¿EQUIDAD INTERGENERACIONAL? LAS SUBVENCIONES A JUBILADOS Y A FAMILIAS NUMEROSAS

El Estado funciona mejor en la teoría que en la práctica y aplica costosas políticas pretendidamente redistributivas, pero pocas veces acierta en su aplicación. En España, en los últimos 45 años, se ha mantenido en el mismo nivel de desigualdad: entre 0,31 y 0,34 en el índice de Gini (que oscila entre 0 y 1, siendo 0 la igualdad perfecta y 1 la máxima desigualdad) pero para los mayores de 65 años este índice es menor (el 0,22) que para el resto de colectivos de menor edad y además el 80% tienen vivienda en propiedad

 

PENSIONISTAS DE JUBILACIÓN: LOS MÁS BENEFICIADOS

 

 

Somos solo trabajadores ya jubilados, y sabemos que nuestra situación concreta no es la más general, pero tampoco es excepcional. Lo cierto es que las nuevas pensiones de jubilación (22.722 €/año) son un 19% más altas que el sueldo habitual (18.480 €/año)

 

– Yo y mi mujer somos pensionistas de jubilación con la pensión máxima, es decir, cobramos cada uno 3.058,81 euros brutos mensuales (42.823,34 euros anuales). No tenemos planes de pensiones privados

 

– Además tenemos algunos pocos ahorros en acciones/bonos/fondos de inversión/deuda pública que nos rentan anualmente “algo” de intereses y dividendos que “vienen bien”. Tenemos también una vivienda en alquiler y sus ingresos son compatibles con nuestras pensiones públicas. Además cobramos algo de derechos de autor también compatibles con nuestras pensiones públicas.

 

Independientemente de nuestros ingresos (del tipo que sean) por ser pensionista y/o mayores de 65 años tenemos las siguientes ventajas:

 

– Tenemos, por ser mayores de 65 años, un MÍNIMO PERSONAL EXENTO de tributación de  6.700 € y que se incrementará hasta los 8.100 € cuando tengamos  de 75 años

 

– Tenemos acceso a viajes subvencionados del IMSERSO

 

– Tenemos la TARJETA DORADA DE RENFE con descuentos que varían entre el 50% y el 25%. También hay compañías de líneas de autobuses para viajeros con tarjetas similares (ALSA, AVANZA,…)

 

– Los MUSEOS ESTATALES en principio son gratuitos para los ciudadanos con al menos 65 años (pensionista o no) y para demandantes de empleo

 

– El CENTRO DRAMÁTICO NACIONAL ofrece un descuento del 50% (excepto los miércoles) a los mayores de 65 años. La COMPAÑÍA NACIONAL DE TEATRO CLÁSICO también ofrece un descuento permanente el 50% para los mayores de 65 años. La ORQUESTA Y CORO NACIONALES DE ESPAÑA también ofrece un descuento del 50%, pero en su caso en entradas sueltas.

 

– Los Ayuntamientos, en sus servicios de POLIDEPORTIVOS MUNICIPALES pues en muchos sitios existe la “tarjeta senior” (o similar) para pensionistas (independientemente de su edad) que da acceso a servicios culturales y deportivos a precio especial. También se hacen extensivas al cónyuge independientemente de la situación de éste.

 

– Prácticamente en cualquier comunidad autónoma los mayores de 65 años y pensionistas pueden acceder a BONOS DE TRANSPORTE PÚBLICO con un coste reducido. Por ejemplo en Madrid el transporte público es gratuito para los mayores de 65 años

 

– Los pensionistas en general abonan de un 10% del PVP de las RECETAS MÉDICAS, pero como además somos demandas de empleo (que es compatible con ser jubilados) no pagamos nada

 

NIÑOS. FAMILIAS NUMEROSAS: “UNA MISIÓN IMPOSIBLE”

 

El número de nacimientos en España marca un nuevo mínimo histórico al descender hasta 329.812 en 2022. Ela menor cifra desde que se comenzó a medir en 1941 la estadística de nacimientos por el INE. Es decir, la más baja en 81 años.

Son familias numerosas aquellas que se integran por dos ascendientes y tres o más descendientes sean o no comunes, aunque la ley contempla también otras situaciones que también se consideran familia numerosa. La familia numerosa especial es la integrada por cinco o más hijos

 

Criar a un hijo en España cuesta de media 672 € al mes, lo que suponen 8.064 € al año, aunque existen diferencias significativas, por ejemplo en Andalucía el coste es de 641 € por mes e hijo y en  Cataluña es de 819 €. Para las franjas de 0 a 3 años y 4 a 6 años, el gasto más elevado es el de la conciliación, que representa un tercio y un quinto del total, respectivamente. En cambio, a partir de los 7 años, la partida más elevada es la de alimentación, que se lleva cerca de un 20% del total. El salario medio en España en 2023 es de 25.200 € brutos anuales, que entre 14 pagas representan 1.800 € por paga

 

Aunque existen ayudas autonómicas y municipales, las familias numerosas tienen estas ayudas estatales:

 

DEDUCCIÓN FISCAL por familia numerosa Puede aplicarse una deducción en la Declaración de la Renta o recibir su abono por anticipado cada mes. Cuantías: 1.200€ anuales a deducir en el IRPF o 100€ al mes por familia numerosa de 3 hijos; 1.800€ anuales o 150€ al mes para las de 4 hijos; 2.400€ anuales o 200€ al mes para las de 5 hijos; 3.000€ anuales o 250€ al mes para las de 6 hijos. A partir de ahí, por cada hijo, la deducción se incrementará en 600€ en el IRPF o 50€ al mes si se opta por el abono mensual

