleo

B 3) Demandantes con BAJA DISPONIBILIDAD para el empleo:

  • Demandantes con demanda suspendida con intermediación
  • Pensionistas por Jubilación (vejez)
  • Pensionistas por Incapacidad Permanente

 

         COMO MIDE LA EPA EL DESEMPLEO

       “NO OCUPADOS” Y “PARADOS”

La metodología EPA sigue la establecida por la Organización Internacional del Trabajo y las directrices de EUROSTAT en virtud de los reglamentos que la regulan. En concreto:

 

  1. En la EPA se clasifica a cada persona en virtud de sus respuestas a las preguntas del cuestionario. Si la persona ha trabajado al menos una hora en la semana de referencia de la encuesta se considera ocupada

 

  1. Si no ha trabajado, se indaga por la existencia de un empleo del que ha estado ausente en la semana de referencia

 

  1. Al que declara como motivo principal de ausencia de su empleo que es fijo discontinuo o trabajador estacional en la época sin actividad, y previa confirmación de que no realiza tareas relacionadas con ese empleo, se le pasa a las preguntas de búsqueda de empleo

 

  1. Así pues, a los fijos discontinuos que no hayan trabajado en la semana de referencia (en ese o en otro empleo) y no realicen regularmente tareas relacionadas con su empleo, se les consideran ‘no ocupados’

 

  1. Una vez considerado ‘no ocupado’, clasificarle como ‘parado’ o ‘inactivo’ se establece en función de las respuestas a las preguntas EPA sobre búsqueda activa de empleo y sobre disponibilidad para incorporarse a un trabajo en caso de encontrarlo

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