EL PROBLEMA DE HEREDAR UN PLAN DE PENSIONES

Existe una de la doble imposición a la que tienen que hacer frente por el Impuesto de Sucesiones primero y posteriormente por el de IRPF quienes reciben un plan de pensiones como legado

 

El Gobierno prepara una reforma fiscal para la que está siendo asesorado por catedráticos de Derecho Financiero y Tributario que tiene entre sus objetivos acompasar los impuestos de Patrimonio y Sucesiones entre comunidades autónomas, puesto que en unas (como Madrid) la tributación está prácticamente en cero euros por las bonificaciones aplicadas mientras que en otras el importe es mucho más alto.

 

En cuanto a la tributación de las prestaciones que reciban los beneficiarios de un plan de pensiones en caso de fallecimiento la Dirección General de Tributos en la Consulta Vinculante del 28 de septiembre de 2018, indica que la respuesta se encuentra en el artículo 3.e) del Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, donde se  indica que NO están sujetas al ISD, las cantidades que en concepto de prestaciones se perciban por los beneficiarios de Planes y Fondos de Pensiones siempre que esté dispuesto que estas prestaciones se integren en la base imponible del IRPF sobre la Renta del perceptor. Por su parte, el artículo 17.2 A) 3º de la LIRPF considera expresamente a estas cantidades como rendimientos del trabajo. Respecto a la imputación temporal en el IRPF habrá que estar, no a la fecha del fallecimiento, sino al momento del rescate del Plan.

 

Expertos en Derecho Tributario  consideran que, aprovechando la reforma fiscal, sería un buen momento para hacer algunos cambios legales y abordar un aspecto impositivo que consideran «discriminatorio e incoherente»: que los herederos de planes de pensiones tengan que pagar el impuesto de Sucesiones al recibirlo y también el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por haberlo incorporado a su patrimonio. Una «doble imposición» que, como destacan los expertos consultados, provoca situaciones perjudiciales para quienes reciben como herencia uno de estos planes de ahorros.

 

Se da la circunstancia de que hay herederos que no tienen que pagar el impuesto de Sucesiones porque la comunidad en la que lo hacen ha optado por una bonificación de prácticamente el 100% pero, cuando llega el momento de hacer la declaración de la renta, se encuentran con que tienen que pagar una cantidad mucho más elevada de lo que les habría correspondido antes de contar con el plan de pensiones legado.

 

Los catedráticos consultados consideran esta situación «paradójica, incoherente» e incluso recurrible por injusta desde la perspectiva constitucional, puesto que se viene a castigar económicamente a quienes, en lugar de heredar una vivienda o una cuenta bancaria, han recibido un plan de pensiones que tributará como rendimiento del trabajo y no como incremento patrimonial obtenido a título lucrativo.

 

Los herederos de planes de pensiones pueden decidir si quieren cobrar el plan de pensiones inmediatamente (solicitar el rescate) o continuar como beneficiarios sin reclamar el dinero. Hasta diciembre de 2006, cuando lo solicitaban, tenían una reducción fiscal del 40%. Sin embargo, esa reducción se eliminó por la Ley 35/2006 de IRPF y modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.

 

Es preciso insistir en que el ahorro que rescatan los herederos y que el donante depositó en un plan de pensiones ya tuvo su carga impositiva, han pagado el impuesto de Sucesiones y después tendrán que tributar por IRPF, una doble imposición a la que no encuentra lógica legal.

 

Desde que se aprobó en 1987 la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones no se ha modificado este aspecto de la doble imposición criticado por los expertos en los planes de pensiones. Unos planes de ahorro privado a los que, por cierto, el Gobierno ha animado a sumarse a asalariados y autónomos. El año pasado por estas fechas, el Ministerio de Seguridad Social encabezado por José Luis Escrivá esperaba quintuplicar el ahorro en este tipo de planes privados de empleo para la jubilación y es inminente la aprobación del macrofondo de pensiones público al que se ha comprometido con Bruselas para recibir ayudas europeas.

Fuente: El Independiente

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