 

TASAS EDUCATIVAS Descuento del 50 % o exención total en tasas y precios públicos de ámbito educativo, como derechos de examen o matrículas universitarias

 

EDUCACIÓN La condición de familia numerosa se tendrá en cuenta en los procesos públicos regulados por baremos, como en becas de la administración o en la admisión de alumnos de las etapas obligatorias en centros escolares sostenidos con fondos públicos

 

PERMISO POR CUIDADOS DEL MENOR (MATERNIDAD/PATERNIDAD) La condición de familia numerosa no supone una ampliación del permiso, pero otras circunstancias sí, por ejemplo: nacimiento o adopción múltiple —dos semanas más por cada hijo a partir del segundo

 

– Bonificación en la Seguridad Social al CONTRATAR CUIDADORES Bonificación del 45 % en las cuotas a la Seguridad Social al contratar una persona para cuidado de los hijos y del hogar

 

TRANSPORTES. En vuelos nacionales descuento del 5 % ó del 10 %, según sea familia numerosa de categoría general o especial. En viajes de cabotaje en barco descuento del 20% o del 50%, según se trate de familias numerosas de categoría general o especial. Descuento del 20 % ó 50 % de descuento, según categoría general o especial, en RENFE y en transporte por carretera.

 

BONO SOCIAL ELÉCTRICO Y TÉRMICO. Descuento del 25% sobre el consumo hasta un máximo de 4.140 kWh/año. Podrán acogerse todas las familias numerosas, con independencia de sus ingresos, siempre que tengan una potencia contratada no superior a los 10 kW.

 

 

 

 

LAS NUEVAS AYUDAS DE LA LEY DE FAMILIAS

 

El Consejo de Ministros ha aprobado el pasado martes 28 de marzo en segunda vuelta el anteproyecto de la nueva Ley de Familias. El proyecto, que se estima con un coste de 700 millones de euros anuales, deberá todavía hacer frente a su último examen en el Parlamento. Según los cálculos oficiales esta medida beneficiará a 250.000 nuevas madres en España.

 

Se crea el título de ‘familia monomarental’ cuando exista una única persona progenitora. Hasta el momento se consideraba familia numerosa a las familias de una sola madre o padre con 3 hijos. A partir de ahora, se considerará familia numerosa a las familias de una sola madre o un solo padre con 2 hijos.

 

Es decir, se elimina el término ‘familia numerosa’, que pasará a conocerse como Familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza. En esta categoría, se incluirán las familias reconocidas hasta el momento como «familias numerosas» y, además:

  • Familias ‘monomarentales’ con 2 hijos.
  • Familias con 2 hijos en las que un ascendiente o descendiente tenga discapacidad.
  • Familias con 2 hijos encabezadas por una víctima de violencia de género.
  • Familias en las que un cónyuge haya obtenido la guardia y custodia exclusiva sin derecho a pensión de alimentos.
  • Familias con 2 hijos en la que un progenitor esté en tratamiento hospitalario durante un 1 año o haya ingresado en prisión.

Dentro de este grupo de familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza se van a mantener las categorías ‘general’ y ‘especial’. Se entenderá como categoría ‘especial’ cuando una familia tenga 4 o más hijos (hasta el momento eran 5) o 3 (si al menos 2 proceden de partos, adopciones o acogimientos múltiples).También se incluirán dentro de la categoría ‘especial’ a las familias con 3 hijos si los ingresos anuales divididos por el número de miembros que la forman no superen el cómputo anual (hasta el 150% del IPREM).

 

Se estima que 300.000 familias monoparentales con dos hijos puedan acceder a los mismos beneficios que los hogares numerosos, como facilidades para recibir una beca, reducción de tasas o bonificaciones en el transporte público.

 

La ley crea TRES NUEVOS PERMISOS RETRIBUIDOS para el trabajador a la vez que se mantienen las dos jornadas ya existentes en caso de fallecimiento de familiar:

 

  • Cinco días por “accidente o enfermedades graves o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise de reposo” tanto del cónyuge, pareja de hecho o parientes de segundo grado (abuelos, nietos o hermanos) o afinidad. La novedad es que se incluye cualquier conviviente.
  • Cuatro jornadas por “causa de fuerza mayor” cuando sea necesario por “motivos familiares urgentes e imprevisibles” en relación a casos de enfermedad o accidentes. Estos se podrán disfrutar por horas.
  • Además, habrá un nuevo permiso parental al que las familias tienen acceso hasta que los hijos cumplan ocho años, que en 2023 será de seis semanas y en 2024 se elevará a ocho. Los padres podrán utilizarlo de forma “continúa o discontinua”, tanto “a tiempo completo o en régimen de jornada a tiempo parcial conforme a lo establecido reglamentariamente.

 

La nueva ley prevé que el progenitor no gestante podrá ANTICIPAR EN 10 DÍAS RESPECTO al nacimiento de su hijo el comienzo de sus 16 semanas de permiso, con “el objeto de cuidado de la madre biológica durante ese tiempo”.

 

La actual prestación de 100 euros al mes que perciben las mujeres trabajadoras con hijos de hasta tres años en forma de DEDUCCIÓN FISCAL reembolsable también estará disponible para aquellas madres que cobren una prestación por desempleo o hayan cotizado al menos 30 días a la Seguridad Social. A la vez, ahora se incorporan aquellas madres que trabajen a tiempo parcial, que cobrarán la ayuda de manera completa. Anteriormente, este beneficio era incompatible con el complemento a la infancia que perciben las familias que reciben el Ingreso Mínimo Vital.

 

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