El Gobierno suma a los bomberos forestales a la lista de profesiones que pueden adelantar la jubilación («jubilación bonificada en la edad ordinaria») sin recortes en la pensión

Se debe a la peligrosidad, penosidad y toxicidad de su profesión

La norma, que desarrolla la Ley 5/2024, exige al menos 15 años cotizados en la categoría y permite anticipar el retiro hasta cinco años, seis con 35 años de servicio, equiparándolos al resto de bomberos. Con ello, un profesional con la cotización mínima verá rebajada su edad de acceso a la pensión en tres años.

Pilar Alegría, portavoz del Consejo de Ministros, ha confirmado que los bomberos forestales podrán beneficiarse de los coeficientes reductores que reducirán su edad de jubilación ordinaria en razón de la peligrosidad de su profesión y tal y como se estableció en la ley básica de bomberos forestales aprobada hace un año.

Según ha afirmado Elma Saiz, ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, esta mejora de la protección de cara a la jubilación de los bomberos forestales «es siempre como consecuencia de la naturaleza penosa, tóxica, peligrosa e insalubre del trabajo realizado«.

Saiz ha informado de que, en la práctica, supone equiparar las condiciones de los bomberos forestales a las del resto de bomberos, que tenían esos coeficientes reductores desde 2008.

Así, los bomberos tendrán un coeficiente de 0,20 siempre que acrediten una cotización de al menos 15 años, es decir, que se aplica un 20% a los años cotizados para reducir la edad de jubilación, con un límite de 60 años o de 59 años si el trabajador acredita al menos 35 años cotizados.

«El profesional que acredite ese periodo mínimo de cotización va a ver reducida su edad de acceso a la jubilación en tres años, el resultado de aplicar esos 15 años que ha estado ejerciendo esa profesión con el coeficiente reductor del 0,20», ha explicado Saiz a modo de ejemplo.

Se hará de oficio

Elma Saiz ha informado de que será el propio Instituto Nacional de la Seguridad Social el que calcule de forma automática esa reducción de la edad de jubilación cuando el trabajador se interese en pedir la pensión de jubilación.

Así, los bomberos no tendrán que solicitar el coeficiente reductor de forma expresa, ya que será el INSS el que, el momento de la llegada de la edad de jubilación, comprobará si el trabajador tiene todos los requisitos exigidos y, en caso afirmativo, tendrá en cuenta esta nueva protección que ya es oficial.

Una promesa del Gobierno

El Gobierno, al margen de la nueva ley que determinó como se regula el acceso a las jubilaciones anticipadas en razón de la peligrosidad de la profesión, ya se comprometió en 2024 con los bomberos forestales a equiparar sus condiciones con las del resto de bomberos al servicio de administraciones públicas.

La ley básica de bomberos forestales se aprobó a finales de 2024 y dejó claro en su disposición adicional cuarta (puede consultarlo en este enlace) que «en el plazo de un año desde la entrada en vigor de esta ley», que se aprobó el 8 de noviembre de 2024, se tenían que adoptar «las medidas necesarias para el reconocimiento de todo el tiempo trabajado en la actividad de vigilancia y extinción de incendios forestales para la concesión de los coeficientes reductores».

Podrán jubilarse a los 60 años o 59 si acreditan 35 años de cotización efectiva en la actividad

La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, enmarcó el acuerdo en el refuerzo del reconocimiento a un colectivo sometido a trabajados “penosas, tóxicas, peligrosas o insalubres”. La reducción operará con los mismos topes que ya rigen para los bomberos urbanos desde 2008, es decir, que no se podrá acceder a la jubilación antes de los 60 años, o de los 59 si no se acreditan 35 o más años de cotización efectiva en la actividad. Además, el tiempo de reducción computará como cotizado a efectos del cálculo de la pensión.

El decreto fija que el Instituto Nacional de la Seguridad Social aplicará de oficio el coeficiente cuando el interesado solicite su pensión, previa acreditación del periodo trabajado. Para facilitar la gestión, la Tesorería ha difundido instrucciones a empresas y administraciones sobre identificación y cotización del colectivo.

Equiparado al resto de bomberos

El nuevo marco se inserta en la reforma procedimental aprobada en mayo, que estableció un cauce común para reconocer coeficientes reductores a actividades especialmente penosas o peligrosas. Ese Real Decreto 402/2025 reguló la tramitación de solicitudes, la evaluación técnica y la revisión periódica de los beneficios. La aprobación específica para los bomberos forestales se apoya ahora en esa vía y replica los parámetros ya existentes para otros cuerpos de bomberos.

Más allá del alivio inmediato para las carreras largas, la norma tiene implicaciones presupuestarias: como sucede con los bomberos desde 2008, la aplicación de coeficientes conlleva una cotización adicional destinada a preservar el equilibrio financiero del sistema. El detalle de esa sobrecotización se fijará en la normativa de desarrollo, como prevé el régimen vigente para el colectivo análogo.

El decreto llegar tras un verano donde, por desgracia el fuego ha sido protagonista y en paralelo a la estabilización laboral de las Brigadas de Refuerzo (BRIF) dependientes de la empresa pública Tragsa, cuyo convenio fue publicado recientemente. De esta forma el Gobierno da un paso y reivindica así un “cuerpo fuerte, estable y protegido”, en palabras de Saiz.

Fuente:

Confirmado por el Gobierno: se concede la jubilación anticipada desde los 60 años de oficio y sin recortes en la pensión a estos trabajadores

Confirmado por el Gobierno: se aprueba la jubilación anticipada hasta los 59 años y sin recortes en la pensión a los bomberos forestales

0 0 votes
Article Rating
Suscribirme
Notificarme de
guest
0 Comments
Recientes
Antiguos Más Votado
Inline Feedbacks
View all comments