El perdón de deudas públicas ascenderá en el procedimiento de segunda oportunidad a 20.000 euros

En el proyecto inicial ascendía a 1.000 euros para Hacienda y 1.000 para la Seguridad Social

Finalmente, la exoneración del crédito púbico ascenderá a 10.000 euros para las deudas con la Agencia Tributaria (Aeat) y otros 10.000 euros para las que se mantengan con la seguridad social en los procedimientos de segunda oportunidad de las personas físicas.

 

Esta medida supone un incremento cobre los 2.000 euros, que en conjunto para ambos tipos de créditos públicos se preveía en el proyecto de ley al inicio de su tramitación en la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados.

El texto, finalmente será debatido el día 30 en el Pleno de la Cámara Baja para su remisión al Senado, el mismo día en que está previsto que acabe la moratoria concursal. La Comisión ha aprobado el texto por 20 votos a favor, cinco en contra y diez abstenciones.

El proyecto normativo incluye la transposición de la Directiva europea de Reestructuración e Insolvencia e introduce otras reformas en el ámbito concursal.

Esta modificación constituye una de las reformas incluidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y va dirigida a garantizar que las empresas y empresarios viables que se hallen en dificultades financieras tengan acceso a un procedimiento efectivo de reestructuración preventiva que les permita continuar su actividad.

Además, pretende que los empresarios personas físicas insolventes puedan disfrutar de la exoneración de sus deudas, después de un periodo de tiempo “razonable”, favoreciendo la segunda oportunidad y que se mejore la eficiencia del procedimiento concursal con el fin de reducir su duración.

Microempresas

Destaca, por su amplitud de destinatarios, que la reforma de Ley Concursal incluye un procedimiento especial para microempresas, caracterizado por una tramitación con modelos normalizados, sin abogados ni procuradores, y sin intervención de administrador concursal.

La participación de estos profesionales solo se exige para realizar determinadas funciones o cuando lo soliciten las partes, pero con el condicionante de que deberán asumir el coste de sus servicios.

La solicitud de declaración de concurso se realizará por formulario normalizado, se presentará y tramitará electrónicamente, o en las notarías u oficinas del Registro Mercantil.

Fuente: El Economista

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